Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 0030-2005-PI/TC
Abstract
En el marco del caso de la “barrera electoral” (un tema de derecho electoral) el
presente trabajo tiene los siguientes principales objetivos:
1) analizar cuál ha sido el razonamiento del Tribunal Constitucional por el que
llega a la conclusión que la barrera electoral establecida por la Ley N° 28617, no
es inconstitucional;
2) precisar los conceptos que maneja el Tribunal Constitucional sobre un cierto
número de instituciones jurídicas centrales (necesarios para la resolución de este
tipo de casos), como son, inter alia: el principio democrático, el principio de
soberanía popular, la democracia representativa, el sistema de representación
proporcional, y el derecho fundamental a la participación política;
3) demostrar que el Tribunal Constitucional estaría manejando conceptos
restrictivos sobre estas materias constitucionalmente relevantes debido, en parte,
a una singular concepción que ha desarrollado sobre el principio de soberanía
popular, que no corresponde a la significación usualmente atribuida a este
principio, también establecido por la Constitución, de la que se aparta; y
4) determinar que, bajo una redefinición de conceptos, en particular, tomando en
cuenta la concepción más amplia, y generalmente aceptada, del derecho
fundamental a la participación política, la barrera electoral de 5%, sí sería
inconstitucional.
Temas
Derecho electoral--Jurisprudencia--Perú
Tribunal Constitucional--Jurisprudencia--Perú
Tribunal Constitucional--Jurisprudencia--Perú
Para optar el título de
Abogado
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