Derecho Registral
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Item ¡Señor Registrador, quiero sanear mi predio! La renuncia al derecho de propiedad predial, a propósito del CIX Pleno del Tribunal Registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-29) Usco Rutti, Deyvid; Jiménez Murillo, Félix RobertoDesde una perspectiva crítica, en el presente artículo se pretende reflexionar acerca de los alcances y efectos del primer precedente de observancia obligatoria, aprobada en el CIX Pleno del Tribunal Registral, mediante Resolución N° 240-2013-SUNARP/PT, publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2013, el cual dispone que “es inscribible la cancelación de la inscripción del derecho de propiedad sobre todo el predio y su consiguiente desinmatriculación por renuncia de su titular, siempre que ello no afecte derecho de terceros.” Es fundamental reflexionar acerca de la importancia de contar con precedentes de observancia obligatoria acordes al derecho actual, no solo para resolver cuestiones prácticas, sino también para contribuir a la mejora del sistema registral. A criterio del autor, el referido precedente de observancia obligatoria resulta impreciso en su contenido, lo que ocasiona que el sistema registral en el Perú sea incierto e impredecible. El autor sugiere su modificación, resaltando la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio admitido en el referido precedente de observancia obligatoria, limitando su aplicación solamente para los casos en los cuales se pretenda el saneamiento del predio a nivel registral por temas de duplicidad de partidas, superposición y rectificación de área.Item Limitaciones, prohibiciones y responsabilidades de la actuación del Registrador Público en el marco de la inhibición registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Reyes Quispe, Gianela del Pilar; Jiménez Murillo, Félix RobertoEl presente trabajo se enfoca en analizar la actuación del Registrador Público frente a los casos de inhibición en sede registral. Para ello, se analiza el procedimiento registral en su conjunto, a partir del cual se derivan las limitaciones, prohibiciones y responsabilidades del Registrador, analizando a la par si existe un procedimiento adecuado que le permita tomar conocimiento de un proceso judicial en trámite, que acción le corresponde luego de ello y cuál es la consecuencia de una no inhibición A partir de las consideraciones anteriores, se evalúa también si es necesario que la inhibición se encuentre regulada en el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos de forma especial y no solo en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ya que actualmente no se cuenta con un procedimiento establecido a seguir por la primera instancia registral frente a un supuesto caso de inhibitoria.