5. Segunda Especialidad
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Item Viabilidad y aplicación del término prescriptorio, con relación al plazo para solicitar la devolución de los pagos, que deviene de la declaración de nulidad de una cobranza coactiva: a propósito de la Resolución del Tribunal Fiscal de Observancia Obligatoria N° 01695-Q-2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-29) Esponda Tapia, Julio Manuel; Sotelo Castañeda, EduardoEl objetivo del trabajo es analizar los alcances del precedente de observancia obligatoria recaído en la RTF N° 01695-Q-2017, a fin de determinar si el reconocimiento del término prescriptorio en favor de la Administración, en los supuestos de pagos comprendidos en una cobranza coactiva declarada nula, se condice con los fundamentos constitucionales de la institución de la prescripción. Para dicho fin, será necesario abordar los supuestos de aplicación de la prescripción extintiva comprendidos en la legislación especial y su correlación con el término prescriptorio y la figura del pago indebido en materia tributaria. Al respecto, no se debe dejar de observar que toda remisión entre figuras jurídicas que trascienden un determinando ámbito del derecho (más aun cuando esta remisión proviene del propio Tribunal Fiscal), debe encontrar plena justificación y sustento legal en el sustrato de nuestro propio ordenamiento. De lo contrario, bajo la apariencia de conceptos y terminologías imprecisas, nos encontraremos expuestos ante posibles escenarios de arbitrariedad y vulneración de derechos, lo cual justamente resulta opuesto a los fundamentos del orden público y de seguridad jurídica. Por lo demás, con ocasión del presente trabajo, hemos analizado la viabilidad del término prescriptorio en los supuestos que conllevan la aplicación de la prescripción extintiva en materia tributaria, llegando a la conclusión de que la inobservancia de un desarrollo preciso tanto a nivel legal como jurisprudencial lleva aparejada la confusión sobre una figura que tiene repercusión inmediata sobre los derechos de los contribuyentes (la aplicación del término prescriptorio sobre supuestos no comprendidos en la noción de pago indebido). En contraposición, consideramos que las conclusiones arribadas en la investigación coadyuvan a una corrección necesaria sobre las consecuencias del actuar irregular de la Administración, más aun cuando dicha irregularidad presupone una declaración de nulidad precedente en favor del administrado, y por lo tanto, incuestionable.Item La desnaturalización de la autotutela administrativa en el procedimiento de ejecución coactiva regulado en la ley 26979, ley del procedimiento de ejecución coactiva.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Romero Romero, Yuri Frank; Zegarra Valdivia, Diego HernandoEl presente trabajo tiene como fin investigar si el actuar arbitrario, irregular y abusivo del Ejecutor Coactivo Municipal, cometido dentro del procedimiento de ejecución coactiva, establecido en la Ley 26979, provienen de una desnaturalización de la autotutela administrativa o de la influencia de las normas procesales civiles -indebidamente aplicadas por el ejecutor acotado. Para tal fin se parte de la hipótesis que el actuar indebido del ejecutor coactivo acotado, constituye la desnaturalización señalada. En efecto procedo en principio a investigar sobre el concepto de autotutela administrativa, sus límites y otros relacionados al mismo, así como analizar las normas procesales civiles que se aplican directamente en el procedimiento coactivo municipal. A continuación, establezco casos prácticos reales, que contienen actos irregulares del ejecutor que los denomino “situaciones coactivas” y los contrasto con los conceptos investigados y la aplicación de las normas procesales civiles acotadas. Como primera conclusión tengo que sí existe influencia de las normas procesales civiles que en varios casos puede ser causa de los abusos que comete el ejecutor. Sin embargo, esta influencia pueda que incentive a dicho actuar abusivo, pero no es la que explica en su totalidad el porqué del actuar irregular del ejecutor, principalmente porque el ejecutor con norma procesal o administrativa igual seguirá cometiendo las situaciones coactivas advertidas. Como segunda conclusión definitiva y resultado de la presente investigación concluyo que el ejecutor coactivo municipal, con dichos actos arbitrarios e irregulares, propiamente de su actuar, está desnaturalizando la institución jurídica de la autotutela administrativa ejecutiva, toda vez que está actuando contraviniendo los límites de dicha autotutela, es decir, contraviniendo el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, la presunción de inocencia y el derecho inviolabilidad de domicilio. Pero no solo ello también está transgrediendo otros limites como es el derecho a la propiedad, al debido procedimiento y otros.