2. Maestría
Permanent URI for this communityhttp://98.81.228.127/handle/20.500.12404/2
Tesis de la Escuela de Posgrado
Browse
Search Results
Item Límites constitucionales de igualdad y laicidad a los beneficios tributarios de la Iglesia Católica en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-11-29) Espinoza Ratto, Klever Antonio; Diaz Colchado, Juan CarlosSe analiza la constitucionalidad de los beneficios tributarios que tiene la Iglesia Católica a partir de la interpretación del Concordato desde el año 2003 a través del intercambio de Notas diplomáticas entre la Santa Sede y el Estado peruano. Consideramos que dichos actos han vulnerado el principio de laicidad y en consecuencia afectan el principio de igualdad tributaria. Frente a ello, planteamos que los límites a los beneficios tributarios del Concordato, están en la Constitución y específicamente en los principios de igualdad tributaria y laicidad. Así, es necesario entender que el principio de igualdad tributaria se evalúa en cada caso concreto y en función a las características y contexto de los sujetos o entidades que reciben un trato distinto. Para la Iglesia Católica y sus beneficios tributarios, corresponde que primero se evalúe si existen razones suficientes, conforme lo exige el principio de igualdad, que justifiquen un trato distinto, lo que solo puede analizarse en función al principio de laicidad cuando se trata de un trato diferente en asuntos de índole religiosa. Se evidencia que los beneficios tributarios de la Iglesia Católica no fueron parte del propósito de la suscripción del Concordato y que solo a partir del año 2003, con el intercambio de las Notas diplomáticas, se genera jurisprudencia y elementos que permitan construir el sustento legal para una interpretación favorable a la Iglesia Católica. Finalmente, consideramos necesaria la búsqueda de fórmulas, en el marco legal vigente y las reglas del Derecho Internacional, para corregir la situación actual.Item Análisis constitucional del criterio jurisprudencial de observancia obligatoria establecido en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 07308-2-2019(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-31) Tezen De la Cruz, Luis Antonio; Diaz Colchado, Juan CarlosLa Resolución del Tribunal Fiscal N° 07308-2-2019 estableció como jurisprudencia de observancia obligatoria que las observaciones recogidas por el deudor tributario mediante declaración jurada rectificatoria que ha surtido efectos, que coinciden con el resultado final de la actividad de fiscalización, no son susceptibles de impugnación. Dicho criterio jurisprudencial resulta controversial pues establecería una limitación al derecho de impugnación del contribuyente que no se encuentra expresada por norma jurídica alguna. Así, el presente trabajo de investigación tiene como objetivo general determinar si el criterio jurisprudencial establecido en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 07308-2-2019 resulta compatible con el derecho a impugnar las decisiones administrativas en materia tributaria. Para alcanzar dicho objetivo general, identificamos el contenido constitucional del derecho a la impugnación de decisiones administrativas en materia tributaria a partir de la jurisprudencia constitucional, luego, argumentamos la autodeterminación de la deuda tributaria como elemento del deber constitucional de contribuir; además, evaluamos la ponderación subyacente, entre el deber constitucional de contribuir y el derecho a la impugnación de decisiones administrativas, en la configuración legal de los recursos impugnatorios en sede administrativa tributaria. Finalmente, aplicamos el test de proporcionalidad al criterio establecido en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 07308-2-2019 y llegamos a la conclusión que el referido criterio no logra superar el subprincipio de necesidad; por lo que, dicho criterio jurisprudencial debería ser dejado sin efecto por su incompatibilidad con el derecho del contribuyente a impugnar las decisiones administrativas en materia tributaria.