Aldana Durán, Martha InésTorres Mariño, Carlos2019-03-112019-03-1120172019-03-11http://hdl.handle.net/20.500.12404/13695El presente trabajo es desarrollado con el objetivo de analizar la modificación del artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley No. 29338, así como de sus normas complementarias respecto a la pérdida de competencias de la DIGESA como opinante técnico en los procedimientos de autorización de vertimientos que son otorgados por la ANA. Es así como se analiza si esta “simplificación administrativa” que motivó al legislador modificar la normativa, responde a las necesidades del contexto actual peruano. El trabajo concluye con que esta modificación no ha sido acertada en tanto en la realidad no hay un organismo público que se encargue de evaluar si con un determinado vertimiento se está afectando o poniendo en riesgo la salud de las personas, debido a que, como se demuestra, la ANA no cuenta con competencias ni recursos suficientes para ello.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/2.5/pe/Recursos hidrológicos--Legislación--PerúDerecho ambiental--Legislación--PerúAnálisis de la pérdida de competencias de la DIGESA en los procedimientos de autorización de vertimientos otorgados por la ANAinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01