2. Maestría
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Tesis de la Escuela de Posgrado
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Item La revaluación de propiedad, planta y equipo de la empresa G&M Biddle Contratistas su impacto tributario y financiero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-06-02) Guibovich Moreno, Juan Carlos; Jiménez Fernández, Liz Miriam; Castillo Dextre, Cielo BerthaEl presente estudio se desarrolla con la información financiera del periodo 2020 proporcionado por la empresa G&M Biddle contratistas EIRL, que brinda servicios de alquiler de maquinarias y edificaciones. Siendo el rubro Propiedad, planta y equipo uno de los más importantes en los estados financieros, el presente estudio se justifica en analizar la contabilización del modelo de revaluación de dicho elemento bajo NIC 16 y la normativa tributaria establecida por la ley y el reglamento del impuesto a la renta. El presente estudio cuenta con tres objetivos, el primero relacionado a la deducibilidad posterior al nuevo valor de gasto de depreciación, el segundo relacionado al nuevo valor del activo y si existe un incremento en el impuesto a la renta y el tercero un comparativo de ambas metodologías mediante un análisis de ratios financieros. El presente trabajo utiliza la metodología cuantitativa de alcance descriptiva y correlacional con el objeto de analizar el impacto de la revaluación de los estados financieros de la compañía de estudio. Con la finalidad de dar énfasis al presente estudio se realizaron entrevistas a expertos en la materia que sustentan la información obtenida. Finalmente se concluye de manera general que la revaluación de activos genera un beneficio económico a las empresas que optan por esta metodología, así como que no existe ningún impacto tributario que aumente el costo a las empresas al adoptar dicha metodología.Item Tratamiento tributario de la depreciación de los activos fijos (maquinarias y equipos) que han sido valorizados en aplicación de las NIIF bajo el criterio del "valor razonable"(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-08-31) Pablo Rocano, Roberto; Villagra Cayamana, Renée AntonietaLa depreciación mantiene un tratamiento diferenciado desde el punto de vista contable (financiero) y desde el punto de vista tributario. Contablemente, las compañías que adopten las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) pueden establecer el valor de sus activos fijos a partir de su costo histórico (valor de adquisición arrastrado a la fecha) o a partir de una estimación denominada valor razonable; sin embargo, tributariamente, la depreciación debe aplicarse a partir del valor de ingreso al patrimonio (costo histórico). La problemática se genera cuando las compañías adoptan el valor razonable de sus activos fijos para efectos financieros (NIIF) y éstos difieren en un mayor o menor monto respecto al costo histórico, generando una base de cálculo distinta para efectos de determinar la depreciación contable y tributaria. Esta situación ha resaltado aún más con la emisión por parte de la Administración Tributaria del Informe Nº 025-2014-SUNAT/4B0000 de 28 de febrero de 2014, en el que señala que en caso el valor razonable de los activos fijos sea inferior al costo histórico, la diferencia no podría depreciarse y tampoco podría utilizarse como gasto (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Intendencia Nacional Jurídico, 2014, pp. 2-4). Ante este escenario las compañías han desarrollado tres posibilidades de tratamiento: i) aplicar la depreciación utilizando como base de cálculo el valor razonable (menor al costo histórico), ii) aplicar la depreciación utilizando el valor razonable (menor al costo histórico), pero difiriendo el monto no depreciado (costo histórico menos valor razonable) al final de la vida útil para tomar el gasto en esa oportunidad, iii) aplicar la depreciación a partir del costo histórico (mayor al valor razonable). En el presente trabajo se realizará un análisis de la situación desde un enfoque contable y desde la perspectiva tributaria, apoyándonos en la normativa, jurisprudencia y doctrina, a fin de identificar la mejor alternativa.Item El valor residual y la contabilización como requisito esencial para la depreciación en el impuesto a la renta peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-01-23) Carreño Fernández, Henry; Rivera Silva, Manuel JoséEl tema de investigación gira en base a la depreciación. Un instituto legislado a nivel tributario pero que tiene connotaciones contables. La mencionada característica no es dificultad para su estudio, pues el derecho tributario toma a la contabilidad como fuente de información. Para este trabajo de investigación será básico tener en cuenta lo dicho, dado que desde el registro contable se generan las divergencias. Es el caso del valor residual, que constituye un importe no reconocido tributariamente pero por el contrario el tratamiento contable basado en la NIC y NIIF, si lo hace. Esta particularidad determina que se trastoque el instituto de la depreciación que necesita del registro contable para que sea deducido en el pago anual del Impuesto a la Renta. Por tanto, la proposición del trabajo de investigación es hacer efectivo lo mencionado en el artículo 20°, que deprecia el importe pagado por el activo fijo. Propuesta que en definitiva cambiaría el criterio actual de la Administración Tributaria sobre la depreciación. Añadir que como consecuencia del estudio del referido instituto se ha podido detectar el requisito esencial de la contabilización del activo fijo para efectuar la depreciación. Consiguientemente, el reglamento, que estipula lo mencionado estaría transgrediendo lo ordenado por la ley. La investigación otorga el paso inicial para que se busque la corrección a nivel legislativo. De esta manera, se intenta conseguir la coherencia entre la Ley y el Reglamento referente a la depreciación.