¿Las instalaciones del sistema secundario y/o complementario de Transmisión de energía eléctrica deben ser considerados Servicios Públicos en el Perú?
Abstract
El presente trabajo ha sido realizado en atención a los cambios estructurales que se han
realizado en el subsector de energía eléctrica, el que, al igual que otros sectores de vital
importancia para el desarrollo de la sociedad han sido liberalizados brindando mayor
protagonismo al sector privado, no obstante ello, el Estado se ha reservado la titularidad de
ciertos servicios mediante el correspondiente reconocimiento por medio de ley del congreso,
calificándolos como “Servicio Público”.
Es el caso de las actividades de transmisión y distribución de electricidad, siendo el primero
de ellos el que será analizado en el presente trabajo, en específico el sistema secundario y el
complementario de transmisión de electricidad que, si bien existen líneas de transmisión que
forman parte de dichos sistemas que deben mantener su calificación de servicio público al
tener como finalidad el suministro de energía eléctrica dentro de un área de concesión a
usuarios regulados, se han construido otras que, son materia de estudio, siendo las líneas de
transmisión de dichos sistemas que transportan electricidad directamente a usuarios libres no
siendo su finalidad el desarrollo de la colectividad si no meramente el desarrollo de
actividades netamente privadas.
Considerando la finalidad de suministrar energía a usuarios no regulados, llamados “usuarios
libres” por la normativa, al no cumplir con el elemento fundamental del servicio público, no
deberían ser calificadas de esta manera por el legislador, por lo que debería realizarse una
adaptación normativa respecto a estas líneas de transmisión permitiendo así que los privados
puedan acordar los precios a ser pagados en relación al uso de las líneas de dichos sistemas
de transmisión, corrigiendo así un error conceptual que tiene implicancias en la realidad y
continuando con la liberalización de los sectores en los cuales debe ser promovida la
iniciativa privada.
Temas
Derecho administrativo--Legislación--Perú
Servicios públicos--Legislación--Perú
Empresas eléctricas--Legislación--Perú
Políticas públicas--Perú
Servicios públicos--Legislación--Perú
Empresas eléctricas--Legislación--Perú
Políticas públicas--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho Administrativo
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