La zona de amortiguamiento como objeto de protección del delito de alteración del ambiente o paisaje: análisis del artículo 313° de CP
Abstract
El presente trabajo de investigación busca analizar –a partir de la Casación N.º
74-2014-AMAZONAS– el objeto de protección o bien jurídico protegido del
artículo 313 del Código Penal, siendo la hipótesis del presente trabajo que será
todo a que espacio geográfico regulado a través de la normatividad
administrativo-ambiental cuya modificación –a través de la tala o construcción–
no haya sido autorizada por autoridad competente y en abierta vulneración de
las normas indicadas precedentemente.
En tal sentido, son pasibles de protección tanto las áreas naturales protegidas
como las zonas de amortiguamiento en tanto y en cuanto para su modificación
fuera de los términos del Plan Maestro está sujeto a la emisión de
compatibilidades y –si se afectan bosques– autorizaciones de desbosque,
otorgados por Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas –en el primer caso–
y el Servicio Forestal o la Autoridad Regional Forestal competente –en el
segundo caso–.
Temas
Derecho ambiental--Perú
Delitos contra el medio ambiente--Legislación--Perú
Derecho penal--Perú
Delitos contra el medio ambiente--Legislación--Perú
Derecho penal--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales