Reyes Tagle, Yovana JanetVargas Huamaní, Socorro Cristina2019-07-042019-07-0420192019-07-04http://hdl.handle.net/20.500.12404/14524Esta tesis busca analizar cómo los reglamentos técnicos, aprobados y aplicados por los Países Miembros de la Comunidad Andina (CAN), pueden ser considerados como restricciones al comercio incompatibles con el principio de libre circulación de mercancías consagrado en el artículo 72 del Acuerdo de Cartagena. Esta investigación busca responder a la siguiente pregunta: ¿Por qué los reglamentos técnicos pueden ser considerados como restricciones al comercio incompatibles con los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena? La tesis busca analizar de qué manera la aplicación de los criterios que la Secretaría General y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) han desarrollado a través de sus pronunciamientos resulta esencial para que una medida adoptada por un País Miembro de la CAN no constituya una infracción de los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena. La tesis plantea y busca demostrar que los reglamentos técnicos aplicados de manera injustificada y desproporcional constituyen una restricción al comercio, y por lo tanto, dichas medidas contravienen el artículo 72 del Acuerdo de Cartagena. En esta investigación se revisa la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de Unión Europea (TJUE) desarrollada a través de la fórmula Dassonville. La revisión de esta jurisprudencia desarrollada por el TJUE se ha realizado debido a que la Secretaría General y el TJCA han interpretado ampliamente el concepto de restricciones de todo orden contenido en los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena. Esta interpretación ha sido desarrollada a fin de incluir cualquier medida que tenga el efecto o el objeto de restringir las importaciones, por lo cual estas instituciones andinas han recurrido a la jurisprudencia del TJUE. Asimismo, la tesis revisa la jurisprudencia de la Organización Mundial del Comercio referida a la adopción de los reglamentos técnicos y la aplicación del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, teniendo en cuenta que la Secretaría General de la CAN también cita este Acuerdo en sus Resoluciones. Los casos de estudios seleccionados (las Resoluciones 1289 y 1695 de la Secretaría General de la CAN) buscan ilustrar cómo los reglamentos técnicos pueden ser 5 calificados como restricciones al comercio contrarias a los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena. La tesis concluye que los reglamentos técnicos aplicados de manera injustificada y desproporcional constituyen una restricción al comercio y, por lo tanto, dichas medidas violan el artículo 72 del Acuerdo de Cartagena. A la luz de la jurisprudencia internacional revisada se observa que los reglamentos técnicos que no son razonables o restringen el comercio más allá de lo necesario son incompatibles con el principio de libre circulación de mercancías.This thesis seeks to analyze how technical regulations adopted and applied by the Member States of the Andean Community (CAN) can be considered as restrictions on trade incompatible with the principle of principle of free movement of goods enshrined in Article 72 of the Cartagena Agreement. The purpose of this thesis is to address the question of how technical regulations can be regarded as restrictions on trade inconsistent with Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. This thesis seeks to analyze the manner in which the application of the criteria developed by the General Secretariat and the Court of Justice of the Andean Community (CJAC) decisions turns out to be essential in order to avoid that a measure adopted by a Member State of the CAN could be considered as an infringement of Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. The thesis proposes and seeks to demonstrate that unjustified and disproportional technical regulations constitute a restriction on trade. Therefore, these measures are an infringement of Article 72 of the Cartagena Agreement. This research reviews the European Court of Justice (ECJ) case law developed through the Dassonville formula. The review of this case law developed by the ECJ has been undertaken owing to the fact that the General Secretariat and the CJAC have widely interpreted the concept of restrictions of all kinds provided for in Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. This interpretation has been developed in order to include any measure that has the effect or object of restricting imports, and for these purposes, these Andean institutions have resorted to the ECJ case law. Likewise, this thesis reviews the World Trade Organization case law concerning the adoption of technical regulations and the application of the Agreement on Technical Barriers to Trade taking into account that the General Secretariat cites this Agreement in its Resolutions as well. The selected case studies (the Resolutions 1289 and 1695 of the General Secretariat) seek to illustrate how technical regulations can be considered as restrictions on trade 7 incompatible with Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. This thesis concludes that unjustified and disproportional technical regulations constitute a restriction on trade. Therefore, these measures violate Article 72 of the Cartagena Agreement. In light of the international case law reviewed, it can be said that unreasonable technical regulations or those regulations which are more trade-restrictive than necessary are incompatible with the principle of free movement of goods.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/Derecho internacional económicoIntegración económica--Subregión AndinaAcuerdo de CartagenaLibre comercioLos reglamentos técnicos como restricciones al comercio contrarios al principio de libre circulación de mercancías consagrado en el Acuerdo de Cartagenainfo:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01