Análisis de las principales prohibiciones absolutas en el registro marcario: los signos genéricos, descriptivos y usuales
Abstract
En el ordenamiento peruano rige el sistema constitutivo de derechos en materia de
propiedad industrial. Es decir, el derecho de una persona sobre un signo distintivo
(más específicamente, sobre una marca) nace con el registro de la misma.
La autoridad administrativa encargada de efectuar dicho registro tiene la obligación
de analizar que el signo presentado cumpla con los requisitos de forma y de fondo
contemplados en la normativa nacional y comunitaria. Entre los requisitos de fondo
tenemos que el signo debe cumplir, esencialmente, con poseer una aptitud
distintiva
Temas
Marcas de fábrica--Legislación--Perú
Marcas de fábrica--Jurisprudencia
Marcas de fábrica--Jurisprudencia
Para optar el título de
Abogado