Las Naciones Unidas y la represión de la financiación del terrorismo
Abstract
Los horrendos sucesos del 11 de septiembre de 2001 acaecidos en Estados
Unidos, que conmocionaron a la comunidad internacional, y la persistencia de
manifestaciones del terrorismo en diferentes partes del mundo han puesto en evidencia
que la lucha contra este flagelo constituye uno de los principales retos de la comunidad
internacional y que demanda su atención prioritaria.
El terrorismo constituye una grave conducta delictiva que no conoce fronteras, el
accionar de las organizaciones y redes terroristas no está circunscrito a determinados
países o regiones y sus perniciosos efectos llegan a todos los rincones del planeta, lo cual
vuelve indispensable la cooperación internacional y acción concertada de los Estados
para combatirlo y erradicarlo, cooperación que requiere de instrumentos jurídicos para
materializarse plenamente.
La Organización de las Naciones Unidas ha venido tratando el tema del
terrorismo desde principios de los años 70, como órgano universal competente para
hacerlo, y ha generado una serie de convenios y resoluciones encaminados a fortalecer el
régimen jurídico para eliminar el terrorismo. Sin embargo, el tratamiento de este tema no
ha sido ajeno a diferencias de enfoque y aproximación por parte de los países miembros,
que responden a situaciones existentes en el contexto internacional y a los intereses
involucrados.
Dando un paso muy importante en sus esfuerzos contra el terrorismo
internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, el 9 de diciembre de
1999, el último de los convenios antiterroristas adoptados durante las tres pasadas
décadas, el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo.
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Para optar el título de
Magíster en Derecho Internacional Económico