dc.contributor.advisor | Cornejo Vargas, Carlos Alberto | |
dc.contributor.author | Rivadeneyra Guzmán, Sissy Emperatriz | es_ES |
dc.date.accessioned | 2015-07-08T18:44:04Z | es_ES |
dc.date.available | 2015-07-08T18:44:04Z | es_ES |
dc.date.created | 2015 | es_ES |
dc.date.issued | 2015-07-08 | es_ES |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.12404/6132 | |
dc.description.abstract | La jornada acumulativa, ha sido reconocida genéricamente en el Convenio N° 1 de la
Organización Internacional de Trabajo (en adelante OIT), emitido en 1919, cuando se
refiere al trabajo por equipos. En el Perú, tiene regulación expresa a partir de la
Constitución de 1993, en la cual se reconoce la facultad de aplicar la jornada acumulativa
o atípica, siempre que se respete la jornada máxima de 8 horas diarias ó 48 horas
semanales, sin embargo, ni en la Constitución ni en la normativa de inferior jerarquía se
realizó un mayor desarrollo, que determinara cuales son los límites de su aplicación.
Esta falta de regulación, generó que se afectaran algunos derechos de los trabajadores
que cumplían este tipo de jornada, quienes acudieron al Tribunal Constitucional, vía
acción de amparo, para requerir la protección de sus derechos fundamentales laborales.
Este Tribunal, si bien se pronunció sobre la afectación de los referidos derechos, lo hizo
desde el punto de vista de las condiciones en que realizan sus labores los trabajadores
mineros, sin adoptar un posición concreta respecto a las consecuencias que genera el
aplicar la jornada acumulativa sin límites, específicamente en cuanto a la jornada diaria, a
la jornada extraordinaria y al régimen o período de trabajo.
No existe una normativa adecuada o una posición jurisprudencial clara y genérica, que
permita definir los límites concretos de la aplicación de la jornada acumulativa, dando
lugar a que un trabajador pueda realizar una jornada laboral diaria de hasta 12 horas.
Esto, unido a que la legislación no establece un límite cuantitativo para las horas extras y
que no existe un límite al régimen o período acumulativo (días de trabajo y descanso),
genera la posibilidad de afectar no sólo los derechos fundamentales como el derecho a la
salud, al descanso y al tiempo libre del trabajador sino también su dignidad como
persona, al no permitirle que goce de un “trabajo decente” conforme lo establece la OIT. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú | es_ES |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/ | * |
dc.subject | Derecho laboral--Perú | es_ES |
dc.subject | Satisfacción en el trabajo--Perú | es_ES |
dc.subject | Trabajadores--Derechos | es_ES |
dc.title | Trabajo decente como límite a las jornadas acumulativas | es_ES |
dc.type | info:eu-repo/semantics/masterThesis | es_ES |
thesis.degree.name | Magíster en Derecho de la Empresa | es_ES |
thesis.degree.level | Maestría | es_ES |
thesis.degree.grantor | Pontificia Universidad Católica del Perú. Escuela de Posgrado | es_ES |
thesis.degree.discipline | Derecho de la Empresa | es_ES |
renati.discipline | 422317 | es_ES |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#maestro | es_ES |
renati.type | http://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis | es_ES |
dc.publisher.country | PE | es_ES |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | es_ES |