dc.contributor.advisor | Pariona Arana, Raúl Belealdo | |
dc.contributor.author | Placencia Rubiños, Liliana | es_ES |
dc.date.accessioned | 2012-11-13T19:39:06Z | es_ES |
dc.date.available | 2012-11-13T19:39:06Z | es_ES |
dc.date.created | 2012 | es_ES |
dc.date.issued | 2012-11-13 | es_ES |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.12404/1597 | |
dc.description.abstract | La procedencia de la acción de garantía constitucional, hoy calificada de
proceso constitucional de hábeas corpus, constituye un tema clave del Derecho
contemporáneo. Sin embargo, el hábeas corpus durante la fase de la
investigación preliminar del proceso penal peruano es uno de los problemas
más acuciantes en la práctica constitucional penal de nuestros días. La
procedencia o improcedencia del hábeas corpus contra actos de investigación
preliminar es una cuestión no sólo importante para los derechos subjetivos de
las personas sino también para el propio sistema jurídico. Esto por cuanto que,
al afirmar derechos objetivos y valores, se apuesta por la consolidación del
Estado Constitucional de Derecho.
Actualmente asistimos a la vigencia de dos sistemas procesales penales. El
nuevo sistema procesal penal, de corte acusatorio, se sustenta en la clara
diferenciación de los roles de las partes y del juzgador. El Fiscal acusará, la
defensa rechazará dicha acusación, y el Juez actuará en calidad de tercero o
árbitro del conflicto penal. El antiguo sistema procesal penal, sobre la base del
Código de Procedimientos Penales de 1940 –de clara inspiración inquisitiva–,
y normas modificatorias de corte acusatorio, han generado un sistema procesal
penal mixto.
La etapa de la investigación preliminar en este sistema mixto está a cargo del
Fiscal, según el diseño constitucional de la Carta Política de 1993. El Juez
carece de control jurisdiccional de los actos de investigación directos, mas
interviene cuando se trata de actos de investigación indirectos, a petición del
fiscal. En buena cuenta, en la investigación preliminar del antiguo sistema
procesal penal, no se configura control jurisdiccional de todos los actos de
investigación preliminar, sino de actuaciones en estricto excepcionales. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú | es_ES |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/ | * |
dc.subject | Hábeas corpus--Perú | es_ES |
dc.subject | Habeas corpus--Jurisprudencia--Perú | es_ES |
dc.subject | Procedimiento penal--Perú. | es_ES |
dc.subject | Tribunales Constitucionales--Jurisprudencia--Perú. | es_ES |
dc.title | El hábeas corpus contra actos de investigación preliminar | es_ES |
dc.type | info:eu-repo/semantics/masterThesis | es_ES |
thesis.degree.name | Magíster en Derecho Penal | es_ES |
thesis.degree.level | Maestría | es_ES |
thesis.degree.grantor | Pontificia Universidad Católica del Perú. Escuela de Posgrado | es_ES |
thesis.degree.discipline | Derecho Penal | es_ES |
renati.discipline | 421357 | es_ES |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#maestro | es_ES |
renati.type | http://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis | es_ES |
dc.publisher.country | PE | es_ES |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 | es_ES |