2. Maestría
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Tesis de la Escuela de Posgrado
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Item Competencia de los organismos reguladores para resolver reclamos sobre servicios no regulados económicamente(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-18) Malca Maurolagoitia, Carlos Anibal; Espinoza Espinoza, Juan AlejandroEl presente trabajo de investigación destinado a la obtención del grado académico de Magíster en DERECHO DE LA EMPRESA CON ESPECIALIDAD EN REGULACIÓN DE NEGOCIOS, tiene como justificación determinar si el ordenamiento jurídico ha estipulado de manera clara si los reclamos de los usuarios finales de servicios brindados en condiciones de competencia por las entidades prestadoras que explotan Servicios Públicos e Infraestructura de Transporte de Uso Público deben ser tramitados ante los organismos reguladores (OSIPTEL, OSINERGMIN, OSITRAN) o el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (INDECOPI). La investigación parte de la base que la defensa de los usuarios se constituye como una de las principales bases de nuestro régimen constitucional económico, especialmente en los mercados de los servicios públicos, donde existe poder monopólico de las empresas prestadoras. En ese orden de ideas, se ha analizado la teoría económica que justifica la protección de los usuarios dentro de una economía de mercado, así como la teoría de la regulación económica que explica la intervención de los organismos reguladores en los mercados de servicios públicos, la normativa específica en cada uno de los sectores bajo la competencia administrativa de los organismos reguladores, que incluye el estudio de los reglamentos emitidos por cada uno de estos en ejercicio de función normativa, en donde se logra evidenciar la diferente interpretación que ha realizado cada organismo regulador de la función de solución de reclamos establecida en el literal f) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, finalmente, determinando que la solución más eficientes por economías de alcance es la regulada y asumida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte Público (OSITRAN), el cual resuelve los reclamos tanto de los mercados bajo su supervisión en los que aplica regulación económica y social.Item El principio de continuidad de los contratos y el régimen de protección frente a la desvinculación laboral individual y colectiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-12) Ferro Delgado, Victor; Espinoza Espinoza, Juan AlejandroEl presente trabajo examina el contenido del principio de conservación de los negocios jurídicos, vinculándolo con el principio de continuidad en el derecho del trabajo. Así, un criterio de interpretación, que en el ámbito del derecho civil apunta a la subsistencia del negocio jurídico, en el marco del derecho laboral es objeto de un desarrollo particular con base al principio de continuidad, el derecho al trabajo y la estabilidad laboral. Empero, el alcance que el Tribunal Constitucional (TC) confiere al derecho al trabajo resulta no solo inconsistente en sí mismo, sino contrario al esquema de protección frente al despido consagrado por múltiples ordenamientos cuyas constituciones consagran, igualmente, el derecho al trabajo. En términos generales, tales ordenamientos prevén que la afectación a este derecho determina una tutela resarcitoria, y no así restitutoria, a diferencia de lo que plantea el TC. A su vez, el TC obvia todo ejercicio de ponderación entre el derecho al trabajo y el derecho a la libertad de empresa, a pesar de que este igualmente goza de reconocimiento constitucional. Seguidamente, analizamos el principio de continuidad en la regulación de los ceses colectivos, evidenciando que, en el derecho comparado, se reconoce al empleador la facultad extintiva de los contratos de trabajo, a diferencia de lo que opera en nuestro régimen, que traslada esa prerrogativa a la autoridad administrativa de trabajo, no obstante, su sistemática renuencia a aprobar las respectivas solicitudes. De ahí que se proponga una modificación constitucional estableciendo que tanto la extinción individual como colectiva del contrato de trabajo corresponden al ejercicio de la facultad de dirección del empleador, la cual de ejercerse de manera contraria al ordenamiento vigente dará lugar al pago de una indemnización legalmente fijada, mientras que reposición solo operará cuando el despido resulte lesivo de derechos fundamentalesItem La tutela inhibitoria del derecho a la intimidad y su conflicto con el derecho a la libertad de expresión e información(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-16) Cárdenas Torres, José Alonso; Espinoza Espinoza, Juan AlejandroLos programas de televisión, actualmente, destinan importantes espacios a la difusión de información que, en muchas de las veces, atañen al ámbito personal y familiar de las personas; en ese contexto surge la necesidad de tutelar en forma preventiva al derecho a la intimidad y evitar así la configuración de un daño derivado del ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Este es el problema que se cierne sobre el derecho a la intimidad; frente a él, corresponde estudiar el mecanismo que permita obtener una tutela preventiva. Siendo así, en el presente trabajo analizamos el derecho a la intimidad y su tutela a través de la acción inhibitoria frente al ilícito derivado del ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información; para ello, determinamos su génesis y su desarrollo en la experiencia nacional y comparada, con principal énfasis en el Common Law y en el Derecho italiano, ordenamientos en los que se forjó y desarrolló el derecho a la intimidad. Ello nos permite determinar que: 1. La tutela del derecho a la intimidad no sólo es resarcitoria, 2. En el ámbito nacional no existen estudios referidos a la tutela inhibitoria y 3. La jurisprudencia nacional no ha desarrollado los fundamentos que permitan tutelar en forma preventiva el derecho a la intimidad. La ausencia de análisis, por parte del formante jurisprudencial, sobre el tipo de tutela que requiere el derecho a la intimidad ha generado que frente a la amenaza de su vulneración se espere la configuración del daño, quedando la tutela resarcitoria como único medio de protección. A fin de estudiar la tutela inhibitoria del derecho a la intimidad, se hace necesario recurrir al método dogmático, a fin de conocer el desarrollo doctrinal que ha presentado. Asimismo, para el análisis de la viabilidad de la aplicación de la tutela inhibitoria en el escenario jurídico nacional, es menester valerse del Derecho comparado. Se recurrirá también al método funcional mediante la revisión de jurisprudencia, a fin de conocer y de dar solución a la problemática descrita en el presente trabajo