Independización de aires sobre aires: Análisis de la Resolución N° 200- 2020-SUNARP-TR-T
Abstract
El presente trabajo versa respecto al análisis de las implicancias tanto jurídicas como prácticas del acuerdo adoptado en el Pleno CCXLIII, según el cual sí procedería la independización de aires sobre aires siempre que se hayan asignado porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras y se presente un plano de las áreas y su altura. Es preciso un análisis respecto al mencionado acuerdo, pero también en relación a un acuerdo adoptado en el Pleno CXLIX, según el cual, el Tribunal considera que, según la legislación peruana, aires y azotea son conceptos equivalentes.
En ese sentido, el análisis de las premisas anteriormente expuestas, se realizan en función a la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T, en donde lo que se solicita la inscripción de la independización de 3 secciones proyectadas sobre encima de la azotea que, a entender del Tribunal Registral, sería los aires de la edificación. Al finalizar el presente trabajo, se expondrá la situación jurídica incierta y la falta de garantías que genera la nueva figura registral instaurada a través del mencionado acuerdo de independización de aires sobre aires, ya que se estaría generando un nuevo bien sobre el cual se estaría con la posibilidad de ejercer derechos, situación que no encuentra asidero de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico
Temas
Registro de la propiedad--Perú
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Perú)
Sistema Nacional de los Registros Públicos (Perú)
Derecho registral--Legislación--Perú
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Perú)
Sistema Nacional de los Registros Públicos (Perú)
Derecho registral--Legislación--Perú
Para optar el título de
Abogado
Collections
The following license files are associated with this item: