3. Licenciatura
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Item Informe sobre la Sentencia recaída en el Expediente Nº 023-2009-PI/TC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Fuertes Flores, Karla Ana Paula; Ramírez Parco, Gabriela AsunciónEn el presente informe jurídico se analiza la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 0023-2009-PI/TC que corresponde a la Acción de Inconstitucionalidad planteada por el Señor Gonzalo Tuanamá Tuanamá, en representación de 5000 ciudadanos contra el Decreto Legislativo Nº 1079, que establecemedidas que garanticen el patrimonio de las Áreas Naturales Protegidas. Es por ello que se analizará la importancia, creación, zonificación y procedimiento de aprobación de las Áreas Naturales Protegidas en el Perú, las competencias del Ministerio del Ambiente, específicamente el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas - SERNANP, para lograr el Estado cumpla con el mandato constitucional de preservación y uso sostenible de los recursos naturales. A pesar de que, al momento de los hechos del presente caso, el ordenamiento peruano no contaba con la Ley de Consulta Previa, el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo ya había entrado en vigor, por lo cual implicaba una serie de obligaciones para el Estado en la gestión de políticas públicas que involucren a los pueblos indígenas. En ese contexto, se evaluará como la obligación del Estado en materia ambiental se puede llevar a cabo sin afectar los derechos de los pueblos indígenas que se encuentren en dichas áreas protegidas.Item Análisis de la Resolución N° 068-2016-OEFA/TFA-SEE emitida por el Tribunal de Fiscalización Ambiental(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-15) Aguirre Alván, Rossana Lisset; Ramírez Parco, Gabriela AsunciónLa Resolución N° 068-2016-OEFA/TFA-SEE emitida por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental es la culminación del procedimiento administrativo sancionador seguido contra la empresa Fénix Power Perú S.A. por la presunta comisión de tres conductas infractoras, el cual tuvo como resultado que se declare la existencia de responsabilidad administrativa por parte de la empresa, confirmándose así el pronunciamiento de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos. Al respecto, es preciso señalar que dos de las imputaciones hechas a la empresa reflejaban incumplimientos ambientales expresamente establecidos en su estudio ambiental. La imputación restante estaba referida a la ejecución de construcciones, así como la implementación de dicha infraestructura asociada a la Central Térmica de la empresa generadora de energía eléctrica y, en este caso concreto, se trataría de actividades que no habrían sido evaluadas y aprobadas en el instrumento de gestión ambiental correspondiente.