Ramos Morales, Leonidas LucasChalco Salas, Anli2022-12-142022-12-1420222022-12-14http://hdl.handle.net/20.500.12404/23913En el Perú, los sitios arqueológicos son protegidos a través de las diversas formas de declaratoria patrimonial, las mismas que son ejecutadas por el Ministerio de Cultura o la UNESCO; es así que, para la protección de los sitios arqueológicos del distrito de Pisac, se dieron cuatro (04) tipos de declaratoria, a saber: Parque Arqueológico de Pisaq, Patrimonio Cultural de la Nación (en dos ocasiones) y Paisaje Cultural Arqueológico e Histórico. En tal contexto, se ha identificado como problema público la vulneración de los derechos culturales y del uso de la tierra de las poblaciones que habitan dentro del Parque Arqueológico del distrito de Pisac, a razón de la presencia de entornos urbanos, rurales y naturales dentro del polígono de delimitación; vale decir que, todo lo que se halla dentro de la delimitación es intangible, inalienable e imprescriptible según la Ley del Patrimonio Cultural de la Nación N° 28296. Pues bien, para afrontar dicho problema, se han identificado que de entre muchas causas, dos de ellas impactarían directamente en el problema público, a saber: el significado de la denominación Parque Arqueológico y el acceso condicionado de la población local frente a los nuevos usos del suelo. Para ello, mediante una metodología cualitativa, se presenta desde la gestión pública la propuesta de innovación denominada Cogestión Comunitaria entendida como la administración compartida del Patrimonio Cultural de la Nación, la misma que, contiene enfoques que redefinirán los conceptos relacionados al patrimonio, así como, componentes y productos que mitigarán las brechas institucionales y sociales.En el Perú, los sitios arqueológicos son protegidos a través de las diversas formas de declaratoria patrimonial, las mismas que son ejecutadas por el Ministerio de Cultura o la UNESCO; es así que, para la protección de los sitios arqueológicos del distrito de Pisac, se dieron cuatro (04) tipos de declaratoria, a saber: Parque Arqueológico de Pisaq, Patrimonio Cultural de la Nación (en dos ocasiones) y Paisaje Cultural Arqueológico e Histórico. En tal contexto, se ha identificado como problema público la vulneración de los derechos culturales y del uso de la tierra de las poblaciones que habitan dentro del Parque Arqueológico del distrito de Pisac, a razón de la presencia de entornos urbanos, rurales y naturales dentro del polígono de delimitación; vale decir que, todo lo que se halla dentro de la delimitación es intangible, inalienable e imprescriptible según la Ley del Patrimonio Cultural de la Nación N° 28296. Pues bien, para afrontar dicho problema, se han identificado que de entre muchas causas, dos de ellas impactarían directamente en el problema público, a saber: el significado de la denominación Parque Arqueológico y el acceso condicionado de la población local frente a los nuevos usos del suelo. Para ello, mediante una metodología cualitativa, se presenta desde la gestión pública la propuesta de innovación denominada Cogestión Comunitaria entendida como la administración compartida del Patrimonio Cultural de la Nación, la misma que, contiene enfoques que redefinirán los conceptos relacionados al patrimonio, así como, componentes y productos que mitigarán las brechas institucionales y sociales.spainfo:eu-repo/semantics/closedAccessCampesinos--Perú--Pisac (Cuzco : Distrito)Población rural--Perú--Pisac (Cuzco : Distrito)Uso de la tierra natural--Leyes y legislación--PerúDerecho agrario--PerúLa cogestión comunitaria frente a la vulneración de los derechos culturales y del uso de la tierra de las poblaciones que habitan dentro del parque arqueológico del distrito de Pisacinfo:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.02