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dc.contributor.advisorZegarra Valdivia, Diego Hernandoes_ES
dc.contributor.authorPereira Noriega, Sonia Angelicaes_ES
dc.date.accessioned2018-03-28T00:19:26Zes_ES
dc.date.available2018-03-28T00:19:26Zes_ES
dc.date.created2017es_ES
dc.date.issued2018es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/11772
dc.description.abstractEl presente trabajo tiene como finalidad analizar el principio de reserva de ley en el régimen administrativo sancionador de los prestadores de servicios turísticos establecido en la Ley N° 28868, Ley que faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por vía reglamentaria en materia de prestación de servicios turísticos y calificación de establecimientos de hospedaje y establece las sanciones aplicables y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2007- MINCETUR. Y es que el régimen sancionador vigente sobre la materia vulnera claramente el principio de reserva de ley, dado que no existe parámetro de delimitación alguno de la conducta infractora en una norma legal. Ante ello, ¿cómo deberían determinarse las conductas infractoras para el caso los prestadores de servicios turísticos en una ley sancionadora que respete el principio de reserva de ley, si se tiene en cuenta que las obligaciones y prohibiciones que pueden constituir infracciones han sido establecidas de forma dispersa en normas reglamentarias que son fácilmente modificables por la administración? Con la finalidad de responder la pregunta, se parte de la hipótesis que, en el caso de los prestadores de servicios turísticos, la tipificación de las conductas infractoras debe necesariamente recurrir a la colaboración reglamentaria, debiendo la Ley establecer únicamente parámetros generales sobre la materia. Para ello, tomando como base el desarrollo del principio de reserva de ley, así como la normativa vigente y los reglamentos derogados, se buscará determinar los preceptos que deben encontrarse contenidos en la ley sancionadora de los referidos prestadores. De esta manera, se realiza un análisis conceptual a una problemática concreta, que es la manera en cómo se ha establecido el régimen sancionador de los prestadores de servicios turísticos en relación con el principio de reserva de ley y, en base a ello, poder establecer una posible propuesta modificatoria que se enmarque dentro de los límites de dicho precepto.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/*
dc.subjectSanciones administrativases_ES
dc.subjectContratoses_ES
dc.subjectTurismoes_ES
dc.titleEl principio de reserva de ley en la tipificación de infracciones administrativas del régimen administrativo sancionador de los prestadores de servicios turísticoses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameSegunda Especialidad en Derecho Administrativoes_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho Administrativoes_ES
renati.discipline421039es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloSegundaEspecialidades_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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