5. Segunda Especialidad
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Item La concurrencia en estado de embriaguez al centro de trabajo como vulneración al deber de la buena fe laboral: Modificación al inciso e) del artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Vasquez Chávez, Vanessa; Osorio Velarde, Ccantú StefanyLa concurrencia en estado de embriaguez al centro de trabajo es una conducta que a nivel normativo y jurisprudencial ha generado gran controversia, debido a la interpretación extensiva y permisiva de los operadores de justicia. Asimismo, existe una falta de rigurosidad para sancionar esta conducta, ya que nuestra norma solo ampara dos supuestos para la aplicación de la medida disciplinaria del despido, lo cual desvirtualiza la gravedad y el impacto que esta conducta produce por si sola en el ámbito laboral, como es la baja productividad en sus actividades, accidentes de trabajo, rendimiento deficiente, etc. Siendo así, nuestra legislación no valora la afectación al principio de la buena fe laboral que causa este comportamiento, así como a los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo, que velan por el bienestar físico y mental de todos los trabajadores y los cuales se deben respetar a lo largo de toda la relación laboral. En esa línea, el objetivo principal de este trabajo de investigación es proponer la modificación del inciso e) del artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, con la finalidad de establecer parámetros pertinentes que sancionen al trabajador a través del análisis de diversos factores, ya que esta conducta no puede limitarse a ser sancionada legalmente por solo dos supuesto, pues el simple hecho de que el trabajador se encuentre bajo los efectos del alcohol implica, no solo una falta laboral, sino un incumplimiento a los deberes de buena conducta y de seguridad y salud en el trabajo.Item La vulneración de la libertad de empresa a través del control de las cláusulas abusivas en las relaciones jurídicas de consumo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-14) Bautista Huarancca, Luis Gustavo; Pazos Hayashida, Javier MihailEn el presente trabajo de investigación se realiza un análisis de la aplicación e interpretación por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual respecto a la categoría jurídica de la cláusula abusiva en relaciones jurídicas de consumo, y el posible riesgo de vulneración a la libertad de empresa que puede conllevar su utilización bajo determinadas circunstancias. En base a ello, partiendo de la definición de los conceptos de cláusula abusiva y libertad de empresa, y de una aproximación a sus principales características en el marco de un modelo de economía social de mercado, se cuestiona la necesidad de una interpretación por parte del Indecopi de realizar un análisis proporcional y adecuado de la realidad del mercado particular que atiende para evaluar la procedencia de la figura de la cláusula abusiva. Para este propósito, se lleva a cabo un análisis de las resoluciones Nº 0219-2018/SPCINDECOPI y Nº 0243-2018/SPC-INDECOPI, en cuyos pronunciamientos el Tribunal del Indecopi declaró como una cláusula abusiva de ineficacia absoluta la prohibición de Cineplex S.A. y Cinemark del Perú S.R.L. de ingresar a sus salas de cine con alimentos y/o bebidas adquiridas en establecimientos comerciales externos, vulnerando su libertad de empresa en su manifestación de libertad de organización.Item ¿Deberán pagar justos por pecadores? : el tercero de buena fe como límite a la extinción de dominio(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zare Velásquez, Daniela Isabel Jose; Sánchez Málaga Carrillo, ArmandoLa Extinción de Dominio ha surgido como una gran herramienta de política criminal para prevenir y luchar contra la corrupción y la criminalidad organizada, excluyendo del sistema legal todos los activos de procedencia o destinación ilícita, para evitar, precisamente, que estos sean introducidos al comercio nacional. No obstante, siendo este un instituto reciente en el ordenamiento peruano, la norma actual aún no ha sido capaz de abordar adecuadamente los aspectos más importantes, como, por ejemplo, la situación de los terceros de buena fe (problema de interpretación de la norma). Comenzando con que se requiere por Ley que la buena fe esté debidamente acreditada, pero sin explicar qué implica esto, ni qué posibilidad hay de afectaciones a los derechos de los terceros que creen haber actuado bajo un nivel de probidad o debida diligencia. El propósito de este artículo es justamente ello, plantear en principio qué se debe entender como tercero de buena fe, y con ello determinar qué zonas grises se mantienen en la norma peruana actual. De esa forma llegar a propuestas válidas y efectivas para un instituto en ascenso que, aplicándolo bien, conseguiría alcanzar sus propósitos. En ese sentido, recurriendo a la experiencia colombiana, determinar qué es lo que requiere nuestra propia norma de extinción de dominio para que, en el tema de los terceros de buena fe, se tenga muy bien regulados los supuestos y no se deriven situaciones que perjudiquen a inocentes.Item La falta de aplicación del Principio de Confianza Legítima en los pronunciamientos emitidos por el Indecopi en materia de productos industrializados, su impacto en los consumidores y en el adecuado funcionamiento del mercado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-28) Vega Fernandini, Valeria Lucía; Sosa Huapaya, Alex EverEl procedimiento administrativo cuenta con una serie de principios que guían su adecuado funcionamiento. Uno de estos principios será el Principio de Confianza Legítima, el cual tiene como finalidad proteger las expectativas legítimas de los administrados, así como la estabilidad del ordenamiento jurídico. Sin embargo, en los últimos años, Indecopi ha emitido algunos conocidos pronunciamientos sobre productos industrializados que no están cumpliendo con dicho principio. Entonces, cabe preguntarnos ¿A qué se debe la falta de aplicación de este principio? ¿Podría existir alguna alternativa de solución?, ello teniendo en consideración que este principio tiene como base la seguridad jurídica, la cual es una garantía para el correcto funcionamiento del mercado. Para encontrar una respuesta a este cuestionamiento, en la presente investigación, a través de un análisis a fondo de la normativa vigente, así como de la doctrina relacionada a la materia se podrá demostrar finalmente que, - en muchas ocasiones - los administrados pueden ser inducidos a error por la propia Administración Pública y la aplicación del Principio de Confianza Legítima es de suma importancia para evitar que se produzca un impacto negativo en la elección y expectativa de los consumidores respecto a los productos, así como en el propio desenvolvimiento del mercado.Item El principio de buena administración y la facultad discrecional en la renovación de cuadros de oficiales de la Policía Nacional del Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Mendoza Limaymanta, Luis Junior; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, en sus diversas sentencias e informes, respectivamente, han determinado que en el procedimiento de renovación de cuadros, se ha vulnerado, entre otros, los derechos al debido procedimiento y a la motivación de resoluciones administrativas de los oficiales de la Policía Nacional del Perú; sin embargo, actualmente se continúan emitiendo actos administrativos que denotan cómo las autoridades públicas terminan haciendo un ejercicio arbitrario de las facultades discrecionales otorgadas por ley, sin garantizar los referidos derechos. Como consecuencia de ello, en la actualidad todos aquellos oficiales que no se encuentran conforme con tal decisión acuden al Poder Judicial en búsqueda de tutela jurisdiccional efectiva, logrando su reincorporación. En ese sentido el objetivo del presente trabajo académico es determinar de qué manera el principio de buena administración puede orientar el ejercicio de la facultad discrecional en el procedimiento administrativo de renovación de cuadros. Al respecto, Ponce afirma que, para cumplir con un debido procedimiento administrativo o deber de buena administración, las autoridades públicas durante la actividad procedimental deben de actuar de forma objetiva en función al deber de debida diligencia, de tal forma que reduzca los márgenes de arbitrariedad. Concluyendo que la aplicación del principio de buena administración, manifestado a través del principio de transparencia y del deber de debida diligencia o debido cuidado, como elemento núcleo, impone a la administración policial la obligación legal de actuar de manera imparcial y con la implementación de los criterios técnicos desarrollados permitirá establecer cuidadosamente los elementos de hecho y de derecho, garantizando una debida motivación de las resoluciones administrativas. De esta forma se cumple con orientar de manera positiva el ejercicio de la facultad discrecional en los procedimientos administrativos de renovación de cuadrosItem La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017) Torre Janampa, Myriam; Campos García, Héctor AugustoEl articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley. Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.