2. Maestría
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Tesis de la Escuela de Posgrado
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Item Mecanismos irregulares en la conformación de tribunales arbitrales ad hoc que resuelven controversias surgidas en contratos de ejecución de obra pública en los años 2010 y 2011(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-12-03) Purizaga Vértiz, Luis Miguel; Mujica Pujazón, JarisEsta investigación identifica cuales son los mecanismos informales en la conformación de tribunales arbitrales ad hoc que resuelven controversias ligadas a contratos de obra pública en el Perú, en los años 2010 y 2011. Se concluye que las razones por las cuales se hizo obligatorio el arbitraje con el Estado a partir del año 1998 obedecieron más a cuestiones políticas que legales, lo que dio como resultado una deficiente e insuficiente normativa en arbitraje con el Estado, que a su vez facilitó la aparición de mecanismos informales en este tipo de arbitraje. Algunos de estos mecanismos son las “cadenas de favores”, la aparición de redes y corrupción, así como prácticas de cobro de “bonos por resultado” por parte de los árbitros. Estas prácticas se presentan desde el inicio del proceso cuando se conforman los tribunales arbitrales y por lo tanto la naturaleza del sistema de administración de justicia se ve viciada. Asimismo, se establece que estas prácticas no solo aparecen debido a la insuficiente o defectuosa normativa, sino gracias al amplio rango de libertad y discrecionalidad del que gozan los árbitros para establecer las reglas del proceso, los honorarios y la designación de secretarios arbitrales en el arbitraje ad hoc. Este alto nivel de libertad que es intrínseco al arbitraje, permite que las prácticas informales convivan con la normativa ya que el problema de fondo no tiene que ver con ingeniera legal, sino con la forma como los actores (árbitros y/o secretarios arbitrales) conciben el sistema de justicia y se desenvuelven dentro de ésteItem Análisis de las iniciativas privadas cofinanciadas en los procesos de promoción de la inversión privada del Estado peruano: ¿Son herramientas viables para reducir la brecha de infraestructura y/o de servicios públicos?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-08-23) Luque Sierra de Coronado, Paola Mirella; García-Godos Naveda, Christy AgathaDesde su concepción las IPC tuvieron como objetivo principal, la atención de las demandas sociales en la provisión de la infraestructura pública y la prestación de servicios públicos mediante una colaboración o asociación público – privado. El Estado soportaría al privado en la financiación de aquellos proyectos de alta rentabilidad social pero escasa o nula rentabilidad económica. No obstante, los altos costos de transacción y demoras que involucra la tramitación de las IPC, ha generado grandes cuestionamientos sobre la idoneidad de la herramienta, más aún si habiendo transcurrido más de 5 años desde su creación formal, hasta el momento no hay ejemplos de proyectos adjudicados mediante IPC. El presente trabajo de investigación analiza las posibles causas de los problemas e inconvenientes que enfrenta las IPC, así como las fortalezas y oportunidades que dispone para lograr su objetivo de reducción de brechas de infraestructura y servicios públicosItem La inversión pública ejecutada por el sector privado en el marco del mecanismo de obras por impuestos cuenta con características que permiten su reporte como parte de las políticas de responsabilidad social empresarial del sector minero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-07) Torres Osores, Carla Cecilia; Labó Fossa, RicardoExisten numerosos documentos que vinculan y aportan a la regulación del mecanismo de Obras por Impuestos con el desarrollo de infraestructura pública haciendo hincapié en los conceptos financieros, la evaluación de proyectos de inversión y su aplicación por el sector privado en general. En ese contexto, la relevancia del presente documento se encuentra dada por establecer la asociación del mecanismo de Obras por Impuestos con el concepto de responsabilidad social empresarial para el sector minero. Así, el presente trabajo tiene por objetivo mostrar que el sector minero peruano puede reportar como parte de una política de Responsabilidad Social Empresarial el desarrollo de infraestructura y servicios públicos ejecutados a través del mecanismo de Obras por Impuestos, aun cuando los fondos que se destinan para su ejecución sean de naturaleza pública. Este documento no tiene por finalidad ahondar en el desarrollo regulatorio de Obras por Impuestos. Con la finalidad de lograr dicho objetivo se ha optado por realizar una investigación descriptiva que permita responder la principal pregunta que sustenta este documento ¿Es posible que el sector minero peruano pueda reportar como Responsabilidad Social Empresarial el desarrollo de infraestructura pública mediante el uso del mecanismo de Obras por Impuestos? Asumiendo como hipótesis una respuesta afirmativa a esta pregunta, ¿Cuál es la vinculación entre el desarrollo de infraestructura pública por el sector minero y la responsabilidad social empresarial? Finalmente concluiremos que la ejecución de obras y servicios públicos por parte de las empresas mineras haciendo uso del mecanismo de obras por impuestos cuenta con características que permiten ser reportados como parte de una política de responsabilidad social empresarial, ya que su gestión implica ir más allá de lo exigible de manera voluntaria. Asimismo, implica destinar recursos tangibles e intangibles a favor del desarrollo de infraestructura y servicios públicos que redituará en competitividad empresarial, del gobierno y paísItem Supuestos de modificación de precio en los contratos de obra pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-02) Dextre Solis, Luis Arturo; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoEl precio constituye la condición de mayor complejidad para las partes en los contratos de obra pública, asumiendo el Estado y el contratista distintas obligaciones y riesgos según el sistema de contratación o modalidad de ejecución contractual por la que se haya optado. Si bien en el aspecto teórico y doctrinario existen condiciones que justifican la modificación del precio en los contratos de obra, los únicos supuestos que serán atendibles en sede administrativa son los previstos en nuestra normativa de contratación pública (típicos); es decir: (i) las prestaciones adicionales de obra y presupuestos deductivos, (ii) el sistema de reajuste de precios, (iii) los mayores gastos generales por ampliación de plazo, (iv) los mayores metrados de obra en contratos a precios unitarios y (v) los intereses por retraso en el inicio de obra o en el pago de valorizaciones. No obstante, se advierten diversos problemas en su aplicación, como la carencia de una metodología y criterios uniformes para la evaluación de prestaciones adicionales; ausencia de normativa específica que regule las condiciones, requisitos y procedimientos para la aprobación de reducciones de obra o presupuestos deductivos; la indefinición del trámite de los mayores metrados superiores al 15% del monto del contratado, entre otros que detallamos en nuestra investigación. Adicionalmente a los supuestos regulados (típicos), concurren otras circunstancias que justifican la modificación del precio en los contratos de obra, tales como: (i) los sobrecostos por mayor permanencia de equipos en obra, (ii) la disminución de los rendimientos por situaciones imprevisibles, (iii) las partidas de ejecución continua no susceptibles de ser paralizadas y, (iv) los hechos imprevisibles y mayores metrados en los contratos sujetos a modalidad que incluyen la elaboración del expediente técnico. Si bien dichos supuestos no tienen acogida en sede administrativa, ello no obsta para que sean reclamados en otros fueros, en cuyo caso el Estado no solo se verá obligado a reconocer los mayores costos de la obra (sin que el monto se encuentre necesariamente justificado), sino que deberá asumir las costas y costos del proceso, perjudicándose además el normal desarrollo de la obra. En torno a estos supuestos, analizamos los aspectos que deberían considerarse para su regulación. Como corolario de nuestro trabajo, proponemos adoptar un nuevo enfoque respecto la modificación del precio en los contratos de obra, que privilegie el logro de los objetivos y metas, ampliando los supuestos de hecho y estableciendo mecanismos de control basados en incentivos, evitando márgenes de previsión que generen controversias entre las partes. De la mano con ello, se deberá mejorar la calidad de los estudios y expedientes técnicos, incorporar instrumentos que orienten la asignación de riesgos a la parte que se encuentre en mejor posición para gestionarlos, así como fortalecer los órganos encargados de la administración de los contratos y el personal que en ellos laboran.