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dc.contributor.advisorVillagra Cayamana, Renée Antonieta
dc.contributor.authorPablo Rocano, Roberto
dc.date.accessioned2020-08-31T21:06:33Z
dc.date.available2020-08-31T21:06:33Z
dc.date.created2019
dc.date.issued2020-08-31
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/16897
dc.description.abstractLa depreciación mantiene un tratamiento diferenciado desde el punto de vista contable (financiero) y desde el punto de vista tributario. Contablemente, las compañías que adopten las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) pueden establecer el valor de sus activos fijos a partir de su costo histórico (valor de adquisición arrastrado a la fecha) o a partir de una estimación denominada valor razonable; sin embargo, tributariamente, la depreciación debe aplicarse a partir del valor de ingreso al patrimonio (costo histórico). La problemática se genera cuando las compañías adoptan el valor razonable de sus activos fijos para efectos financieros (NIIF) y éstos difieren en un mayor o menor monto respecto al costo histórico, generando una base de cálculo distinta para efectos de determinar la depreciación contable y tributaria. Esta situación ha resaltado aún más con la emisión por parte de la Administración Tributaria del Informe Nº 025-2014-SUNAT/4B0000 de 28 de febrero de 2014, en el que señala que en caso el valor razonable de los activos fijos sea inferior al costo histórico, la diferencia no podría depreciarse y tampoco podría utilizarse como gasto (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Intendencia Nacional Jurídico, 2014, pp. 2-4). Ante este escenario las compañías han desarrollado tres posibilidades de tratamiento: i) aplicar la depreciación utilizando como base de cálculo el valor razonable (menor al costo histórico), ii) aplicar la depreciación utilizando el valor razonable (menor al costo histórico), pero difiriendo el monto no depreciado (costo histórico menos valor razonable) al final de la vida útil para tomar el gasto en esa oportunidad, iii) aplicar la depreciación a partir del costo histórico (mayor al valor razonable). En el presente trabajo se realizará un análisis de la situación desde un enfoque contable y desde la perspectiva tributaria, apoyándonos en la normativa, jurisprudencia y doctrina, a fin de identificar la mejor alternativa.es_ES
dc.description.uriTrabajo de investigaciónes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/*
dc.subjectDepreciaciónes_ES
dc.subjectContabilidad--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectDerecho tributario--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectNorma jurídicaes_ES
dc.subjectContabilidad--Normases_ES
dc.titleTratamiento tributario de la depreciación de los activos fijos (maquinarias y equipos) que han sido valorizados en aplicación de las NIIF bajo el criterio del "valor razonable"es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_ES
thesis.degree.nameMagíster en Derecho de la Empresaes_ES
thesis.degree.levelMaestríaes_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Escuela de Posgradoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho de la Empresaes_ES
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-4054-8113es_ES
renati.discipline422317es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeInvestigaciones_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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