Búsqueda de un modelo sistemático y equilibrado del ordenamiento territorial en el Perú: a propósito del caso Ley 30230 “Paquetazo Ambiental”
Abstract
La formación del ordenamiento territorial, como construcción social, es consustancial a la
evolución del hombre. A diferencia del ordenamiento territorial europeo como función pública
después de la Segunda Guerra Mundial, en la región latinoamericana se comienza a enmarcar
a finales de siglo XX en búsqueda de modelos sostenibles.
En ese contexto, el modelo peruano sufre un proceso de desintegración normativa ante la
ausencia de una ley general de ordenamiento territorial y agraviado por la imprecisa
conceptualización adoptada por la Ley N.º 30230 del año 2014, el cual limitó el Ordenamiento
Territorial (OT) y la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) en aras de dinamizar las
inversiones, adoptando así un modelo en extremo estricto en comparación a otros modelos de
otros países.
Cabe preguntarse, ¿es posible un modelo sistemático y equilibrado de ordenamiento territorial?
Esta pregunta toma mayor fuerza tras la Sentencia del Pleno expedida sobre las demandas de
inconstitucionalidad interpuestas en los Exp. N.° 0003-2015-PI/TC y 0012-2015-PI/TC
(acumulados) por el Gobierno Regional de San Martín y más de 5000 ciudadanos a diversos
artículos de la Ley N.° 30230, o conocido públicamente como el “paquetazo ambiental”.
En ese sentido, el informe se divide en tres capítulos. El primer capítulo apuntará a las bases
preliminares del ordenamiento territorial y el modelo adoptado por la Ley N.° 30230 desde un
método comparativo, dogmático y de antecedentes normativos del ordenamiento territorial para
evaluar la funcionalidad e intención del legislador de OT. Concretamente, en el segundo
capítulo, se describirá los aspectos principales del caso para determinar y analizar los
principales problemas jurídicos del artículo 22 del Caso Ley N.º 30230: (1) El ordenamiento
territorial es orientador o decisorio; (2) la relación del ordenamiento territorial y el
aprovechamiento de los recursos naturales; (3) la competencia para la aprobación de la política
nacional del ordenamiento territorial; (4) la competencia para la conducción de los procesos de
ordenamiento territorial en un gobierno unitario y descentralizado. Finalmente, en el tercer
capítulo, se formulará propuestas y recomendaciones en base a los impactos de la sentencia
hacia una ley general del ordenamiento territorial bajo un enfoque sistemático y equilibrado.
Temas
Ordenamiento territorial--Perú
Descentralización--Perú
Derecho comparado
Derecho ambiental
Descentralización--Perú
Derecho comparado
Derecho ambiental
Para optar el título de
Abogado
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