Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales

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    La necesidad de legislar la cantidad de producto forestal maderable transportada y el delito de tráfico ilegal de productos forestales maderables
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-13) Ajalla Ortiz, Omega; Araujo Meloni, Jean Pierre
    Es sabido que nuestro territorio nacional está cubierto por bosques, la cual se ubica en costa, sierra y selva. Sin embargo, los bosques de nuestro país, por el contrario, cada año se destruyen en cantidades considerables, debido a que la misma ocurre de manera ilegal. Sin embargo, pese a que en nuestra legislación contamos con normas penales y administrativas que están diseñados para reprimir las conductas que estén referidos al tráfico ilegal de productos forestales maderables, previstas en el artículo 310-A del Código Penal y artículo 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal. Pues, ninguna de las normas citadas refiere sobre la cantidad trasportada de productos o especímenes forestales maderables que delimiten cuándo nos encontramos frente a un delito y cuándo frente a una infracción administrativa. Si bien en la norma administrativa precisa como infracción a la guía de transporte, sin embargo, a ello se debe añadir la cantidad del producto maderable, para con ello precisar hasta que cantidad será considerado una sanción administrativa y cuando una sanción penal. El objetivo planteado es la propuesta de modificación del art 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley Nº 29763, para una buena aplicación de la norma administrativa y penal. Por otro lado, el objetivo de la presente es precisar las ideas que permitan una adecuada y efectiva sanciona penal y administrativa del problema citado. En cuanto a la metodología empleada para el trabajo desarrollado fue de la encuesta directa realizada al personal Fiscal de la Fiscalía Especializada en materia Ambiental del departamento de Huánuco, quien tiene a su cargo el control de procesos en el ámbito ambiental. El procedimiento empleado es el analítico; llegando a la conclusión de la necesidad de modificar el art. 207.3. i) del Reglamento Forestal con el fin de contribuir a evitar la continua depredación de los bosques.