Informe Jurídico sobre la Resolución 3450-2023-SUNARPTR
Abstract
El presente trabajo de investigación se sustenta en la Resolución Nº 3450-2023-
SUNARP-TR el cual sirvió como discusión en el CCLXXXI Pleno Registral, por el cual
se dictaminó la transferencia de los aires reservados en la partida matriz sin su previa
independización, quedando aprobado como Precedente de Observancia Obligatoria.
A lo largo de la investigación sustentaremos que dicha decisión del Tribunal Registral
es insuficiente, e inadecuado a nivel registral, puesto que si bien estamos de acuerdo
que los aires no tienen la obligación legal de independizarse para su transferencia, en
base al sistema declarativo de los bienes inmuebles, consideramos que las razones
para llegar a dicha conclusión es insuficiente en tanto el Tribunal se basa solamente en
la Directiva de SUNARP sobre el Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común,
y en el Reglamento de Inscripciones de Registro de Predios.
Asimismo, si bien sostenemos que los aires pueden no ser independizados ante su
transferencia, ello cambia en el régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común,
en tanto los aires se computan como zonas comunes siendo necesaria su
independización para no colindar y generar confusiones con los bienes comunes
inscritos en la partida matriz. Siendo por tanto, exigible su independización en el régimen
anteriormente mencionado. The present research work is based on Resolution 3450-2023-SUNARP-TR which
served as a discussion in the CCLXXXI Full Registry, which ruled the transfer of reserved
airs in the heading matrix without its previous independence, being approved as a
Mandatory Observance Precedent.
Throughout the investigation we will maintain that this decision of the Registry Court is
insufficient, and inadequate at the registry level, since although we agree that the airs do
not have the legal obligation to become independent for their transfer, on the basis of
the real estate declaratory system, we consider that the reasons for reaching such a
conclusion are insufficient, since the Court is based solely on the SUNARP Directive on
the Exclusive Property and Common Property Regime, and the Rules of Registration of
Premises.
Likewise, although we maintain that airs may not be independent before their transfer,
this changes in the regime of Exclusive Property and Common Property, while the airs
are computed as common areas being necessary their independence to avoid colliding
and generate confusion with the common goods registered in the matrix item. Its
independence under the above-mentioned regime is therefore required.
Temas
Derecho registral--Jurisprudencia--Perú
Propiedad inmueble--Jurisprudencia--Perú
Registro de la propiedad--Jurisprudencia--Perú
Propiedad horizontal--Jurisprudencia--Perú
Propiedad inmueble--Jurisprudencia--Perú
Registro de la propiedad--Jurisprudencia--Perú
Propiedad horizontal--Jurisprudencia--Perú
Para optar el título de
Abogado
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