Los obstáculos probatorios en los casos de discriminación en las relaciones de consumo
Abstract
El presente trabajo tiene como objetivo realizar una reflexión sobre cómo evidenciar
cuando un proveedor realizaa actos discriminatorios hacia personas con características
visibles, las cuales vuelven susceptibles a estas personas de sufrir discriminación; sobre
todo cuando estas últimas no tienen pruebas suficientes que lo evidencien.
Si bien el Código de protección y defensa del consumidor establece en el artículo 39 que
el consumidor afectado es quien debe probar el trato desigual, esto no se condice en la
práctica o en la realidad de los hechos, ya que los consumidores no acuden a los
establecimientos con la expectativa de recibir un trato desigual, por lo que no se
encuentran preparados para capturar pruebas en el preciso momento en el cual son
víctimas de este trato.
Ante este tipo de situaciones, en las cuales personas con determinadas características
visibles (discapacidad, raza, orientación sexual, entre otras) señalan haber sido víctimas
de tratos discriminatorios, sin obtener prueba suficiente que lo acredite, lo conveniente
sería que la entidad realice investigaciones e inspecciones de oficio para determinar si los
establecimientos contarían o no con políticas discriminatorias; así como también evitar
que se les sancione por trato ilícito diferenciado (multa menor que discriminación) cuando
el acto fue en sí discriminatorio.
Temas
Protección del consumidor--Legislación--Perú
Discriminación--Legislación--Perú
Prueba (Derecho)
Discriminación--Legislación--Perú
Prueba (Derecho)
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidor