3. Licenciatura
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Item Informe jurídico sobre Resolución recaída en el Exp. 01272-2017-PA-TC (Duberlis Nina Cáceres Ramos vs Poder Judicial)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Aldave León, María de Fátima Areté; Galicia Vidal, Saulo RobertoNina Cáceres Ramos, quien se desempeña como jueza unipersonal de la Corte Superior, solicita el cese inmediato de la vulneración de su derecho al disfrute del tiempo libre, libre desarrollo de la personalidad y derecho al trabajo mediante la interposición de un proceso de amparo. Argumenta que, a pesar que la Presidencia de la Corte le otorgó el permiso de lactancia materna que le correspondía por ley, en la práctica dicho permiso no se respetó. Se le reprogramaron audiencias durante este periodo, incluyendo altas horas de la noche y fines de semana. Esta situación era de conocimiento de los funcionarios, quienes alegan que la programación de audiencias en esos horarios busca una mayor celeridad del sistema penal. La controversia gira en torno a si se vulneró el derecho a la igualdad de la jueza, especialmente en su dimensión sustantiva. Aunque este permiso está recogido por numerosos instrumentos, se concluye que las prácticas arraigadas y las medidas emitidas por los funcionarios no consideraron la situación de la demandante ni brindaron condiciones adecuadas atendiendo su estado. Para resolver el problema principal se desarrollan como problemas secundarios el principio de igualdad, la actuación de los funcionarios públicos y su relación con el buen gobierno, y finalmente la resolución de fondo del Tribunal Constitucional, quien resuelve el recurso de agravio constitucional interpuesto tras la sentencia que declara infundado el amparo. Para la resolución y desarrollo de los problemas planteados, se consultará la Constitución Política del Perú, las leyes y jurisprudencia nacional relacionada, así como opiniones, directivas e instrumentos internacionales aplicables a nuestro país.Item Informe jurídico sobre la Casación Laboral N° 8600-2022-Lima Sur(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Gonzales Huamaní, Ananí; Galicia Vidal, Saulo RobertoEl presente informe tiene como objetivo el analizar de manera critica la Casación Laboral Nº 8600-2022-Lima Sur. Esta casación trata sobre el despido de una trabajadora bajo la causal de falta grave contemplado en el inciso a) del artículo 25 del TUO del Decreto Legislativo Nº 728 de la LPCL. En base a ello, vamos a estudiar las características de los diferentes supuestos de faltas graves que encontramos en el mencionado inciso. Asimismo, vamos a analizar los diferentes supuestos de despidos contemplados en la legislación peruana y las consecuencias jurídicas de cada una de ellas, como también los alcances del ius variandi, el derecho de resistencia y sus implicancias en la relación laboral. Otro punto importante, es respecto a la formalidad exigida por ley en virtud al despido, así se observa de los hechos, que no se cumplieron en el presente caso, ya que en la carta de despido se le añadieron dos (2) causales más que no estaban contemplados en la carta de preaviso vulnerando el derecho de defensa de la trabajadora. Luego, pasaremos a reflexionar los diferentes criterios de los jueces tanto de la primera instancia como de la segunda instancia para compararlo luego con los criterios de los jueces supremos de la Corte Suprema de Justicia de la República. Lo antes mencionado, nos va permitir concluir que, el despido que sufrió la trabajadora devino en fraudulento.Item Informe Jurídico sobre la Casación 9234-2016-Del Santa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Mejía Lucana, Jorge Abraham; Galicia Vidal, Saulo RobertoEn el presente informe jurídico, el autor analiza los problemas jurídicos identificados con respecto a la Casación Laboral 9234-2016-Del Santa, la cual se refiere al caso concreto de un trabajador que se encontraba, fuera de su jornada laboral, en comisión de servicios, e ingirió bebidas alcohólicas dentro del vehículo de la empresa, cuando estaba retornando de la comisión; de tal forma que su empleador lo cesa por la falta grave contemplada en el inciso e) del artículo 25° de la LPCL. De tal forma que, la Corte Suprema – que conoció el caso mediante recurso de casación interpuesto – declaro fundado la demanda por reposición por despido fraudulento; sin embargo, consideramos que han existido ciertos problemas que no han sido referenciados en el citado pronunciamiento. Los cuales se derivan de la configuración de la duración de la comisión de servicios y que implica dicha figura; asimismo, de los límites a la potestad fiscalizadora del empleador con respecto a los trabajadores que han concluido su jornada laboral. Sin embargo, el principal punto de referencia será aquel correspondiente a analizar si en realidad nos encontramos ante un despido fraudulento o ante otra clase de despido. Para lo cual, hemos consultado diversas fuentes doctrinarias, una pluralidad de instrumentos normativos, tales como legislación nacional, la Constitución y los diversos Convenios de la OIT. De lo cual concluimos que, aun cuando no se ha cumplido con la proporcionalidad y razonabilidad de la sanción, configurándose un despido injustificado; esto no conlleva al establecimiento de un despido fraudulento, cuya fundamentación y análisis se basa en el ánimo perverso y auspiciado por el engaño del empleador.Item Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional N° 00013-2021-PI/TC “Caso de la Incorporación del régimen CAS al Decreto Legislativo 728 y al Decreto Legislativo 276”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Alva León, Mirna Dorila; Galicia Vidal, Saulo RobertoEl presente informe jurídico problematiza desde la perspectiva constitucional y laboral sobre la Sentencia STC N° 00013-2021-PI/TC la cual analiza la constitucionalidad de la Ley N° 31131 "Ley que implementa medidas para eliminar la discriminación en los regímenes laborales del sector público". A partir de los fundamentos de la sentencia se discute principalmente sobre el problema de dispersión normativa del empleo público y de cómo la coexistencia de regímenes con derechos disminuidos como el del régimen CAS afectan, en primer término, los derechos de los servidores públicos, así como a los principios del empleo público y demás principios reconocidos en la constitución y el derecho internacional de los derechos humanos. A partir del análisis realizado previamente se exponen las razones por las que la Ley N° 31 131 afecta, en particular, el principio de igualdad en el acceso al empleo público, el principio de equilibrio y estabilidad presupuestal, así como la competencia constitucional del ejecutivo para realizar la gestión de recursos humanos, los cuales son principios constitucionales reconocidos también en instrumentos de protección del derecho internacional de los derechos humanos. Se usa la metodología de investigación dogmático jurídica, la cual se sirve del análisis de las normas, así como de la jurisprudencia y doctrina a través de los métodos de interpretación jurídica aplicables al caso concreto.Item A quince años del precedente vinculante establecido en la casación No. 2120-2004 Lima: un estudio actualizado sobre la estabilidad laboral de los trabajadores de dirección y la puesta a disposición del cargo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-09) Cuellar Rodríguez, Rodrigo Javier; Galicia Vidal, Saulo RobertoEn este informe se analiza el expediente judicial No. 183407-2003-00135-0, que culminó con la emisión de un precedente vinculante de la Corte Suprema de la República, referido a la puesta a disposición del cargo como acto jurídico laboral que pone fin a la relación laboral. Específicamente, el caso trata de un trabajador de dirección a quien su empleador (una empresa municipal) le solicitó poner su cargo a disposición. Cuando el trabajador puso su cargo a disposición en virtud de dicha solicitud, el empleador dio por terminado el vínculo laboral al amparo del artículo 28 del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo. Ante ello, el trabajador demandó el pago de una indemnización por despido arbitrario, pues alegó que su cese no obedeció a su voluntad sino a la voluntad arbitraria de la empresa. Pues bien, el conflicto narrado da pie a dos cuestiones jurídicas relevantes y actuales. La primera cuestión por determinar es el régimen laboral de una empresa municipal, habida cuenta de su cercanía con la administración estatal y los fines públicos que debe perseguir; ello incide en el trato que se debe dar a los trabajadores de dirección. La segunda cuestión por determinar es si un cese con las características descritas es válido; es decir, si es que la puesta a disposición del cargo, solicitada por el empleador a un trabajador de dirección equivale a una renuncia válida. En fin, son dos las cuestiones relevantes que se abordan en el presente informe, las mismas que han presentado debate hasta los años recientes y, por ende, siguen siendo de relevancia para nuestro ordenamiento.