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dc.contributor.advisorZegarra Valdivia, Diego Hernando
dc.contributor.authorObregón Tinoco, Elizabeth Rosario Sofía
dc.date.accessioned2020-05-27T20:04:43Z
dc.date.available2020-05-27T20:04:43Z
dc.date.created2019
dc.date.issued2020-05-27
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/16298
dc.description.abstractEl presente artículo tiene como objetivo analizar la innegable transgresión del Principio de causalidad en materia de Contrataciones del Estado a partir de la atribución de responsabilidad administrativa a una persona jurídica integrante de Consorcio al encontrarse impedida de ejercer los derechos para participar en procedimientos de selección y para contratar con el Estado por efecto de la extensión de una sanción administrativa que fuera impuesta única y exclusivamente a su co-consorciada vinculada. Esto último como resultado de la individualización de responsabilidad administrativa por la infracción de contratar estando impedido prevista en el literal c) del numeral 50.1. del artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado, configurada por el impedimento para contratar con el Estado del literal s) del artículo 11 de dicha Ley. Para tales efectos, se analizan los cuatro (4) supuestos de excepción a la regla general de responsabilidad solidaria para personas jurídicas que participan en consorcio cuando se le atribuye la comisión de la referida infracción, así como la naturaleza jurídica del impedimento aplicable en el caso particular. Asimismo, en el marco de ese procedimiento administrativo sancionador, se analiza la afectación de los derechos de las personas jurídicas que participan en consorcio en su calidad de administrados. En la misma línea, se analiza los otros principios transgredidos bajo esos parámetros que a su vez rigen y delimitan el ejercicio de la potestad sancionadora del Tribunal de Contrataciones del Estado. Finalmente, se analiza si el OSCE ha desarrollado uniformidad de criterio o predictibilidad a partir del principio de confianza legítima sobre la atribución de responsabilidad para integrantes de Consorcio. En consecuencia, se aprecia la afectación del principio de causalidad y de los otros principios que rigen la potestad sancionadora.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsAtribución 2.5 Perú*
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/2.5/pe/*
dc.subjectPerú--Legislaciónes_ES
dc.subjectDerecho administrativo--Perúes_ES
dc.subjectCausalidad (Derecho)es_ES
dc.subjectResponsabilidad administrativa--Legislación--Perúes_ES
dc.titleLa responsabilidad administrativa de la persona jurídica integrante de Consorcio al encontrarse impedida para contratar por su vinculación con su coconsorciada sancionada administrativamente: ¿Transgresión del Principio de Causalidad?es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameSegunda Especialidad en Derecho Administrativoes_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho Administrativoes_ES
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-8901-1026es_ES
renati.discipline421039es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloSegundaEspecialidades_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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Atribución 2.5 Perú
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