Moscol Salinas, Alejandro MartínGuevara Chumpitaz, Gloria Ximena Coraly2020-06-012020-06-0120192020-06-01http://hdl.handle.net/20.500.12404/16344En el Perú se reconoce a la “colaboración reglamentaria” como una práctica común en los organismos reguladores de servicios públicos, dentro del marco de la potestad sancionadora que ostentan para sus respectivas competencias. Así, en la actualidad, estas entidades se sirven de resoluciones del Consejo Directivo para detallar las obligaciones impuestas a los particulares, acompañado de un catálogo de infracciones y sanciones; por ende, estamos ante un vehículo normativo importante que permite la creación, modificación y eliminación de conductas sancionables en materia administrativa. Ahora bien, esta trabajo pretende analizar los riesgos a los que se expone la administración, así como los administrados, cuando la delegación de facultad para normar de estos organismos reguladores en el marco de su potestad sancionadora administrativa, tiene como sustento únicamente el ámbito de sus competencias y reglas generales de técnica legislativa. Para ello, se analiza brevemente la necesidad de observar el cumplimiento de lo establecido en el principio de legalidad como límite a esta potestad sancionadora de tipificación de infracciones, seguido por su vinculación con otros principios que devienen de éste, como son la reserva de ley y tipicidad. Finalmente, a manera de ejemplificar lo expuesto, nos serviremos de la experiencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).spainfo:eu-repo/semantics/closedAccessDerecho administrativo--PerúSanciones administrativas--PerúProcedimiento administrativo--PerúLa función normativa en los organismos reguladores de servicios públicos: tipificación de infracciones a través de la colaboración reglamentaria en el sector de las telecomunicacionesinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01