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dc.contributor.advisorVega Franco, Inés
dc.contributor.authorCastellanos Cabrera, Diego Eduardo
dc.date.accessioned2021-08-17T22:34:23Z
dc.date.available2021-08-17T22:34:23Z
dc.date.created2021
dc.date.issued2021-08-17
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/20034
dc.description.abstractEl presente procedimiento sancionador se origina a partir de las acciones de fiscalización de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del INDECOPI. Así como resultado de dichas acciones en febrero del año 2019 se notificó al Banco Falabella el inicio de este procedimiento sancionador por la imputación de los siguientes cargos: 1. Infracción al literal c) del artículo 47° del Código por haber establecido un procedimiento de desafiliación del producto activo Tarjeta de Crédito que no cuenta con los mismos mecanismos ofrecidos a los consumidores para su contratación. La contratación de las tarjetas se podía realizar de manera personal, telefónica e internet, pero la desvinculación solo se puede hacer por vía telefónica. 2. Infracción al artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que, habría atendido las solicitudes de cancelación de tarjeta de crédito realizadas por sus consumidores fuera del plazo respectivo (10 días). 3. Infracción al artículo 38° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que, habría realizado un trato desigual injustificado al haber establecido restricciones de edad a los consumidores para acceder a sus productos financieros (edades mínimas desde los 18 a 26 años; y máxima desde los 67 hasta los 80 años). Así, a partir del análisis realizado por la Sala de Protección del Consumidor, en el presente informe se abordarán los siguientes aspectos jurídicos: 1. Delimitación de competencias de INDECOPI y la SBS. 2. La aplicación de la eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria previa a la imputación de cargos. 3. El principio de irretroactividad normativa. 4. El cambio de criterio de Sala de Protección al consumidor respecto al contenido del artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidores_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/2.5/pe/*
dc.subjectProcedimiento administrativo--Perúes_ES
dc.subjectSanciones administrativas--Perúes_ES
dc.subjectProtección del consumidor--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectBancos--Legislación--Perú--Infraccioneses_ES
dc.titleInforme sobre Resolución N° 1453-2020/SPC-INDECOPIes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.es_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
renati.advisor.dni42187903
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-5563-3989es_ES
renati.author.dni45961740
renati.discipline215106es_ES
renati.jurorAyllón Valdivia, Césares_ES
renati.jurorGonzales Cucho, Josées_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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