Derecho Internacional Público
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Item El consentimiento al banquillo : un análisis actual de su naturaleza jurídica, su aplicación a la justicia internacional y la importancia que reviste para el Derecho Internacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-17) De Trazegnies Valdez, Carlos Fernando; Méndez Chang, Elvira VictoriaEl presente artículo centra su análisis en el consentimiento como concepto central y fundamental en el Derecho Internacional. Se aborda su naturaleza jurídica general, su relación con principios del Derecho Internacional como el pacta sunt servanda, consuetudo est servanda y la buena fe; y su clasificación de acuerdo con la doctrina. Se define con rigurosidad el concepto y sus efectos en la esfera internacional. Asimismo, se analiza el consentimiento desde la perspectiva del Derecho Internacional Procesal, particularmente desde la óptica de la Corte Internacional de Justicia. Al respecto, se aborda las modalidades de acceso a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, así como las prerrogativas que ésta tiene para hallarse competente en relación con el consentimiento de las partes. Por último, se analiza la relativización del consentimiento a manos de la Corte Internacional de Justicia, proponiendo un análisis del caso del Laudo Arbitral de 1899, entre Guyana y Venezuela. Se concluye, al respecto, que la Corte generó un equívoco al pretender analizar si el consentimiento manifestado por los Estados había sido inequívoco.Item Un estudio sobre la intervención de terceros Estados en procesos ante la Corte Internacional de Justicia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-27) Roca Calderón, Josselyn; Abugattas Giadalah, Gattas ElíasExisten tres supuestos posibles de intervención de terceros Estados en las controversias ante la Corte Internacional de Justicia. La intervención por interés de orden jurídico y la intervención por la interpretación de una convención se encuentran estipuladas en el Estatuto de la CIJ, pero la intervención por necesidad de consentimiento de una parte indispensable ha sido establecida en la jurisprudencia del referido tribunal. Dentro de este artículo se busca detallar cada supuesto, así como los lineamientos y/o criterios establecidos por la propia CIJ, los cuales han dotado de contenido a los conceptos establecidos en sus disposiciones, ya sea en el Estatuto o en su Reglamento. Para estos efectos, se analiza su jurisprudencia en casos con solicitudes de intervención a fin de identificar denominadores comunes en sus pronunciamientos. El supuesto teórico en el que se sustenta es que la CIJ debe poseer criterios uniformes al momento de analizar las solicitudes. Sin embargo, hemos podido observar, a modo de conclusión, que no logra establecer lineamientos únicos, ya su pronunciamiento, al parecer, depende de la oposición o no de los Estados en controversia a que un tercer Estado intervenga; así también a su interés particular de seguir siendo la opción deseable de los Estados al someter sus controversias en dicho tribunal.Item La obligación de negociar en el ámbito del Derecho Internacional: Un análisis a la luz de la clasificación de las obligaciones de comportamiento y de resultado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-09) Moreno Macedo, Antonino Edmundo; Abugattas Giadalah, Gattas ElíasEn este trabajo se examina la obligación de negociar a propósito del caso presentado por Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia relativo a la obligación de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico. Para ello, se hará énfasis en la estrategia procesal empleada por Bolivia, señalando algunos puntos fuertes y debilidades de la teoría del caso planteada por el Estado boliviano. Luego de ello, se estudiará la obligación de negociar y el desarrollo de esta en la jurisprudencia internacional. Posteriormente, se hace énfasis en la disquisición teórica entre las obligaciones de comportamiento y obligaciones de resultado con la finalidad de identificar en cual de estos dos tipos se encontraría la obligación de negociar. Este trabajo concluye sosteniendo que la obligación de negociar puede ser calificada como una obligación de comportamiento o una obligación de resultado dependiendo del contenido que esta tenga.