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dc.contributor.advisorCairampoma Arroyo, Vicente Alberto
dc.contributor.authorSáenz Delgado, Alfredo David
dc.date.accessioned2021-05-11T01:11:27Z
dc.date.available2021-05-11T01:11:27Z
dc.date.created2020
dc.date.issued2021-05-10
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/19026
dc.description.abstractEl presente trabajo aborda la problemática existente en el Perú que surgió a partir de febrero de 1995, en que el Convenio N° 169 se incorporó a su legislación. Ello, por cuanto numerosos proyectos hidrocarburíferos fueron adjudicados desde dicha fecha hasta mediados de 2011, en que el Estado peruano promulgó la primera norma relacionada con la implementación del derecho a la consulta previa, habiendo transcurrido un extenso periodo de dieciséis (16) años, al que hemos denominado “gris”, dentro del cual, la aplicación de la consulta previa en dichos proyectos permaneció en un estado de incertidumbre. Así, para resolver dicha incertidumbre, armonizando el derecho a la consulta con la seguridad jurídica de la que gozan los proyectos adjudicados en el “periodo gris”, hemos partido del estudio de los fundamentos conceptuales y antecedentes históricos relevantes del Derecho a la Consulta Previa y de la manera en que éste se insertó en el ordenamiento peruano, en el marco de una economía de mercado, sustentada en los enormes réditos de la industria extractiva. Asimismo, elaboramos los criterios para evaluar el cumplimiento del Convenio 169 en el “periodo gris” y de qué forma se debe entender el principio de flexibilidad. Para ello, hemos efectuado un estudio exhaustivo de la jurisprudencia nacional, doctrina doméstica, la legislación peruana y la jurisprudencia internacional, que nos permitió entender la insuficiencia de desarrollo a nivel local y, por tanto, la necesidad de acudir a los criterios de jurisprudencia internacional para desarrollar la propuesta de adecuación que presentamos, respecto de las actividades efectuadas en el “periodo gris”. En ese sentido, formulamos un procedimiento riguroso, en virtud del cual se podrá identificar qué proyectos se encuentran afectados por la incertidumbre del “periodo gris”, y así proceder con la validación y adecuación de los mismos bajo el Convenio 169.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_ES
dc.subjectHidrocarburos--Explotación--Perúes_ES
dc.subjectPueblos indígenas--Condición jurídica, leyes, etc.--Perúes_ES
dc.subjectPueblos indígenas--Derechos civiles--Perúes_ES
dc.subjectPerú--Legislaciónes_ES
dc.subjectHidrocarburos--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectOrganismos internacionaleses_ES
dc.titleImplementación del proceso de consulta previa para los contratos de licencia de hidrocarburos firmados después de la entrada en vigencia del convenio 169 de la OIT en el ordenamiento jurídico peruano y antes de la promulgación de la legislación nacional sobre consulta previa en el Perúes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_ES
thesis.degree.nameMagíster en Derecho de la Empresaes_ES
thesis.degree.levelMaestríaes_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Escuela de Posgrado.es_ES
thesis.degree.disciplineDerecho de la Empresaes_ES
renati.advisor.dni40139896
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-9706-4910es_ES
renati.author.dni41796931
renati.discipline422317es_ES
renati.jurorTabra Ochoa, Edison Paul
renati.jurorCairampoma Arroyo, Vicente Alberto
renati.jurorDebenedetti Lujan, Bruno Edoardo
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeInvestigaciones_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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