Informe jurídico sobre la resolución N° 1613- 2020-SUNARP-TR-L
Abstract
El trabajo jurídico permite realizar una breve reflexión y análisis a los argumentos
jurídicos expuestos por el Tribunal Registral, mediante la Resolución N° 1623-
2020-SUNARP-TR, en la cual se decide revocar la observación formulada por el
Registrador Público del Registro de Predios de Huánuco y, por ende, disponer la
tacha sustantiva al título. Esto, debido a que no se había establecido el valor real
del inmueble.
Así, pues, es intención de la autora demostrar que la falta de consignación del
valor real en el contrato de donación no constituye un requisito de validez y, por
tanto, ser sancionado con nulidad ni mucho menos ser tachado, por cuanto,
como demostraremos, el mismo es pasible de ser corregido mediante un
documento posterior.
Finalmente, realizare una propuesta a fin de que los usuarios no se perjudiquen
en cuanto al acceso al registro, bajo interpretaciones erróneas de la normativa y
sin tener en cuenta los métodos de interpretación. The legal work allows for a brief reflection and analysis of the legal arguments
presented by the Registry Court, through Resolution No. 1623-2020-SUNARPTR,
in which it is decided to revoke the observation made by the Public Registrar
of the Property Registry of Huánuco and, therefore, provide for the substantive
deletion of the title. This, because the real value of the property had not been
established.
Temas
Derecho registral--Jurisprudencia--Perú
Mutuo (Contratos)
Donaciones--Jurisprudencia--Perú
Contratos comerciales--Legislación--Perú
Mutuo (Contratos)
Donaciones--Jurisprudencia--Perú
Contratos comerciales--Legislación--Perú
Para optar el título de
Abogado
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