Beneficios adicionales denominados Fringe Benefits
Abstract
En la legislación peruana, como en el Derecho Comparado, el legislador y la
jurisprudencia se han encargado de delimitar las consecuencias jurídicas de señalar
determinados “beneficios”, a cargo del empleador, como parte de la remuneración; es
decir, con carácter remunerativo o no. Con lo cual, podemos válidamente inferir que no
todos los beneficios entregado a los trabajadores tienen carácter remunerativo, con las
consecuencias jurídicas que ello implica, principalmente en lo referente a la incidencia en
los beneficios colaterales.
Sin embargo, la entrega de beneficios accesorio, que vienen a ser beneficios adicionales
a los beneficios sociales legalmente establecidos, usualmente con la finalidad de ajustar
las estructuras salariales, son cada vez más frecuentes y se encuentran sin un normativa
específica ni especial aplicable, lo que genera que no exista un pronunciamiento
jurisprudencial uniforme ni una posición doctrinaria pacífica en relación a la naturaleza
jurídica de los mismos, lo cual conlleva a que los empleadores entreguen estos beneficio
sin saber exactamente las consecuencias laborales de ello.
Motivo por el cual, en el presente trabajo de investigación, analizaremos las
características y consecuencias fácticas y jurídicas de las diversas calificaciones, en las
que podrían encajar los beneficios adicionales, a fin de poder evaluar ¿Cuál es su
naturaleza jurídica? Y poder plantear una posible solución a la incertidumbre actualmente
existente. Dicho estudio conllevará a establecer pautas para que los empleadores tengan
herramientas para determinar un concepto como remunerativo.
Temas
Salarios--Legislación--Perú
Trabajo y trabajadores--Perú--Condiciones económicas
Trabajadores--Derechos
Derecho laboral--Perú
Trabajo y trabajadores--Perú--Condiciones económicas
Trabajadores--Derechos
Derecho laboral--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social