Calificación del ejecutor consciente en los supuestos de autoría mediata : contribución en el establecimiento de criterios de autoría y participación en el ámbito judicial peruano
Abstract
La autoría mediata es aquella forma de autoría que ha permitido sancionar al
verdadero responsable de un hecho delictivo en los casos en que, sin participar
directamente en la ejecución del delito, era él quien dirigía el suceso, sólo que se servía de
otras personas para lograr su objetivo. Al ser la mente criminal y el director del plan
delictivo, la doctrina y jurisprudencia lo considera autor del delito, atribuyéndole en dicha
calidad responsabilidad penal.
Así, en casos en los que, por ejemplo, el sujeto A secuestraba a la hija del sujeto B
amenazándolo con matarla si éste no robaba un banco y le entrega todo el botín, en caso
de realizar B lo que le era exigido por A para salvar a su hija, era evidente que por más que
no haya sido A quien robara el banco directamente, sería considerado autor del delito
(aunque haciéndose hincapié en el hecho de haberse servido de un tercero para
cometerlo).
La utilidad de esta forma de autoría para sancionar al verdadero responsable del delito ha
sido objeto de estudio tanto por la doctrina, cuanto por la jurisprudencia nacional y
extranjera; sin embargo aún existen algunos aspectos que aún no han sido desarrollados a
fondo y que no permiten dar una adecuada solución a ciertos casos concretos.
Así, se tiene el caso en el cual, durante la comisión de un delito por medio de una autoría
mediata, el sujeto que es utilizado para cometerlo logra salir del control del autor
mediato, pudiendo actuar nuevamente con plena libertad, y decidiendo, a pesar de ello,
continuar con el plan querido por el autor mediato, cometiéndose el delito tal y como él lo
había pensado.
Temas
Autoría penal
Imputabilidad
Imputabilidad
Para optar el título de
Abogado