Informe jurídico sobre la Resolución 3113-2023/SPC-INDECOPI - Nakasone v. Interbank
Abstract
El presente informe jurídico analiza la interpretación de la Sala Especializada de
Protección al Consumidor sobre el cumplimiento del deber de idoneidad por parte
de una entidad bancaria en relación con las medidas de seguridad para autorizar
operaciones de disposición de efectivo con tarjetas de crédito y propone una
alternativa de análisis para resolver este tipo de denuncias por apropiación o
retención de dinero en operaciones no reconocidas. A partir de la Resolución
3113-2023/SPC-INDECOPI, tenemos por objetivo reconocer el alcance del
deber de idoneidad que la entidad bancaria debe cumplir en el tratamiento de
operaciones de disposición de efectivo realizadas a través de una tarjeta de
crédito, así como identificar cuándo ocurre una infracción a dicho deber de
idoneidad.
La problemática resulta relevante pues permite determinar si el enfoque en la
decision del órgano resolutivo de INDECOPI es apropiado en casos de
cuestionamiento sobre operaciones no reconocidas. En otras palabras, se
evalúa si los fundamentos de la decisión incluyeron el cumplimiento del deber de
idoneidad y las obligaciones del banco en relación con las medidas de seguridad
establecidas en la garantía legal y expresa. Además, se formula una modificación
en la normativa orientada a mejorar el tratamiento actual de estas operaciones.
Temas
Protección del consumidor--Jurisprudencia--Perú
Responsabilidad contractual--Jurisprudencia--Perú
Tarjetas de crédito
Responsabilidad contractual--Jurisprudencia--Perú
Tarjetas de crédito
Para optar el título de
Abogado
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