El Tercero Registral en el Derecho Societario
Abstract
El Sistema Nacional de Registros Públicos, creado mediante la Ley No. 26339, es un ente
estatal cuyo objetivo principal consiste en mantener y preservar la unidad y coherencia del
ejercicio de la función registral en todo el país orientándose a la especialización,
simplificación y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros
que la integran, y que también se constituye como un registro jurídico de carácter público, el
cual se presume, por mandato legal, conocido por todos generando efectos jurídicos hacia
terceros.
Como sabemos, uno de los principios rectores del Estado de Derecho es la seguridad jurídica,
la cual no ha sido expresamente regulada en la Constitución Política del Perú; no obstante,
ha sido tratado en múltiples ocasiones por el Tribunal Constitucional, refiriéndose al mismo
como un principio que transita por todo el ordenamiento jurídico siendo su reconocimiento
implícito en la Constitución.
Siendo ello así, uno de los instrumentos generados por el Estado para dar mayor seguridad
jurídica es el Sistema Registral, el cual se rige, entre otros principios registrales, por la
publicidad registral, la legitimación y la fe pública. Estos son características fundamentales
del sistema registral peruano, que orientan la aplicación de las normas y su aplicación y lo
dotan de seguridad y de los efectos jurídicos que se irradian a todo tercero.
Al respecto, los principios registrales se configuraron desde un inicio bajo la lógica y para
ser aplicables al Registro de Propiedad Inmueble; sin embargo, han sido recogidos por el
Reglamento de Registro de Sociedades (Resolución No. 200-2001-SUNARP/SN) y
adaptados, de forma no tan pacífica, para ser aplicados al Registro de Personas Jurídicas.
Ahora bien, como se indicó anteriormente, los efectos de los principios registrales también afectan a los terceros; por ejemplo, los efectos de la oponibilidad alcanzan a los mismos ya
que se presume que toda persona tiene conocimiento de lo inscrito en Registros Públicos
pudiendo verse afectados de manera positiva o negativa por dicha situación.
En tal sentido, mediante el presente trabajo se busca revisar y analizar la figura del tercero
registral societario al amparo de los principios de oponibilidad y fe pública registral, las
normas que le serían aplicables y cuáles son las características y requisitos que deben
cumplirse para que un tercero que se vincula con una sociedad debe tener para gozar de
protección del ordenamiento jurídico, revisando también los defectos que presenta la figura
en nuestro ordenamiento así como su utilidad.
Temas
Derecho societario--Perú
Tercero (Derecho)
Derecho registral--Perú
Seguridad (Derecho)
Tercero (Derecho)
Derecho registral--Perú
Seguridad (Derecho)
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho Registral
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