2. Maestría
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Tesis de la Escuela de Posgrado
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Item La justicia militar en el Perú y la necesidad de su existencia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-07-24) Lazo Portocarrero, José Martín; Gálvez Montero, José FranciscoSe habla siempre que las instituciones militares ostentan valores comunes y propios, muchas veces distintas de la civilidad. Se trata de organizaciones que se rigen por normas particulares o específicas, en que la disciplina, el orden, el compromiso con el país y la propia Institución, así como con sus pares, forma parte de su naturaleza y tradición. De modo tal es importante dilucidar hasta qué punto, el carácter excepcional de la Justicia Militar debe permanecer en nuestro derecho interno, o en su defecto, analizar de qué manera afectaría a estas instituciones su extinción. Generalmente, los trabajos sobre materia de índole judicial castrense han sido realizados por Oficiales Jurídicos, miembros de la Fuerzas Armadas o personas cercanas a estas o, por el contrario, por quienes advierten una marcada posición contra los militares u opositores a los Fueros de Excepción, de manera que tanto uno como otros no siempre ofrecen una perspectiva idónea o adecuada. El acercamiento y subjetiva relación con la institución militar o un profundo desinterés sobre la misma, se dejan traslucir en dichos estudios, razón por la cual ha sido motivación esencial en la presentación de esta temática mostrar un estudio objetivo y riguroso. Tratándose de un tema que aborda tópicos de carácter jurisdiccional, a lo largo del trabajo, nos hemos detenido a reflexionar sobre la función judicial, sobre todo en la labor del juez militar y el rol que le corresponde cumplir dentro de la Justicia Militar, como operadores inmediatos del derecho. En este contexto el Derecho Militar a través del juez, adquiere especiales propiedades para impartir o administrar justicia. La equidad y la prudencia no solo se presentan como valores sino también como factores de acuerdo con los cuales el juez ha de aplicar el derechoItem La valoración de la aplicación del control difuso por la Corte Suprema Peruana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-08-10) Morales Silva, Silvia Milagros; Gálvez Montero, José FranciscoLa presente tesis parte de un análisis teórico de la operatividad del control difuso que es contrarrestado con datos fácticos a los que se tuvo acceso, para valorar y afirmar de manera inductiva cuál es la operatividad del control difuso, por medio de la revisión del control difuso por la Corte Suprema peruana, con la que se genera un control con la consulta de la decisión que contiene la aplicación de la misma. De esa manera, se cuenta con tres capítulos, en el primero, se aborda los aspectos teóricos del control de constitucionalidad hibrido, control de constitucionalidad difuso; en el segundo capítulo, se desarrolla la operatividad del ejercicio del control difuso, en el que se aprecia no solo los efectos jurídicos de la aplicación de la institución sino también las consecuencias de la operatividad de la misma; y en el tercer capítulo, se realiza una evaluación de la operatividad de la consulta en los casos que se accedió, los cuales datan del 2014, donde la Corte Suprema decidió en consulta la aprobación o no de la aplicación del control difuso. De esa manera, se afirma y sostiene que la aplicación del control difuso para tutelar el derecho fundamental, al entrar en operatividad genera efectos negativos no solo para las partes del proceso sino para todo el sistema, el cual suspende los efectos de la sentencia que contiene el control difuso, prolonga el proceso judicial sin interés de las partes, aumenta la carga procesal y genera mayor trabajo logístico, en causas que son reafirmadas en su sentido, dado que son en su mayoría aprobadas, por la Corte Suprema.Item El precedente constitucional vinculante y su aplicación por el Tribunal Constitucional del Perú : análisis jurisprudencial de la última década 2005-2015(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-02-15) Morales Saravia, Francisco Humberto; Gálvez Montero, José FranciscoEl estudio se refiere a la configuración y emisión de los precedentes constitucionales vinculantes efectuada por el Tribunal Constitucional del Perú (TC) durante los años 2005 a 2015. Se pretende demostrar que la opción interpretativa del artículo VII del Título preliminar del Código Procesal Constitucional desarrollada por el TC es equivocada en relación a los modelos estadounidense y colombiano, que se caracterizan por su flexibilidad. En nuestro país el precedente constitucional vinculante es rígido y autoritario y más se parece a un tipo de legislación general que a la técnica del precedente de casos específicos. También, se analizan de manera global los 48 precedentes dictados por el TC según los criterios cronológico, temático, por sus efectos y según se trate de interpretaciones constitucionales o legales. El resultado de dicha evaluación nos indica que el Pleno de los años 2005 a 2007 dictó 30 precedentes (62.5%), tendencia que disminuyó en los siguientes años con el Pleno de los años 2007 a 2014 que emitió 14 precedentes (29.1%) y el actual que sólo ha dictado 4 precedentes (8.33%). Se ha comprobado que la emisión de los precedentes constitucionales vinculantes se ha caracterizado por abordar temas coyunturales y de poca relevancia constitucional, demostrándose que la mayoría de temas regulados son de carácter legal. Se propone respetar y garantizar algunos criterios constitucionales para la emisión de los precedentes vinculantes: la función del TC de intérprete supremo de la Constitución, el acceso a la justicia, la finalidad de los procesos constitucionales, el recurso efectivo para la protección de los derechos fundamentales y la independencia judicial. Se concluye que el TC debe cambiar su interpretación y práctica para pasar de un precedente rígido y autoritario a uno de tipo flexible y que se circunscriba a temas constitucionales, según los modelos de referencia (EE.UU., Colombia).Item La inmunidad parlamentaria en el estado democrático constitucional: un estudio a partir del caso peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-10-17) Gutiérrez Ticse, Luis Gustavo; Gálvez Montero, José FranciscoLa “inmunidad parlamentaria” es una garantía de las asambleas legislativas para proteger su autonomía frente a los demás poderes del Estado. Así tal cual, ha sido un dogma a lo largo de nuestra historia republicana (y también de toda la historia del constitucionalismo comparado). Su data es casi en paralelo con la aparición del Estado liberal francés durante el siglo XVIII, y desde entonces ha sido incorporado con diversos matices en los nuevos estados democráticos. Precisamente su longevidad y el advenimiento de la crisis de representación de las asambleas legislativas bien iniciado el siglo XX, han obligado a los Estados ha tener que replantear el objeto de la inmunidad parlamentaria, mucho más con la consolidación de la “era de los derechos”; ambos fenómenos surgidos durante el período de entreguerras. Se entiende desde entonces que la legitimidad democrática se evidencia en la disposición de promover y proteger los derechos ciudadanos. Y por otro lado, en la exigencia que los gobernantes respondan por sus actos, sin que medien privilegios que les confieran impunidad. Este nuevo panorama ha llegado al extremo de replantear la configuración de la teoría de la soberanía popular, generándose un amplio debate sobre la representación, poniendo en tela de juicio una serie de instituciones propias del Poder Legislativo, entre ellas, de la propia inmunidad parlamentaria.Item Análisis del plan CERIAJUS en materia de formación ética de los magistrados y el servicio de justicia en nuestro país(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-06-09) Angelats Agreda, Teresa Nataly; Gálvez Montero, José FranciscoUn hito sin precedentes se produjo el año 2004 en nuestro país. En junio de ese año el Presidente del Poder Judicial entregó al Presidente del Ejecutivo el voluminoso Plan de la Comisión Especial de la Reforma Integral de la Justicia (CERIAJUS) a cuya elaboración se habían avocado, durante 6 meses, las principales instituciones del sistema de justicia en un trabajo conjunto con representantes de la sociedad civil. Era la reforma impulsada no sólo por los Jueces, o por el poder político, como antaño, sino que incluía al conjunto de actores involucrados en el proceso de impartición de justicia, incluso organizaciones representantes de sectores de la ciudadanía, algo antes impensado en el Perú, de modo que esta circunstancia marcaba un antes y un después para el sistema de justicia. Dicho Plan contenía propuestas puntuales para mejorar el servicio de justicia de nuestro país, entre ellos la formación y evaluación de los jueces, tema que esperamos desarrollar en este trabajo y aportar nuevas luces sobre otros esfuerzos que se hayan emprendido en el mismo sentido.Item La jurisprudencia vinculante y los acuerdos plenarios y su influencia en la adecuada motivación de las resoluciones judiciales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-07-09) Agüedo del Castillo, Rudy Renzo; Gálvez Montero, José FranciscoEn nuestro país, la credibilidad del sector justicia por parte de la población es poco prometedora, pues la confianza en las instituciones no se ha incrementado al paso que quisiéramos. Entre muchas de las razones que explican la poca aprobación del sector justicia se encuentra lo imprevisible que pueden ser las decisiones judiciales en base a interpretaciones distintas. Por esta razón, el sistema judicial ha procurado uniformizar su jurisprudencia utilizando herramientas que ayuden a prever el criterio de interpretación de los jueces en casos sustancialmente análogos. El Perú ha desarrollado una cultura jurídica influenciada principalmente de dos sistemas jurídicos diferentes, el civil law y el common law, a través de los cuales nuestro sistema ha creado diversas instituciones y herramientas que nos ayuden a procurar el máximo ideal de justicia. Entre estas herramientas se encuentra la jurisprudencia vinculante y los acuerdos plenarios. La jurisprudencia vinculante es un producto desarrollado desde elcommon law, mientras que los acuerdos plenarios no podría decirse que fueron desarrollados del civil law, pero como podrá observarse en el transcurso del presente trabajo pueden encontrarse algunos rasgos similares a sus orígenes en el sistema continental. A la actualidad, tanto la jurisprudencia vinculante como los acuerdos plenarios han tomado relevancia en cuanto a su elaboración y uso como medios de uniformidad jurisprudencial, sin embargo, aún no se ha desarrollado legislativa respecto de su uso para la resolución de casos concretos. El uso de estas herramientas se desarrolla en la motivación de las resoluciones judiciales, ya sea al aplicarlos como para dejarlos de aplicar, ambos merecen una motivación específica.Item El perfil de juez en la selección de jueces(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-11-26) Alvarez Quispe, Mario Alejandro; Gálvez Montero, José FranciscoEl tema de investigación es la selección de jueces. El área problemática se ubica en la desarticulación entre el perfil de juez y los mecanismos para su selección. La desarticulación se expresa en que el Consejo ha nombrado a más de la mitad de los actuales jueces pero estos en su mayoría no responden al tipo de juez que exige la Constitución y demanda la ciudadanía. La pregunta de investigación es: ¿cuáles son las causas que generan la desarticulación entre el perfil de juez y los mecanismos para su selección? Los objetivos de investigación son: 1) estudiar el perfil de juez y el procedimiento de su selección; 2) analizar la articulación entre estos; y, 3) formular una propuesta de selección acorde con el perfil de juez. Nuestra hipótesis es: se puede lograr una consistente y efectiva articulación del perfil de juez con el procedimiento de selección, cuando se aplica un enfoque de selección por competencias. Los resultados más significativos de esta investigación son los siguientes: el perfil de juez que exige la Constitución no es tomado en cuenta como orientador del proceso de selección. La selección se reduce al cumplimiento de formalidades sin relación con la búsqueda de un perfil de juez. La evaluación se concentra en saber si el aspirante a juez conoce de derecho sin valorar otras características. Existe una alta discrecionalidad en la calificación de la entrevista personal y en el nombramiento. Un enfoque interdisciplinario, como es la selección por competencias, contribuye a superar estas debilidades, ya que se parte de un perfil y en función de éste se orienta la selección. Con el aporte interdisciplinario se evalúan el conjunto de competencias del perfil y no solo los conocimientos de derecho. Con entrevistas pautadas y la eliminación del voto para el nombramiento se puede reducir la discrecionalidad.