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dc.contributor.advisorJiménez Murillo, Félix Roberto
dc.contributor.authorSimon Romero, Fiorella Alexandra
dc.date.accessioned2022-03-09T14:48:11Z
dc.date.available2022-03-09T14:48:11Z
dc.date.created2020
dc.date.issued2022-03-09
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/21772
dc.description.abstractEl presente informe jurídico se desarrollará tomando como base la Resolución N°104-2014- SUNARP-TR-L en la cual encontraremos que, como problemática principal, se aborda el debate existente acerca de si el Colegio Regional de Licenciados de Administración Lima - CORLAD LIMA cuenta con personalidad jurídica propia y por ende es factible que pueda ser inscrita en una partida registral distinta a aquella en la cual se inscribió el Colegio de Licenciados en Administración o, por el contrario, no es posible que proceda la apertura de una nueva partida registral para Colegio Regional de Licenciados de Administración LimaCORLAD LIMA, debido a que no sería considerado como una persona jurídica independiente sino solo como un órgano administrativo que forma parte de la estructura organizacional del Colegio de Licenciados en Administración Asimismo, se procederá a analizar el criterio que fue empleado por el Registrador al momento de formular la observación del título que contenía la solicitud de inscripción de nuestro caso actual (tacha sustantiva), así también analizaremos el criterio empleado por el Tribunal Registral al momento que efectuó la calificación de la mencionada solicitud de inscripción. Para la realización del mencionado análisis abordaremos las siguientes ramas del derecho: (i) el Derecho Constitucional, (ii) el Derecho Administrativo y (iii) el Derecho Registral; así como el uso de otras herramientas como es el caso de la doctrina, las normas legales pertinentes, con la finalidad de hacer notar las diversas falencias existentes en el criterio utilizado por el Registrador y reforzar nuestra postura adoptada al respecto en el presente informe. Finalmente, haremos un énfasis especial sobre qué es un Colegios Profesional y cuál es su relevancia tomando como punto de referencia, nuestro caso, el Colegio de Licenciados en Administración. Además, buscaremos esclarecer la manera en la que debe ser entendido un órgano administrativo y su diferencia con lo que es un Colegio Regional, en particular, el Colegio Regional de Licenciados de Administración Lima- CORLAD LIMA .es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_ES
dc.subjectDerecho registral--Jurisprudencia--Perúes_ES
dc.subjectPersonas jurídicas--Perúes_ES
dc.subjectColegios profesionales--Perúes_ES
dc.titleColegios Regionales: ¿Órganos directivos de un Colegio Profesional o personas jurídicas independientes?es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameSegunda Especialidad en Derecho Registrales_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho Registrales_ES
renati.advisor.dni06729495
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-9051-1098es_ES
renati.author.dni48280842
renati.discipline422109es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloSegundaEspecialidades_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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