Prevención y Control de la Corrupción
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Item La protección de denunciantes de actos de corrupción en el ámbito administrativo en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Del Águila Báscones, María Ángela; Chanjan Documet, Rafael HernandoLa corrupción es una patología extendida en nuestro país desde hace siglos. De hecho, de acuerdo con las encuestas, el 62% de la ciudadanía considera que el principal problema que enfrenta nuestro país es la corrupción de funcionarios y autoridades. Sin embargo, 9 de cada 10 personas víctimas de corrupción no presentan la denuncia, principalmente debido a que consideran que si denuncian ‘no pasará nada’, ‘no habrá resultados’ o ‘no quieren más problemas’. Esta última respuesta demuestra el sentimiento de desprotección de los ciudadanos, de parte del Estado, ante la denuncia de actos de corrupción y, por ende, que nuestro sistema de denuncias y protección de denunciantes presenta problemas. Si bien el Perú ha adoptado medidas e implementado legislación especial para proteger a los denunciantes y salvaguardar la integridad, es necesario que se hagan esfuerzos adicionales para fortalecer dichas protecciones, aumentar la conciencia y examinar y evaluar sistemáticamente el sistema de denuncias. En ese contexto, el presente trabajo de investigación analiza la protección de denunciantes de actos de corrupción en el ámbito administrativo como herramienta de lucha contra la corrupción y el tratamiento que el Perú le ha dado. Asimismo, a partir de experiencias extranjeras, propone acciones a tomar para fortalecer dicho sistema.Item El Bien Jurídico Protegido en el delito de Tráfico de Influencias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Cotaquispe Temple, Pablo Alonso; Arrieta Caro, José Wilfredo¿Qué es lo que regula el delito de tráfico de influencias? Como es sabido los diferentes delitos que se presentan en el ámbito penal están destinados a proteger bienes jurídicos. Siguiendo esta línea, para poder responder a la interrogante planteada debemos definir cuál es el bien jurídico que se protege en este tipo de delito. Distintos autores han expresado distintas interpretaciones sobre la cuestión planteada, incluso nuestros legisladores al momento de tratar de concretizar la definición de este bien jurídico han generado más dudas que respuestas. Sumado a esto, se presenta otra problemática en este delito que trata sobre si las influencias que el sujeto activo realiza, ya se reales o simuladas, afectan a un solo bien jurídico o si cada una de manera independiente afecta a distintos bienes jurídicos. Bajo este contexto de muchas interrogantes, el presente trabajo de investigación analiza de manera critica los distintos criterios que utilizaron nuestros legisladores para poder determinar el bien jurídico del delito de tráfico de influencias. Asimismo, se realiza un análisis de las distintas posturas esbozadas por los diferentes autores, para así, poder extraer una definición concreta sobre la definición del bien jurídico en el delito de tráfico de influencias. Por último, esta definición ofrecida tiene que englobar los dos tipos de influencias que presenta el tipo penal, es decir, las influencias reales y simuladas.Item La inmunidad parlamentaria como mecanismo de impunidad y riesgos de corrupción en el congreso peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-14) Rosales Zavala, Leonardo Alex; Montoya Vivanco, Yvan FidelEl presente trabajo académico, servirá para determinar como ha venido funcionando la prerrogativa constitucional de inmunidad parlamentaria de los congresistas de la República, cuando éstos cometen delitos comunes; para ello se abordará desde una perspectiva histórica esta institución jurídica, así como también se analizará su tratamiento legal y procedimientos establecidos tanto en la Constitución Política del Perú y en el Reglamento del Congreso de la República, como también se revisará las cifras de cuantas solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria, han sido aprobadas por el Congreso de la República, a fin de determinar si estas instituciones generan o no impunidad para los congresistas y si se han convertido en privilegios personales, que generan riesgos o focos de corrupción dentro del Parlamento Peruano. Por ello, se podrá evidenciar que existen diferentes modelos de cómo se regulan estas instituciones constitucionales en el Derecho Comparado, siendo los más importantes el modelo de control ex post del Congreso, el modelo de control ex ante por parte del Poder Judicial y el modelo abolicionista. Por lo cual, dentro de la presente investigación, se ha concluido que los fundamentos por lo cual nació esta prerrogativa constitucional, ha perdido vigencia con el advenimiento de un Estado constitucional y democrático de derecho, por lo cual el mantenimiento de la misma ya no es necesario ni fundamental, y más bien por el contrario, en la actualidad esto ha provocado un clima de impunidad a favor de los congresistas, una desigualdad ante la ley y ha generado riesgos importantes de corrupción dentro del Parlamento Peruano, en la cual se negocia a través de prebendas políticas o consignas partidarias, el voto a favor o en contra de determinado pedido de levantamiento de inmunidad parlamentaria.Item El delito de enriquecimiento ilícito como actividad criminal previa del delito de lavado de activos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-13) Perca Contreras, Eugenio Fernando; Montoya Vivanco, Yvan FidelNo solamente la Corte Suprema a través de su jurisprudencia, sino también la doctrina nacional, interpretan erróneamente el bien jurídico y el injusto penal contenido en el artículo 401° del CP; esta situación ha llevado no solo a restar suficiencia y aptitud a la pericia que determina el desbalance patrimonial, sino a desnaturalizar el injusto penal contenido en la semántica del delito de enriquecimiento ilícito. Además, la Corte Suprema ha ensayado una misma repuesta respecto a la aptitud del medio de prueba referente a la pericia de desbalance patrimonial, en lo concerniente al delito de lavado de activos, negando que un mismo medio de prueba puede ser visto desde diversos ángulos y no obstante versar sobre un mismo fin -licitud del patrimonio-, los diferentes momentos de la aparición y movimiento del bien, pueden constituir la probanza de diversos tipos penales; esta afirmación, ocurre respecto del delito de enriquecimiento y lavado de activos, pues en determinado momento la situación de la posesión directa o indirecta de un patrimonio que no se justifica en los ingresos legítimos del agente público, puede configurar plenamente el delito de enriquecimiento ilícito, en tanto, el someter posteriormente dichos bienes ilícitos al circuito de la dinámica económica con la finalidad de legitimarlo, constituye en ámbito de reproche del delito de lavado de activos. Esta situación supone entender que el delito contenido en el artículo 401° del CP, es un delito especial de posesión, donde se configura con la sola posesión de un patrimonio que no se corresponde con las fuentes legitimas del agente público, y no se trata de actos de abuso de atribuciones o de acreditación del prevalimiento del cargo que derive luego en el incremento patrimonial; sino que al ser parte de la administración pública durante el ejercicio de la función, tiene el deber de incrementar su patrimonio de manera transparente y proba, mediante fuentes lícitas.