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dc.contributor.advisorVega Franco, Inés
dc.contributor.authorCherres Arrunátegui, Deyna Carolina
dc.date.accessioned2021-05-10T20:17:41Z
dc.date.available2021-05-10T20:17:41Z
dc.date.created2020
dc.date.issued2021-05-10
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/19014
dc.description.abstractMediante Resolución N° 3011-2017/SPC-INDECOPI, el INDECOPI estableció como precedente de observancia obligatoria, respecto a la competencia del mismo en los casos de procedimientos administrativos de oficio en protección al consumidor en materia de servicios financieros, el siguiente criterio: El INDECOPI que no será competente para conocer de oficio las controversias en materia de protección al consumidor en servicios financieros cuando, (i) en primer lugar, la conducta de la entidad supervisada vulnere la normativa de protección al consumidor, y, (ii) en segundo lugar, la conducta se encuentre tipificada en el Reglamento de Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, SBS). El criterio establecido surge en virtud de que, en nuestro país, el sistema de protección al consumidor financiero se encuentra marcado por la intervención de dos autoridades: el INDECOPI y la SBS, lo cual, en algunos casos, crea dificultades al delimitar el ámbito de intervención de parte de dichas autoridades. En el presente artículo, se vio la necesidad de analizar el criterio antes indicado, habiendo determinado que, si bien el mismo representa una propuesta de solución al contexto antes explicado, a través de este, el INDECOPI estaría dejando de ejercer su deber de proteger a los consumidores, toda vez que, si bien bajo nuestro actual régimen de protección al consumidor en servicios financieros da lugar a que una misma conducta sea conocida por dos autoridades distintas – INDECOPI y la SBS –, aquellas actúan con un fundamento distinto. Finalmente, se concluyó que si bien ambas autoridades actúan a fin de tutelar bienes jurídicos distintos, existe una necesidad de replantear el sistema de protección al consumidor financiero, a fin de garantizar una adecuada protección al consumidor.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_ES
dc.subjectProtección del consumidor--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectProcedimiento administrativo--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Perú)es_ES
dc.titleProcedimientos administrativos de protección al consumidor de oficio en materia de servicios financieros en el Perú: Análisis del criterio establecido por el INDECOPI sobre su competencia en la materia mediante Resolución N° 3011-207/SPC-INDECOPIes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameSegunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidores_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho de Protección al Consumidores_ES
renati.advisor.dni42187903
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-5563-3989es_ES
renati.author.dni71814193
renati.discipline421059es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloSegundaEspecialidades_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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