Derechos Fundamentales y Constitucionalismo en América Latina

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    Análisis del artículo 7 de la ley 24656 “Ley general de Comunidades Campesinas”
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-10) Bustamante López, Luis Adrian; Cruces Burga, Alberto
    El trabajo aborda la problemática en torno al tratamiento que da el artículo 7 de la ley 24656, “ley general de comunidades campesinas”, en sostiene la inembargabilidad de la propiedad del territorio comunal. Se propone una analisis desde una perspectiva historica y de estanadres interamericanos sobre la propiedad comunal, para al final hacer una breve conclusión de porqué se trataria de una medida con un corte paternalista, y de paso, la implicancia que esta medida tiene con las comunidades campesinas, quienes se ven privadas de acceder a los sistemas bancarios y crediticios, debido a que no pueden contar con su mayor activo como garantía de los prestamos. En ese sentido, tambien se hace una recopilación de sentencias de la corte interamericana sobre la propiedad comunal e indígena, y se plantean los estanadares actuales de derechos humanos sobre el mencionado derecho. De la misma manera, se plantea y se desarrolla brevemente el concepto del paternalismo “fuerte” y el paternalismo “libertario”, para de esta manera, pasar al analisis concreto del artículo en cuestión y plantear sugerencias y las conclusiones de la formulación del mismo.
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    ¿El juez constitucional es competente para declarar un ECI? La situación de los Establecimientos Penitenciarios en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-10) Palomino Díaz, Ilse Eva; Cruces Burga, Alberto
    La población penitenciaria ha sido víctima de vulneraciones de sus derechos fundamentales sistemáticamente, no solo por causas de infraestructura o respecto las condiciones en que se encuentran las cárceles en el Perú, sino porque obedece a factores estructurales. En ese sentido, es importante preguntarnos quién vela por ellos, si el Estado viene incumpliendo sus obligaciones internas y compromisos internacionales en materia penitenciaria. Entonces, son los jueces constitucionales que tienen el deber de garantizar la satisfacción de los derechos fundamentales, pero sobre todo de aquellos que representan parte de la población vulnerable, pues existe un deber especial para con ellos. Así, la figura del Estado de Cosas Inconstitucional se presenta como aquella competencia de los jueces de mayor instancia para poder pronunciarse y no tener un rol pasivo frente a vulneraciones graves, masivas y generalizadas de aquellos que se encuentran privados de su libertad, los mismos que han sido excluidos e ignorados a lo largo de muchos años. Para revertir esta situación inconstitucional, es necesaria la participación conjunta de los poderes del Estado, de las entidades, de la sociedad en general y del trabajo conjunto a nivel nacional de todos los actores. Por lo tanto, los jueces son competentes de declarar un Estado de Cosas Inconstitucional, así como establecer las medidas para superar la situación y el seguimiento de estas medidas, para lo cual es necesaria la cooperación y abordar el tema de manera multidisciplinaria, pues el problema del hacinamiento y las pésimas condiciones de vida al interior de las cárceles del Perú necesita ser abordado desde varias aristas, incluyendo voces de diversos actores, con el fin de que paulatinamente se pueda respetar y reconocer los derechos fundamentales de los presos, quienes a pesar de estar cumpliendo condena, no merecen ser tratados de forma inhumana.