2. Maestría

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Tesis de la Escuela de Posgrado

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    Los deberes fundamentales de naturaleza pública en el Perú y el sistema de puntajes de vinculación republicana
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-06-25) Pomareda Muñoz, Diego Alonso; León Vásquez, Jorge Luis
    Es momento que en el Perú dejemos de ver a los problemas y la suerte de los demás como cosa ajena. En una república de auténticos ciudadanos la patria es el otro, la participación política la clave del desarrollo y los deberes fundamentales la forma de concretizar una solidaridad que se nutre del bien común, la dignidad humana y la libertad individual. En esta investigación, el principal problema identificado, ha sido la ineficacia de las responsabilidades públicas que se da como consecuencia de: (i) la ausencia del desarrollo dogmático de la naturaleza de los deberes fundamentales en el marco de la Constitución; (ii) la inexistencia de un diseño institucional que logre materializarlos (políticas públicas y leyes); y, (iii) la falta de incentivos para que la ciudadanía perciba a los deberes como acciones cotidianas y no como actos heroicos u obligaciones en sentido estricto. Por tal motivo, planteo las bases doctrinarias, constitucionales, filosóficas y prácticas a efectos de lograr un ordenamiento jurídico en términos de deberes fundamentales. De esta manera, propongo un inédito sistema de puntajes de vinculación republicana que procura concretizar los deberes de las personas en el ámbito público y, de este modo, puedan comprenderse los mismos de manera sistémica, con mecanismos determinados para su realización, con una asignación de puntajes para lograr un control y registro de cumplimiento y, de tal modo, se puedan llevar a cabo a través de exigencias mínimas y de incentivos. Por ejemplo, a partir de este sistema, los deberes medioambientales podrían ser cumplidos mediante el reciclaje, el empleo de energía renovable, el uso de transporte sostenible, mejorando el entorno natural de otros seres vivos o conservando el medio ambiente a través de acciones participativas concretas. Dichos deberes positivos, diseñados de manera alternativa y a elección del ciudadano, tendrían puntajes fijos, una periodicidad determinada, una exigibilidad mínima y sanciones en caso de incumplimiento o recompensas si se superan los estándares básicos de republicanismo cívico. Dicho sistema, que tiene como cimiento el estudio de la dogmática jurídica, los antecedentes históricos, la jurisprudencia constitucional, la experiencia comparada y el desarrollo filosófico republicano de los deberes fundamentales, busca, en definitiva, generar mayor ciudadanía, poner en práctica la solidaridad y permitir la máxima eficacia tanto de los derechos como de los deberes fundamentales en el constitucionalismo contemporáneo, más aún en contextos como en el que nos encontramos.
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    El criterio del doble conforme como mecanismo para mejorar el sistema de precedentes civiles y la corte suprema nacional dentro de un estado constitucional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-23) Angeludis Tomassini, Cristian Guillermo; Hurtado Reyes, Martín Alejandro
    1. La concepción de estado constitucional así como la denominada teoría de la interpretación han modificado, entre muchos otros campos, la concepción que se tenía de muchas instituciones jurídicas. En el presente trabajo se destacan los cambios ocurridos en el precedente –institución originaria del Common Law, y en las cortes de vértice, y se propone en qué medida el mecanismo del doble conforme ayuda a alcanzar mejoras en el precedente y la corte suprema, peruanos. 2. El estado constitucional y la teoría de la interpretación demuestran que ambas instituciones están íntimamente ligadas, de tal modo que el éxito en los cambios de una, acompañan necesariamente los cambios en la otra. No solo ello, se concluye también que para el estado constitucional y la teoría de la interpretación, es imprescindible tener una corte suprema de precedentes, que promuevan el ius constitutionis –función de defensa de la ley y de uniformidad-, en el sentido de dotar de fuerza vinculante a sus precedentes a fin de eliminar la divergencia interpretativa, para lo cual se deberán utilizar las mejores razones. 3. Para una corte suprema de precedentes es necesario, en nuestra opinión, que ésta no esté sobrecargada de casos, pues ello reduce o, inclusive, elimina, la capacidad de emitir precedentes adecuados para un estado constitucional. El doble conforme se propone para lograr progresivamente ese objetivo. 4. En el primer capítulo se expone la evolución histórica de las tradiciones jurídicas del Common Law y del Civil Law, lo que nos demostrará el contexto en que se concibió el precedente, diametralmente opuesto a la evolución del derecho en el Civil Law. El constitucionalismo, en esta tradición, produce un acercamiento con el Common Law, lo que hace pertinente evaluar qué elementos del precedente de esta tradici+ón pueden servir para un desarrollo del mismo en el Perú. 5. El segundo capítulo se desarrolla la pertinencia de esto último, analizando las características del precedente en el Perú –Tribunal Constitucional y Corte Suprema. 6. El tercer capítulo expone la influencia del constitucionalismo y la teoría de la interpretación en las funciones de la Corte Suprema, determinando las funciones prevalentes en este nuevo contexto político, social, jurídico e interpretativo. Se analiza también los modelos de cortes supremas en un esquema comparado. Para finalmente detallar la importancia del doble conforme como propuesta para los cambios necesarios en la Corte Suprema.
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    La teoría hegeliana de la acción en la filosofía del derecho y su corrección ética
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-01-23) Díaz Velásquez, Maverick Enrique; Giusti Hundskopf, Miguel Ángel
    El presente trabajo tiene como tema central el concepto de acción en la Filosofía del derecho de Hegel. Buscamos alcanzar dos objetivos. En primer lugar, intentamos presentar de manera articulada y analizada la teoría hegeliana de la acción subjetiva. En segundo lugar, buscamos complementar esta teoría mediante una corrección ética acerca de la actitud moral: sostenemos que el concepto de acción tiene que integrar como constitutiva una consideración subjetiva del bien universal y objetivo. Para llevar a cabo estas tareas, este trabajo está dividido en tres capítulos. En el primer capítulo, exponemos una visión sistemática del concepto de acción en la sección de la Moralidad de la Filosofía del derecho. Nos encargamos de presentar y analizar tesis estructurales para conectar unitariamente las dimensiones del complejo concepto de acción de Hegel. En el segundo capítulo, profundizamos en los derechos que constituyen progresivamente el concepto complejo de acción. Abordamos la diferencia entre la acción y el acto, la relación entre el propósito y la intención, entre la intención y el bienestar, y entre el bienestar y el bien (que corresponde a la actitud propiamente moral). Frente al problema de la conexión interna entre el concepto de acción y de bien, en el tercer capítulo, argumentamos, por un lado, que una comprensión del bien desde el punto de vista de la Moralidad conduce tanto a la imposibilidad de la instanciación del bien en el mundo como a la realización de acciones que son solo arbitrariamente buenas. Por otro lado, una re-comprensión del bien desde el punto de vista de la Eticidad conduce a la tesis de que la normatividad inmanente de las instituciones éticas corresponde a las determinaciones objetivas mediante las cuales el sujeto ético constituye su idea de bienestar subjetivo y a los parámetros de validez intersubjetiva que orientan el reconocimiento efectivo entre los miembros de la Eticidad. Con ello, logramos alcanzar los objetivos planteados.