El carácter indemnizatorio de las medidas correctivas ordenadas por el Indecopi en el marco de los procedimientos de protección al consumidor
Abstract
En la última década del siglo XX el Estado pasó de ser uno prestado a ser uno de tipo
subsidiario; generando que su rol sea ahora supervisor y fiscalizador de las actividades
que ahora se habían encomendado al sector privado. Como consecuencia de este
cambio, se crearon organismos reguladores de los servicios públicos y otras entidades
supervisoras de sectores como la regulación del mercado que garantizaran el adecuado
tratamiento técnico de la regulación, fiscalización y resolución de reclamos de los
usuarios. Es así que, con la finalidad de propiciar el buen funcionamiento del mercado
mediante la defensa de los consumidores surgió el Indecopi; para lo cual, se facultó a
dicha entidad para, entre otras cosas, ordenar medidas correctivas a los administrados.
Sin embargo, nos surge la duda de si es correcto que en el marco de un procedimiento
de protección al consumidor el Indecopi ordene como medida correctiva reparadora la
devolución de los costos en los que incurrió el consumidor para reparar las
consecuencias patrimoniales directas e inmediatas ocasionadas por la infracción
cometida; creemos que, en casos como los antes mencionado se generan supuestos
en los que las medidas correctivas se configuran como una indemnización, dándose
escenarios en las que esta entidad sobrepasa sus facultades.
Temas
Perú--Legislación
INDECOPI (Perú)
Protección del consumidor--Legislación--Perú
Indemnización--Legislación--Perú
INDECOPI (Perú)
Protección del consumidor--Legislación--Perú
Indemnización--Legislación--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidor