5. Segunda Especialidad

Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/8339

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    La Regla de Subcapitalización como una “earnings stripping rule”, su aplicación simultánea con otras reglas sobre gastos deducibles y su convivencia con la Norma XVI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-12) Bullón Pacheco, Nicolás Efraín; Dunin Borkowski Golochowska, Katarzyna Maria
    En el presente artículo se analiza la regla de subcapitalización bajo la legislación vigente, mediante la cual se ha ampliado su alcance y se ha cambiado su base de cálculo. Asimismo, se analiza su aplicación simultánea con otras reglas sobre gastos deducibles contenidas en la Ley del Impuesto a la Renta, específicamente, su aplicación en conjunto con la regla sobre gastos preoperativos. Finalmente, se estudia la convivencia entre la regla de subcapitalización, como una cláusula antielusiva específica, y la Norma XVI, como una cláusula antielusiva general. Se concluye que, bajo la legislación vigente, la regla de subcapitalización en realidad es una “earnings stripping rule”. Asimismo, se determina que es posible su aplicación simultánea con la norma que regula la deducción de gastos preoperativos. Finalmente, se señala que la relación entre la regla de subcapitalización y la Norma XVI es una relación de supletoriedad, resultando aplicable esta última en aquellos casos en los que el supuesto no encaja en la regla de subcapitalización.
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    El IGV en la utilización de servicios digitales por personas naturales que no realizan actividad empresarial: a propósito del Decreto Legislativo No. 1623
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-12) Razzo Gamboa, Luis Angel; Sotelo Castañeda, Eduardo José
    El presente trabajo de investigación gira en torno a las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No. 1623 a la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. En particular, si dichas modificaciones implican que efectivamente la utilización de servicios digitales por personas naturales que no realizan actividad empresarial se encuentre gravada con el IGV. Por otro lado, también se analiza si es que el Decreto Legislativo No. 1623 resulta inconstitucional por haber contravenido a su ley autoritativa (Ley No. 32089). Por un lado, se concluye que el Decreto Legislativo No. 1623, al no modificar el aspecto material de la utilización de servicios digitales por personas naturales que no realizan actividad empresarial, referido a que los servicios deban generar para su perceptor una retribución o ingreso que califique como renta de tercera categoría para efectos del Impuesto a la Renta, no se encuentran gravados con el IGV. Por otro lado, se concluye que el Decreto Legislativo No. 1623 resulta inconstitucional al exceder de la materia delegada en la ley autoritativa (Ley No. 32089), no determinar la imposición en el país conforme al principio del destino del IGV y no seguir las recomendaciones de la OCDE.