Informe sobre Resolución N°. 1124-2023-SUNAFIL/TFLPrimera Sala
Abstract
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 1124-2023-SUNAFIL/TFLPrimera
Sala, que versa sobre el análisis respecto a la responsabilidad del
empleador sobre un accidente de trabajo sufrido por su trabajador a
consecuencia de un robo, mientras este desempeñaba sus funciones. Respecto
al incumplimiento imputado, el Tribunal de Fiscalización Laboral concluye que no
se acredita el supuesto de hecho del numeral 28.10 del artículo 28 del
Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, toda vez que no existe
nexo causal entre el incumplimiento a la normativa en seguridad y salud en el
trabajo (falta de identificación del peligro social de robo en la Matriz de
Identificación de Peligros y la Evaluación de Riesgos y Controles) y el accidente
de trabajo. Sin perjuicio de ello, el presente informe jurídico determina la
inexistencia del nexo causal por motivos diferentes a los desarrollados por el
Tribunal de Fiscalización Laboral, toda vez que no la identificación de un peligro
no es suficiente para prevenir un accidente de trabajo. Asimismo, se determina
que los peligros sociales derivados de actos de violencia, como robo o hurto,
pueden ser incorporados dentro del manto de protección de los riesgos
psicosociales o, en su defecto, ser atendidos por el deber de prevención. This legal report analyzes Resolution No. 1124-2023-SUNAFIL/TFL-Primera
Sala, which deals with the analysis about the employer’s responsibility for a work
accident suffered by its employee as a result of a theft, while he was carrying out
his duties and functions. Regarding the alleged non-compliance, the Tribunal de
Fiscalización Laboral concludes that the conditions of numeral 28.10 of article 28
of the RLGIT are not met, since there is no causal link between the noncompliance
with the regulations in safety and health at work (lack of identification
of the social danger of theft in the Hazard Identification Matrix and the
Assessment of Risk and Controls) and the work accident. Without prejudice of
this, this legal report determines the non-existence of the casual link for different
reasons than those developed by the Tribunal de Fiscalización Laboral, since the
identification of a danger is not sufficient to prevent a work accident. Likewise, it's
determined that social dangers derived from acts of violence, such as robbery,
can be incorporated within the protection mantle of psychosocial risks or,
alternatively, addressed through the duty of prevention.
Temas
Derecho laboral--Perú
Seguridad industrial--Legislación--Perú
Accidentes de trabajo--Perú
Seguridad industrial--Legislación--Perú
Accidentes de trabajo--Perú
Para optar el título de
Abogado
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