Facultad de Derecho

Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/8340

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    ¿Infracción por discriminación en el consumo o trato preferente?: Reflexiones respecto de la Resolución N° 1121-2020/SPC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-14) Zárate Urdanivia, Sabrina Crysstel; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    El presente Informe realiza un análisis respecto de la Resolución N° 1121- 2020/SPC-INDECOPI, en la que resultaron como proveedores denunciados Crediscotia Financiera S.A., Scotiabank Perú S.A.A. e Importaciones Hiraoka S.A.C. El primer paso es realizar un breve marco teórico de los conceptos que se mencionarán a lo largo del informe y que nos ayudarán en nuestro análisis, especialmente cuando lleguemos a la identificación de la conducta infractora de los proveedores responsables. Como segundo paso, corresponde identificar si existió una relación entre los proveedores denunciados, una relación de consumo entre dichos proveedores y el señor Rafael Rodrigo Delgado Carranza, quien es el consumidor que denuncia a los proveedores, así como también identificar si todos los proveedores denunciados correspondían ser responsables ante una eventual infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, “Código”). Finalmente, y como último paso, gracias a la aportación del marco teórico, podremos evaluar si se cometió una infracción al artículo 41° del Código, el cual versa sobre el trato preferente, o si fue una infracción a los artículos 1°.1 literal d) y 38° del Código, ambos relacionados a la discriminación en el consumo. La conclusión principal es que sí existió una infracción al Código respecto de los artículos que prohíben la discriminación hacia los consumidores. De esta forma, del análisis realizado podemos concluir que el único proveedor responsable fue Crediscotia Financiera S.A. por la actuación de su personal.
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    Aplicación de la regla de la exceptio veritatis en competencia desleal
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-14) Paredes Vega, César Alejandro; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    El presente trabajo se encarga de analizar si la regla de la exceptio veritatis cumple con su finalidad para evitar la comisión de actos de competencia desleal. En primer lugar, se centra en analizar si la finalidad de la regla de la exceptio veritatis tiene un carácter preventivo o no, debido a que, por medio de esta regla se hace una evaluación de los anuncios publicitarios que se pretenden insertar en el mercado. En segundo lugar, en este trabajo se desarrollan criterios importantes como la veracidad, exactitud y la pertinencia. Cada uno de ellos es importante para que pueda existir la exceptio veritatis. Estos requisitos contenidos en el artículo 11.2 de la LRCD son los que deben asegurar que la libertad de expresión y la transparencia puedan ser ejercidas sin vulnerar los derechos de las personas o entidades afectadas por la información divulgada. Por ello, en este trabajo se analiza si cada uno de estos requisitos contribuyen con la seguridad jurídica o si es que generan algún riesgo al difundir la publicidad comparativa en el Perú. En tercer lugar, se analiza el requisito de pertinencia de forma, el cuál es el más controversial, ya que no se entiende si los mensajes de carácter humorístico provienen de una fuente subjetiva u objetiva. De esta manera, en el trabajo se propone un test que puede servir como alternativa para evitar ciertos errores que contiene la exceptio veritatis y contribuir a un mejor tratamiento de la publicidad comparativa.
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    ¿Qué desafíos encontrará el consumidor razonable usando productos/servicios desarrollados con nuevas tecnologías desde la perspectiva del Derecho del Consumidor?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-14) Ganoza Lopez-Lavalle, Nicolas; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    El presente artículo analiza la presencia de la Inteligencia Artificial Generativa bajo el marco normativo de Protección y Defensa del Consumidor en el Perú. Se demostrará que, siendo el consumidor una presencia siempre vulnerable en el mercado y nuestra regulación Pro Consumidor, este aspecto ha sido dejado de lado en el mundo de las nuevas tecnologías, siendo este vital para el desarrollo de algo que no conoce el consumidor peruano. La Inteligencia Artificial se ha vuelto una herramienta para el uso comercial y el corporativo, siendo la empresa titular de sus derechos la encargada de regular su uso. Claramente, esta debe conocer las normas para que no ser sancionada al momento que ofrece sus servicios. Por otro lado, el consumidor no solo no tiene conocimiento técnico de cómo funciona las herramientas, tampoco se encuentra en una situación en la que pueda averiguar por su cuenta de todos los usos y las posibles infracciones que puede incurrir si usa la Inteligencia Artificial de manera imprudente. Por ello, el presente artículo mediante el análisis de diferentes conceptos y sectores del Derecho en el cual el uso de la Inteligencia Artificial podría involucrarse interpretará como un consumidor razonable, siendo este el mayor estándar al que podemos observar en un consumidor se encuentra en una situación vulnerable, por más que intente investigar y aprender. Adicionalmente, ello no se refleja en los intentos de normativa de la Inteligencia Artificial que han sido publicadas en el Perú. Por ello, concluiremos que el INDECOPI podría apoyar al consumidor publicando una Guía de uso de Inteligencia Artificial para el Consumidor.
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    La vinculación entre los actos de denigración y actos de comparación indebida: análisis de resoluciones en los cuales se imputó incorrectamente
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-14) Velasquez Ignacio, Valeria del Pilar; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    La materia que trataremos en el presente artículo versará en la incorrecta imputación que se realiza en ciertos casos referidos a actos de competencia desleal. Por tanto, el objetivo será el de contrastar, específicamente, los actos de comparación indebida y actos de denigración, ya que en ciertas resoluciones la Secretaría Técnica de manera confusa ha imputado ambos actos a un solo hecho infractor o imputó por uno distinto al que luego consideró la Sala, específicamente en casos en los cuales esta segunda instancia optó por imputar por un acto de comparación indebida, al resultar ser más específico. En ese sentido, en este artículo, dividido en tres secciones, se realizará un exhaustivo análisis de algunas resoluciones, enfocándonos en el desarrollo de los fundamentos que fueron llevados a cabo por los cuales la Secretaría, la Comisión y la Sala optaron por decidir un tipo infractor frente a otro. Asimismo, a pesar de que la materia a analizar serán los dos tipos infractores señalados anteriormente, debemos precisar que, con la finalidad de enriquecer el análisis del presente artículo, se desarrollarán ciertas resoluciones referentes a otros actos de competencia desleal. Por último, es importante señalar que, si bien este no es un error recurrente en vía administrativa, nos remitimos a los efectos que este problema genera, ya que la consecuencia y el daño que conlleva aplicar erróneamente un tipo infractor en un caso en particular repercute gravemente en brindar una tutela efectiva y respeto en el debido proceso de los consumidores.
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    ¿Necesaria o prescindible?: la regulación del derecho al desistimiento en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Falen Valverde, Alessandra Betsabeth; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    Pese al auge que ha tenido el comercio electrónico en los últimos años, a la fecha en Perú no existe una normativa específica orientada a regular las relaciones de consumo que se realicen mediante este tipo de transacciones. Así pues, únicamente resulta aplicable de forma general las disposiciones de nuestro Código de Protección y Defensa del Consumidor. No obstante, existen ciertos casos frente a los cuales dicha normativa general no prevé una solución. En el presente trabajo se abordará la necesidad de regular el derecho al desistimiento con el fin de dotar a los consumidores de la posibilidad de retractarse del producto o servicio contratado por medios digitales, sin necesidad de alegar justificación alguna. En tal sentido, en esta investigación se concluirá que sí es necesario regular este derecho, pues permitirá que los consumidores tengan una mayor confianza en el comercio electrónico e incentivará el crecimiento de este mercado digital. Muchas veces los consumidores tienen reparos en realizar transacciones por medios electrónicos, toda vez que, la falta de contacto directo con el producto a adquirir hasta después de haber concretado la transacción, puede traer consigo que, luego de haberlo recibido, descubran recién que éste no satisface adecuadamente sus expectativas. Por ello, la regulación del derecho al desistimiento jugará un papel importante, pues permitirá a los consumidores devolver el producto en caso no haya sido conforme con lo deseado, lo cual supondrá a su vez un incentivo a realizar este tipo de transacciones.
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    “La cura resulta más mala que la enfermedad”: la publicidad engañosa y el COVID19
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-12-14) Peña Mendoza, Jussara Genesis; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    En el presente trabajo versará sobre la publicidad engañosa respecto de medicamentos en el contexto de la pandamia originada por el COVID-19. Es así que, de acuerdo a distintos casos se analizará la publicidad de medicamentos “curativos” o “preventivos” de dicha enfermedad, para concluir que estamos frente a un acto de competencia desleal en la modalidad de engaño, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Ley de Represión de Competencia Desleal – Decreto Legislativo Nº 1044. Por otro lado, se analizará y concluirá que dicha publicidad constituye una infracción al principio de legalidad por vulneración a la norma sectorial, en lo que respecta al control publicitario de medicamentos bajo receta médica, de acuerdo la Ley de los productos farmacéuticos dispositivos médicos y productos sanitarios – Ley Nº 29459.
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    El criterio para determinar la objetividad de las afirmaciones utilizado por la Sala de Defensa de la Competencia y las complicaciones en su aplicación
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-08) Zamudio Pon, Nuria Roxana; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    El presente trabajo busca desarrollar el criterio para determinar la objetividad de las afirmaciones utilizado por la Sala de Defensa de la Competencia y las complicaciones en su aplicación. Por ello, en la primera sección se hace un breve pero conciso análisis del criterio en cuestión: estaremos ante una afirmación objetiva, sujeta al principio de veracidad, cuando se cumplan alguna de estas dos condiciones:(i) que la afirmación contenga en sí misma un parámetro objetivo de comprobación; o, (ii) que se pueda comprobar su veracidad a través de la existencia de un parámetro objetivo y unívoco. Asimismo, es importante mencionar la importancia de desarrollar las figuras de actos de engaño, afirmaciones objetivas y subjetiva para realizar un profundo análisis del tema, tanto como el principio de veracidad y el deber de sustanciación previa. Finalmente, para ejemplificar la utilización de este criterio, es oportuno aterrizar en un caso concreto, tal como es la Resolución N° 0363-2014/SDCINDECOPI.
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    La vulneración de la libertad de empresa a través del control de las cláusulas abusivas en las relaciones jurídicas de consumo
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-14) Bautista Huarancca, Luis Gustavo; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    En el presente trabajo de investigación se realiza un análisis de la aplicación e interpretación por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual respecto a la categoría jurídica de la cláusula abusiva en relaciones jurídicas de consumo, y el posible riesgo de vulneración a la libertad de empresa que puede conllevar su utilización bajo determinadas circunstancias. En base a ello, partiendo de la definición de los conceptos de cláusula abusiva y libertad de empresa, y de una aproximación a sus principales características en el marco de un modelo de economía social de mercado, se cuestiona la necesidad de una interpretación por parte del Indecopi de realizar un análisis proporcional y adecuado de la realidad del mercado particular que atiende para evaluar la procedencia de la figura de la cláusula abusiva. Para este propósito, se lleva a cabo un análisis de las resoluciones Nº 0219-2018/SPCINDECOPI y Nº 0243-2018/SPC-INDECOPI, en cuyos pronunciamientos el Tribunal del Indecopi declaró como una cláusula abusiva de ineficacia absoluta la prohibición de Cineplex S.A. y Cinemark del Perú S.R.L. de ingresar a sus salas de cine con alimentos y/o bebidas adquiridas en establecimientos comerciales externos, vulnerando su libertad de empresa en su manifestación de libertad de organización.
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    La eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria en el derecho publicitario
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-31) Zambrano Nalvarte, Eliane Scarlett; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    Mediante el presente trabajo se busca abordar la naturaleza de la eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria existente en el derecho administrativo, para analizar su aplicación en el derecho publicitario. Se ha podido advertir que esta eximente reviste cierta complejidad para su aplicación en esta subrama del derecho, siendo que en su mayoría ha sido denegada cuando fue solicitada en casos recientes, vistos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Es por ello que se busca analizar qué requisitos son exigidos y habría que ser cumplidos para su aplicación en el derecho publicitario, si ello es en efecto posible en la práctica y si tal tratamiento es adecuado. Ello, con la finalidad de brindar mayores luces a la autoridad como aplicadores del derecho, a los proveedores y a los consumidores, a efectos de conocer esta figura y poder analizar su posibilidad de empleo en estrategias legales.
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    A propósito de los pronunciamientos del INDECOPI respecto al artículo 17 del Reglamento SOAT, ¿protección a la víctima o incentivo para la no contratación?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Yuyes Garcia, Mariell Alicia; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    En el presente trabajo de investigación académico se realiza un análisis de la actuación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual respecto a la interpretación realizada sobre el párrafo final del artículo 17 del Decreto Supremo N° 024-2002-MTC – Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, con relación a la presunta obligación asignada a las Compañías de Seguros de realizar el pago de las coberturas del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (en adelante, SOAT) a favor de los ocupantes de un vehículo no asegurado que resulten lesionados o fallecidos producto de un accidente de tránsito. En base a ello, partiendo de la revisión de conceptos básicos de la normativa de seguros y de seguros obligatorios y los principios que informan al sector, pasamos a cuestionar la necesidad y rigurosidad de la interpretación realizada por el INDECOPI, considerando que no ha existido un debate respecto a si en este supuesto específico nos encontramos o no ante una relación de consumo indirecta y, por ende, si correspondía la aplicación del Principio Pro Consumidor. Finalmente, luego de revisar el tratamiento que se le da a este supuesto en algunos países de la región y en España, proponemos una alternativa de solución que nos permite hallar un punto de encuentro entre los intereses del sector asegurador y los de la sociedad en su conjunto.