Los entes no personificados: la subjetividad jurídica de los fondos de inversión y su tratamiento en sede registral
Abstract
El presente artículo aborda y desarrolla los principales aspectos jurídicos
relacionados al tratamiento legal de los fondos de inversión, como sujetos de
derecho, en sede registral. En tal sentido, se analizan las características de los
fondos inversión y su naturaleza jurídica a partir de la Ley de Fondos de Inversión
y, de forma específica, la posibilidad de los mismos para ejercer su
representación en sede registral a través de su sociedad administradora. De esta
manera, se demuestra y sostiene que los fondos de inversión ostentan la
naturaleza jurídica de sujetos de derecho y, como tales, por mandato imperativo
de la ley, su representación, en todos los actos jurídicos que celebre,
corresponde ser ejercida por su sociedad administradora, por lo que, para la
acreditación de dicha representación en sede registral, no resulta posible exigir
los mismos requisitos legales que a las personas jurídicas, ni mucho menos
equiparar su naturaleza jurídica.
Temas
Fondos de inversión--Perú
Derecho registral--Legislación--Perú
Personas jurídicas--Legislación--Perú
Derecho registral--Legislación--Perú
Personas jurídicas--Legislación--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho Registral
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