i PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Carátula Escuela de Posgrado Acceso a un crédito preferencial para enfrentar la baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú Trabajo de Investigación para obtener el grado académico de Maestra en Gobierno y Políticas Públicas que presentan: Delia del Pilar Silva Pérez Nathaly Cristhy Soria Asencios Asesor: Rafael Alberto Miranda Ayala Lima, 2024 ii Informe de Similitud Yo, Rafael Alberto Miranda Ayala, docente de la Escuela de Posgrado de la Pontificia Universidad Católica del Perú, asesor(a) de la tesis / del Trabajo de Investigación titulado “Acceso a un crédito preferencial para enfrentar la baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú” del(de la) autor(a) / de los(as) autores(as) Delia del Pilar Silva Pérez y Nathaly Cristhy Soria Asencios; dejo constancia de lo siguiente: -El mencionado documento tiene un índice de puntuación de similitud de 20%. Así lo consigna el reporte de similitud emitido por el software Turnitin el 30/01/2024. -He revisado con detalle dicho reporte y la Tesis / el Trabajo de Investigación y no se advierte indicios de plagio. -Las citas a otros autores y sus respectivas referencias cumplen con las pautas académicas. Lugar y fecha: Lima, 06 de febrero de 2024 Apellidos y nombres del asesor / de la asesora: Miranda Ayala, Rafael Alberto DNI: 43530089 Firma: ORCID: 0000 – 0001 – 8640 – 6439 ii iii Resumen El presente proyecto de innovación brinda un prototipo de solución al problema de la baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019. Los datos analizados evidencian que la SUNAT en este lapso de tiempo, ha dejado de recaudar S/ 561, 520,653.78 soles; correspondiente al NRUS, a pesar de ser el régimen con la mayor cantidad de contribuyentes; esto denota que el régimen tributario no está alcanzando los objetivos deseados. Las causas identificadas del problema son diversas, siendo la más preponderante la inexistencia de incentivos para el cumplimiento tributario, la misma que obtuvo un mayor puntaje en la jerarquización de las mismas. Así mismo, la teoría del comportamiento señala que el ser humano responde positivamente a los incentivos y estímulos que le generan un beneficio directo. Por ello, el prototipo desarrollado se centra en brindar acceso a un crédito a tasa preferencial a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus impuestos, siendo este último el principal requisito para la obtención de este beneficio. Este prototipo cuenta con el análisis de deseabilidad, factibilidad y viabilidad, lo que permitirá cumplir los objetivos deseados del régimen. iv Abstract This innovation Project provides a prototype solution to the problem of the ineffective collection of the New Simplified Regime (NRUS by its meaning in Spanish) developed by the National Superintendence of Customs and Tax Administration in Peru, between the years 2015 – 2019. The data analyzed show that SUNAT in this period of time has stopped collecting S/ 560,928,094 soles; corresponding to the NRUS, despite being the scheme with the largest number of taxpayers; this denotes that the tax regime is not achieving the desired objectives. The identified causes of the problem are diverse, the most preponderant being the lack of incentives for tax compliance, which obtained the highest score in the hierachy of the causes. Likewise, the theory of behavior indicates that the human being responds positively to the incentives and stimuli that generate a direct benefit. For this reason, the prototype developed focuses on providing acces to credit at a preferential rate to those taxpayers who are up to date with their tax payments, the latter being the main requirement to obtain this benefit. This prototype has the analysis of desirability, feasibility and viability, which will allow it to meet the desired objectives of the scheme. v Índice Carátula ................................................................................................................................... i Informe de Similitud ............................................................................................................ ii Resumen ............................................................................................................................... iii Abstract................................................................................................................................. iv Índice ...................................................................................................................................... v Índice de Tabla ................................................................................................................... vii Índice de Figuras ............................................................................................................... viii Lista de acrónimos .............................................................................................................. x Introducción .......................................................................................................................... 1 Capítulo I: Definición y descripción del problema ........................................................ 3 1.1. Redacción formal del problema ......................................................................... 3 1.1.1. Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) ........................................... 3 1.1.2. SUNAT ............................................................................................................. 6 1.1.3. Baja .................................................................................................................. 7 1.1.4. Impuesto a la Renta de Tercera Categoría ............................................... 7 1.3. Arquitectura del problema ................................................................................ 10 1.3.1. Magnitud del problema (ingresos proyectados vs real) ...................... 10 1.3.2. Participación en la recaudación por departamentos en los años 2015 – 2019 12 1.3.3. Ingresos tributarios según actividades económicas que desarrollan los contribuyentes del NRUS ................................................................................... 14 1.3.4. Ingresos recaudados en relación al número de contribuyentes del NRUS 16 1.3.5. Marco normativo ......................................................................................... 20 1.3.6. Marco institucional ..................................................................................... 22 1.3.7. Políticas públicas generales ..................................................................... 25 1.3.8. Políticas públicas específicas .................................................................. 27 Capítulo II: Causas del problema .................................................................................... 31 2.1. Marco teórico sobre las causas del problema .............................................. 31 2.2. Causas del problema ......................................................................................... 44 2.2.1. Falta de fiscalización .................................................................................. 45 2.2.2. Complejidad del pago ................................................................................ 46 2.2.3. Falta de Cultura Tributaria ......................................................................... 48 Capítulo III: Diseño del prototipo .................................................................................... 50 3.1. Desafío de innovación ....................................................................................... 50 3.2. Experiencias previas para hacer frente al desafío de innovación ............ 52 vi 3.2.1. Experiencia de Colombia ........................................................................... 52 3.2.2. Experiencia de Bolivia ................................................................................ 53 3.2.3. Experiencia de Argentina .......................................................................... 54 3.2.4. Experiencia de Perú .................................................................................... 55 3.3. Proceso de la conceptualización y prototipado ........................................... 56 3.3.1. Proceso de conceptualización ................................................................. 56 3.3.2. Proceso de prototipado ............................................................................. 57 3.4. Concepto y prototipo final de la innovación ................................................. 60 3.4.1. Concepto final de innovación ................................................................... 60 3.4.2. Prototipo de alta resolución ...................................................................... 62 3.4.3. Comunicación:............................................................................................. 68 Capítulo IV: Análisis de la deseabilidad, factibilidad y viabilidad del prototipo .... 70 4.1. Análisis de deseabilidad ................................................................................... 70 4.2. Análisis de factibilidad ...................................................................................... 71 4.3. Análisis de viabilidad ......................................................................................... 76 Conclusiones ...................................................................................................................... 78 Bibliografía .......................................................................................................................... 79 Anexos ................................................................................................................................. 81 vii Índice de Tabla Tabla 1. Categorías de pago NRUS. .................................................................................... 4 Tabla 2. Contribuyentes registrados en el padrón RUC de la SUNAT que comunicaron pertenecer al Régimen Especial del NRUS (2015-2019). ................................................ 11 Tabla 3. Porcentajes de participación de recaudación por departamento. ..................... 13 Tabla 4. Ingresos mensuales del 2015-2019. ................................................................... 18 Tabla 5. Marco normativo relacionado con el problema público. .................................... 20 Tabla 6. Marco institucional relacionado con el problema público. ................................. 22 Tabla 7. Políticas públicas generales relacionadas con el problema público. ................ 26 Tabla 8. Políticas públicas específicas relacionadas al problema público...................... 28 Tabla 9. Matriz del marco teórico de las causas del problema. ....................................... 31 Tabla 10. Matriz de causas del problema público. ............................................................ 42 Tabla 11. Fiscalizaciones realizadas 2014-2019. ............................................................. 45 Tabla 12. Análisis de criterios. ............................................................................................ 50 Tabla 13. Análisis de la experiencia de Colombia. ........................................................... 53 Tabla 14. Análisis de la experiencia de Bolivia. ................................................................ 53 Tabla 15. Análisis de la experiencia de Argentina. ........................................................... 54 Tabla 16. Análisis de la experiencia de Perú. ................................................................... 55 Tabla 17. Matriz de priorización de ideas. ......................................................................... 58 Tabla 18. Bosquejo del concepto de innovación. .............................................................. 58 Tabla 19. Promedio de tasas de interés. ........................................................................... 61 Tabla 20. Cálculo de fiscalizaciones. ................................................................................. 65 Tabla 21. Costo vs beneficio. .............................................................................................. 65 viii Índice de Figuras Figura 1. Sistema Tributario Nacional .................................................................................. 7 Figura 2. Ingresos tributarios del Gobierno Central 2015-2019. ........................................ 8 Figura 3. Contribuyentes de los 4 regímenes tributarios 2015-2019. ............................... 9 Figura 4. Ingresos tributarios por régimen 2015-2019. ..................................................... 10 Figura 5. Real vs Proyectado 2015-2019 .......................................................................... 12 Figura 6. Promedio de porcentajes de recaudación por departamentos 2015-2019. .... 14 Figura 7. Ingresos tributarios según actividad económica – NRUS 2015-2019. ............ 15 Figura 8. Nº de contribuyentes NRUS 2015-2019. ........................................................... 16 Figura 9. Ingresos tributarios NRUS 2015-2019. .............................................................. 17 Figura 10. Comportamientos de los pagos del NRUS 2015-2019................................... 18 Figura 11. Diagrama de Ishikawa. ...................................................................................... 49 Figura 12. Representación del incentivo. ........................................................................... 62 Figura 13. Prototipo de Innovación I................................................................................... 66 Figura 14. Prototipo de Innovación II ................................................................................. 67 Figura 15. Mensaje motivacional. ....................................................................................... 68 Figura 16. Ejemplo de mensaje motivacional del Prototipo de Innovación. ................... 69 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743088 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743092 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743093 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743094 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743095 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743096 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743097 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743099 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743100 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743101 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743102 file:///C:/Users/DELI/Downloads/ULTIMA_VERSIÓN%5b1%5d.docx%23_Toc145743103 ix Lista de anexos Anexo 1: Descripción de los tres problemas públicos que ha identificado en la etapa 1 y cuál de ellos ha sido seleccionado. ................................................................................. 81 Anexo 2: Matriz de consistencia del diseño de investigación sobre la arquitectura del problema público .................................................................................................................. 81 Anexo 3: Herramientas de recojo de información para la arquitectura del problema ... 81 Anexo 4: Matriz de consistencia del diseño de investigación sobre las causas del problema público .................................................................................................................. 81 Anexo 5: Herramientas de recojo de información para la arquitectura del problema público ................................................................................................................................... 81 Anexo 6: Herramientas de recojo de información para las causas del problema público ............................................................................................................................................... 81 Anexo 7: Herramientas de recojo de información para el proceso de conceptualización y testeo del prototipo ............................................................................................................ 81 Anexo 8: Elementos adicionales dispuestos .................................................................... 81 x Lista de acrónimos BN Banco de la Nación CAF Banco de Desarrollo de América Latina CEPLAN Centro Nacional de Planeamiento Estratégico DJ Declaración Jurada DL Decreto Legislativo DS Decreto Supremo ENAHO Encuesta Nacional de Hogares IGV Impuesto General a las Ventas IR Impuesto a la Renta ITF Impuesto a las Transacciones Financieras IVA Impuesto sobre el Valor Agregado MEF Ministerio de Economía y Finanzas MMM Marco Macroeconómico Multianual MYPES Micros y Pequeñas Empresas NRUS Nuevo Régimen Único Simplificado PBI Producto Bruto Interno PCM Presidencia del Consejo de Ministros PGG Política General de Gobierno RER Régimen Especial de Renta RTS Régimen Tributario Simplificado RUC Registro Único de Contribuyentes RUT Registro Único Tributario SIS Seguro Integral de Salud SUNAT Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria TEA Tasa Efectiva Anual UIT Unidad Impositiva Tributaria 1 Introducción El Sistema Tributario constituye, en casi todos los países del orbe, la más importante fuente de financiamiento de las actividades prioritarias de los Estados (salud, educación, defensa, etc.), además de ser un factor influyente en el desarrollo de la economía de un país. Sistemas tributarios competitivos, según la Tax Foundation son, al 2021: Estonia (34% presión fiscal), Nueva Zelanda, Letonia (31% presión fiscal), Lituania (30% presión fiscal), Suiza, Luxemburgo, Australia, Suecia (43% presión fiscal), Países Bajos, etc., cuya evaluación toma en cuenta tanto el nivel de impuestos como la forma en que éstos se estructuran. Según Bankinter, para que un sistema tributario se considere competitivo y neutral, éste “debe ser sencillo de cumplir para los contribuyentes, promover el desarrollo económico de los países y generar una inversión sostenible para cubrir las necesidades”. América Latina, adolece de sistemas tributarios poco competitivos, y sus impuestos se caracterizan principalmente por su regresividad. Factores como: altos beneficios tributarios sin sustentos técnicos, exoneraciones injustificadas y sin reciprocidades visibles, elusiones sofisticadas en las grandes empresas, evasiones al menudeo, son, tristemente, las peculiaridades más significativas de las estructuras impositivas en nuestra región, y el Perú, no está exento de tales particularidades. Sin embargo, es importante mencionar que nuestro Sistema Tributario Peruano, tuvo su más importante y profunda reforma en los años 90, y se rige, a partir de ahí por el Decreto Legislativo No.771 (enero 1994), con la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, que buscaba modernizar los tributos haciéndolos más sencillos, eficientes, equitativos, suficientes y progresivos. Muchas modificaciones han sucedido desde entonces, pero sus componentes básicos no han cambiado, el Perú cuenta con dos impuestos principales: el IGV que recauda el 55% aproximadamente de los recursos tributarios y el Impuesto a la Renta, un casi 30%, siendo el 15 % correspondiente a otros impuestos menores. Y es precisamente por considerárseles menores, que han sido objeto 2 de poco análisis, y de casi ninguna fiscalidad, trayendo como resultado la ineficacia de los mismos y su consecuente baja recaudación. El Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), es uno de esos impuestos menores, es un tipo de régimen especialmente creado por Decreto Legislativo Nº 937 para las personas naturales que se dedican a la venta de mercaderías o a proveer servicios a consumidores finales, así como aquéllas que realizan algún oficio. Así mismo, tiene entre sus obligaciones, el pago de una cuota mensual que, aunque puede parecer irrisoria (S/ 20 y S/ 50 soles), su recaudación anual, de hacerse efectiva, significaría la obtención de S/ 112,000,000.00 en promedio, nada desdeñables para el erario nacional. De eso precisamente es de lo que vamos a hablar en el presente proyecto de innovación: comprender, después de un concienzudo análisis qué es lo que motiva la baja recaudación de los contribuyentes del NRUS, y a partir de ahí proponer cómo corregir dicho comportamiento, para hacer de este régimen, tal y como lo afirma su D.L.” … establecer un régimen tributario promocional para las pequeñas empresas que facilite el cumplimiento de sus obligaciones y amplíe la base tributaria”. 3 Capítulo I: Definición y descripción del problema En este capítulo se define y describe el problema referente a la baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado en los periodos 2015 al 2019, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. 1.1. Redacción formal del problema Baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019. Marco conceptual del problema La economía peruana, como todas las economías, ha transitado por las diversas etapas del ciclo económico, aunque, debido a la ineficiente administración de los diversos gobiernos, nuestros períodos de crisis han sido bastante prolongados y duros, como aquél que nos tocó vivir en la segunda mitad de la década de los 80. Sin embargo, la década de los 90, fue una década de “ordenamiento de la casa” para nuestra economía ya que la aplicación del modelo neoliberal permitió ajustar nuestros indicadores macroeconómicos y expandirnos a un promedio anual del 3,2%. Diversas medidas dentro de la política monetaria y fiscal, como el empoderamiento del Banco Central de Reserva, límites razonables de endeudamiento, así como una mayor apertura en nuestra política comercial y exterior, han permitido un crecimiento sostenido que impactó en los niveles de la recaudación tributaria. 1.1.1. Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) El NRUS constituye uno de los regímenes del Impuesto a la Renta creado inicialmente como Régimen Único Simplificado en el año 1999, el mismo que fue derogado en la primera disposición final del Decreto Legislativo 937, norma que crea el NRUS en el año 2003 y puesto en vigencia a partir del 01.01.2004. Este es un régimen tributario especial, ya que permite el pago de una cuota mensual única (que engloba los tributos de IGV, Impuesto a la Renta e Impuesto de Promoción Municipal) buscando facilitar y agilizar el cumplimiento del pago 4 de impuestos de los pequeños comerciantes, productores, así como de quienes ejercen oficios como gasfitería, electricidad, pintura y otros, que ejercen sus actividades como personas naturales o sucesiones indivisas, domiciliados en el país. Los contribuyentes que se acojan a este NRUS deberán percibir por sus ventas o compras montos que no superen los S/96,000.00 (noventa y seis mil soles) anuales, o ingresos, o adquisiciones mensuales que no superen los S/8,000.00 (ocho mil soles). El pago de la cuota mensual a realizar está determinado por el monto de los ingresos por ventas y/o compras del negocio u oficio, para ello SUNAT ha diseñado una tabla que establece la cuota, siendo actualmente la tabla vigente la siguiente: Tabla 1. Categorías de pago NRUS. Vigente desde el 01.01.2017CATEGORÍA INGRESOS BRUTOS O ADQUISICIONES MENSUALES CUOTA MENSUAL 1 HASTA S/ 5,000.00 S/ 20.00 2 MÁS DE S/ 5,000.00 HASTA S/ 8,000.00 S/ 50.00 Vigente desde el 01.01.2017 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Como se puede apreciar, aquellos contribuyentes cuyo monto de ventas y/o compras es hasta S/5,000.00 les corresponde declarar la 1 categoría y pagar una cuota de S/20.00 por ese mes y, aquéllos cuyos ingresos oscilan entre S/5,001.00 hasta S/8,000.00 estarían en ese mes en la categoría 2 y pagarían una cuota de S/50.00. Además, cuentan con el beneficio de pagar cada mes en la categoría que sus ingresos y/o compras declaradas determinen, ya que el pago de una primera cuota no define la categoría. 5 La Administración Tributaria proporciona también las facilidades de diversas modalidades de pago: por internet, desde el móvil y de manera presencial en los bancos autorizados. De acuerdo a la Ley que ampara el Régimen y al Reglamento de Comprobantes de Pago, los acogidos al NRUS, únicamente emitirán boletas de venta y/o tickets de venta emitidos por máquina registradora, que no den derecho a crédito fiscal. Además, en lo que a contabilidad se refiere, no tienen obligación de llevar libros. Por otro lado, para las compras que realicen, sí están obligados a solicitar facturas y a conservar éstas, de manera que les permita sustentar la propiedad de sus existencias. Para acogerse a este régimen, en el caso de los contribuyentes que recién inician negocio, deberán registrar el NRUS en el momento de su inscripción al Registro Único de Contribuyentes. Mientras que para contribuyentes que provengan de otro régimen (General, Régimen Especial o Mype Tributario), sólo podrán hacerlo a partir de enero del siguiente año. Previo a ello deberán haber dado de baja a las facturas que el otro régimen les permitía emitir, así como también a algún otro establecimiento anexo que pudieran haber tenido. El pago de la primera cuota de enero como NRUS deberá hacerse dentro de los plazos de vencimiento que la administración pública cada año, ya que sólo así el acogimiento será válido. La norma establece también algunas causales de exclusión a considerar, como por ejemplo si el contribuyente decide abrir una sucursal de su negocio, o si sus activos fijos superan los S/70,000.00, además de algunas actividades económicas definidas en el Texto Único Ordenado del Régimen. Por otro lado, el NRUS define en su Ley, una “Categoría Especial” para aquellos contribuyentes cuyas ventas y/o adquisiciones no superen los S/60,000.00 anuales y que además se dediquen a actividades como: • Venta de hortalizas, frutas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC. 6 • Cultivo de productos agrícolas y vendan sus productos en estado natural. Estos contribuyentes están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual y su pago es 0. 1.1.2. SUNAT La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) creada por Ley No. 24829, “es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y tiene autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa”. La profunda reforma a la que la Superintendencia fue sometida en el año 1992 gracias al Decreto Legislativo 771, permitió que ésta se convirtiera en una institución moderna y ágil, con procesos más eficientes y también con mayores atribuciones. Su norma contempla entre sus funciones más importantes, la recaudación y administración de los tributos nacionales (IGV, IR, entre otros), además de otros tributos que por convenio se compromete a recaudar. Esta recaudación de los tributos más relevantes de la caja fiscal coloca a la SUNAT como un ente proveedor de 1era línea de los ingresos que el estado requiere para manejar con solvencia y holgura las actividades en beneficio de la población (seguridad, salud, educación). De allí la importancia de asegurar el correcto y oportuno pago por parte de los contribuyentes, por tanto, norma, regula y sanciona, según la ley, el incumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras. Tiene además otras funciones que se le han sido asignadas en la medida que la institución ha ido consolidándose, como la fiscalización de determinados insumos químicos, el tráfico de mercancías desde y hacia nuestro país, con el fin de apoyar en la reducción del narcotráfico por un lado y evitar el contrabando por el otro. Por tanto, las tareas desarrolladas por la administración tributaria son fundamentales ya que buscan asegurar al estado, los recursos necesarios para mantener un adecuado manejo fiscal y facilita la reducción del delito tributario y aduanero. Es menester añadir, que para que todo este complejo sistema funcione, la SUNAT cuenta con centros de servicio y orientación a los 7 contribuyentes, los mismos que son asistidos de manera presencial, telefónica y/o virtual para el cumplimiento del pago de sus tributos. De esta manera, las reformas, permitieron reducir en gran medida el número de tributos que existía y se diseñó un sistema tributario como el que se muestra a continuación: Fuente: SUNAT Elaboración: SUNAT 1.1.3. Baja La RAE define este término como la “disminución del precio, valor y estimación de algo. En el contexto de la recaudación, se entiende como la obtención de tributos muy por debajo de los estándares esperados que sería del 100% de los contribuyentes acogidos al NRUS. 1.1.4. Impuesto a la Renta de Tercera Categoría Figura 1. Sistema Tributario Nacional 8 El impuesto a la renta es un impuesto directo que se aplica a los negocios desarrollados tanto por personas naturales como por personas jurídicas. Cuando se combina la inversión (capital) y el trabajo desempeñado por los colaboradores, estamos hablando de un negocio o empresa, cuyos ingresos estarán sujetos al cálculo de un tributo que se deberá pagar al estado de manera mensual, en algunos casos como adelanto, y que se regularizará anualmente. Su ámbito de aplicación, obligaciones, beneficios y sanciones están contemplados en la Ley diseñada específicamente para este fin mediante Decreto Supremo 179-2004-EF, en los artículos 28, 37 al 44, y su reglamento. Su incidencia en el total recaudado en los ingresos fiscales se puede apreciar en la figura 02, donde notamos que los ingresos de renta de tercera categoría representan en promedio el 34% del total de lo recaudado en Impuesto a la Renta, en los ejercicios 2015 al 2019, lo que denota su significancia en la viabilidad de la ejecución presupuestaria del país. Figura 2. Ingresos tributarios del Gobierno Central 2015-2019. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Respecto a sus tasas hasta el 2014, la tasa aplicable era de 30%, el 2015-2016 era de 28%, y del 2017 en adelante, la cifra es de 29,5%. Además, su nivel de 0 % % 10 % 20 % 30 40 % % 50 % 60 Impuesto a la Renta A la Producción y Consumo A la Importación Otros Ingresos Ingresos Tributarios del Gobierno Central 2015 - 2019 2019 2018 2017 2016 2015 9 cumplimiento está en constante fiscalización teniendo en cuenta su relevancia en la estructura de ingresos fiscales del país. En nuestro sistema tributario coexisten 4 regímenes como ya lo hemos mencionado, siendo el Régimen General y el Mype Tributario los que mayor incidencia en la recaudación tienen al tener mayores obligaciones tributarias, por ende, son más controlados y fiscalizados por la Administración. Por el contrario, el Régimen Especial de Renta y el NRUS registran una recaudación menor, por ello, son menos atendidos por la SUNAT, cabe precisar, que el NRUS es el régimen que mayor número de contribuyentes alberga como lo podemos apreciar en la figura 3 y 4, aquí radica la importancia del estudio, dado que este régimen es un primer paso a la formalización y la Administración debería de proporcionar mecanismos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, asimismo, establecer óptimos dispositivos de control que mejoren la recaudación. Figura 3. Contribuyentes de los 4 regímenes tributarios 2015-2019. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 10 Figura 4. Ingresos tributarios por régimen 2015-2019. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 1.3. Arquitectura del problema 1.3.1. Magnitud del problema (ingresos proyectados vs real) Analizando la información estadística publicada por SUNAT respecto a los ingresos recaudados por el NRUS y la cantidad de contribuyentes que ésta comprende, se observa que, en el lapso de los años estudiados, la recaudación ha estado muy por debajo de lo que mínimamente se debería recaudar. A efectos de realizar la proyección de lo de lo que se debería recaudar, se han considerado aspectos fundamentales como: i) Cantidad de contribuyentes activos, es decir, en la data analizada no se están considerando los contribuyentes en estado suspensión temporal, baja provisional, baja definitiva, baja provisional de oficio y baja definitiva de oficio. La Resolución de Superintendencia N.º 203- 2006/SUNAT, que establece “los supuestos en que se exceptuará a los deudores tributarios de presentar las declaraciones mensuales del IGV, de los 11 pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, del RER y del Nuevo RUS”. Dicha resolución exceptúa de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría - Régimen General, del Impuesto General a las Ventas, del Régimen Especial del Impuesto a la Renta, del Nuevo RUS, cuando los contribuyentes hubieran suspendido temporalmente sus actividades o dejado de realizar las actividades generadoras de obligaciones tributarias. ii) Cantidad de contribuyentes que pertenecen a la “Categoría Especial del NRUS”, dicha información fue obtenida a través de la solicitud presentada de acceso a la información pública de la SUNAT (Formulario 5030). Cabe precisar, que para que el contribuyente pueda acogerse a esta categoría deberá presentar el Formulario 2010 en cualquier agencia del Banco de la Nación, el formulario tiene carácter de declaración jurada, por lo que debe ajustarse a la verdad y puede ser fiscalizada por la SUNAT posteriormente. Tabla 2. Contribuyentes registrados en el padrón RUC de la SUNAT que comunicaron pertenecer al Régimen Especial del NRUS (2015-2019). AÑO CANTIDAD DE CONTRIBUYENTES 2015 534 2016 472 2017 586 2018 466 2019 411 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Se ha realizado la proyección de lo que se debería recaudar, considerando la cantidad de contribuyentes activos registrados, exceptuando la categoría especial del NRUS, multiplicado por la cuota mínima de 20 soles (1era categoría), y restándole a este producto, la cantidad de ingresos reales 12 recaudados se obtiene que en lapso de los 5 años proyectados (2015-2019) la SUNAT ha dejado de recaudar S/ 560,928,094.00 de soles. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Tabla 3. Montos no recaudados 2015-2019. MONTOS NO RECAUDADOS 2015 57,115,379 2016 70,270,072 2017 127,616,216 2018 140,730,230 2019 165,196,197 TOTAL 560,928,094 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 1.3.2. Participación en la recaudación por departamentos en los años 2015 – 2019 Con el fin de tomar mejores decisiones respecto a la solución del problema público, consideramos sumamente importante conocer las características de los contribuyentes del NRUS, por lo que, de la información analizada se observa que Figura 5. Real vs Proyectado 2015-2019 13 el comportamiento de la recaudación por departamentos sigue una misma tendencia a lo largo de los años estudiados, siendo Lima el departamento con mayor recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado con un promedio de 40.12% de participación. Por otro lado, los departamentos con participación menor al 1% son: Huancavelica, Amazonas, Pasco, Moquegua, Madre de Dios, Ucayali y Apurímac. Tabla 3. Porcentajes de participación de recaudación por departamento. DEPARTAMENTO 2015 2016 2017 2018 2019 PROMEDIO HUANCAVELICA 0.46% 0.49% 0.54% 0.55% 0.56% 0.52% AMAZONAS 0.48% 0.50% 0.62% 0.67% 0.68% 0.59% PASCO 0.54% 0.55% 0.66% 0.68% 0.68% 0.62% MOQUEGUA 0.69% 0.71% 0.71% 0.67% 0.69% 0.69% MADRE DE DIOS 0.84% 0.88% 0.98% 0.99% 0.90% 0.92% UCAYALI 0.89% 0.83% 1.02% 1.03% 1.04% 0.96% APURIMAC 0.91% 0.94% 1.00% 1.05% 1.04% 0.99% LORETO 0.95% 0.92% 1.07% 1.06% 1.04% 1.01% TUMBES 1.15% 1.17% 1.05% 1.03% 1.01% 1.08% AYACUCHO 1.34% 1.39% 1.61% 1.66% 1.64% 1.53% HUANUCO 1.51% 1.52% 1.70% 1.78% 1.74% 1.65% SAN MARTIN 1.53% 1.55% 2.00% 2.01% 1.96% 1.81% CAJAMARCA 2.09% 2.21% 2.31% 2.37% 2.35% 2.27% TACNA 2.36% 2.40% 2.19% 2.20% 2.20% 2.27% ANCASH 2.43% 2.52% 2.80% 2.89% 2.93% 2.72% CALLAO 2.68% 2.63% 2.78% 2.78% 2.74% 2.72% PUNO 2.76% 2.70% 2.79% 2.83% 2.88% 2.79% ICA 2.98% 3.11% 3.15% 3.24% 3.26% 3.15% JUNIN 3.75% 3.75% 4.14% 4.29% 4.27% 4.04% PIURA 4.83% 4.86% 4.59% 4.56% 4.48% 4.66% LAMBAYEQUE 4.82% 4.76% 4.73% 4.76% 4.86% 4.79% CUSCO 5.78% 5.97% 5.59% 5.51% 5.42% 5.65% LA LIBERTAD 6.32% 5.98% 5.76% 5.82% 5.88% 5.95% AREQUIPA 6.52% 6.34% 6.48% 6.54% 6.59% 6.49% LIMA 41.39% 41.31% 39.72% 39.05% 39.16% 40.12% Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 14 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 1.3.3. Ingresos tributarios según actividades económicas que desarrollan los contribuyentes del NRUS En el siguiente gráfico se detalla los ingresos tributarios según actividad económica. En primer lugar, el sector comercio es el que concentra mayor cantidad de ingresos del NRUS, en promedio un 59%, este sector se subdivide en comercio al por mayor y menor, siendo este último el más importante debido a la concentración de gran número de contribuyentes. En segundo lugar, encontramos el sector de “otros servicios” con una recaudación promedio del 33% respecto al total. Por último, el sector manufactura tiene una menor incidencia con una participación del 6% del total de ingresos. Figura 6. Promedio de porcentajes de recaudación por departamentos 2015-2019. 15 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia En base a las estadísticas revisadas, observamos que el departamento de Lima es el que tiene mayor incidencia en la recaudación del NRUS, y a lo largo del periodo estudiado podemos ver que el porcentaje de la recaudación ha variado entre 41% y 39% del total. Si profundizamos en el análisis, vemos que Lima provincia, ha tenido una recaudación importantísima por encima del 91%. A nivel distrital, Lima Cercado y La Victoria son los distritos que concentran la recaudación más alta, y su sumatoria de ingresos oscila alrededor del 20% respecto del total de recaudación de Lima provincia. Figura 7. Ingresos tributarios según actividad económica – NRUS 2015- 2019. 16 1.3.4. Ingresos recaudados en relación al número de contribuyentes del NRUS En esta dimensión se analizan los ingresos recaudados en relación al número de contribuyentes, variables que presentan un comportamiento inversamente proporcional, ya que a lo largo de los 5 años estudiados (2015-2019), el número de contribuyentes ha aumentado, y los ingresos recaudados han sufrido un descenso. A pesar de que el proceso de pago resulta más sencillo en comparación con los otros regímenes, porque la única consideración que debe tener el contribuyente es el nivel de compras y/o ventas para situarse en una de las categorías del régimen. Asimismo, la Administración Tributaria pone a disposición del contribuyente distintos canales de pago como el presencial, vía internet y por teléfono móvil. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia En el gráfico se muestra que en el año 2015 el número de contribuyentes fue de 1,022,467, número que fue incrementándose a lo largo de los 4 años siguientes alrededor de 5.5% en promedio. De esta forma se llega al 2019 con 1,279,243 de contribuyentes, que comparándolo con el 2015, el número de contribuyentes aumentó en 256,776. Figura 8. Nº de contribuyentes NRUS 2015-2019. 17 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Este gráfico refleja la cantidad de ingresos recaudados en los 5 años de estudio, donde claramente se visualiza un descenso en los ingresos a partir del año 2017, año que hubo una variación respecto al año 2016 de -32%, monto que en números representa S/.44,918,584.00 (Cuarenta y cuatro millones novecientos dieciocho mil quinientos ochenta y cuatro y 00/100 soles), del mismo modo se observa un índice negativo en los ingresos para el año 2018, el cual constituye un monto de S/ 6,863,994.00 (Seis millones ochocientos sesenta y tres mil novecientos noventa y cuatro y 00/100 soles), teniendo una variación de -5% con respecto al año anterior. Sin embargo, para el año 2019 se obtuvo una ligera recuperación del 1% respecto al año 2018. De lo desarrollado anteriormente, se concluye que, a pesar de que el incremento de contribuyentes ha sido constante, los ingresos no tuvieron los mismos resultados, y esto se ve reflejado a mayor profundidad en el año 2017. Es necesario mencionar que según las investigaciones que hemos realizado, en ese año se presentaron dos hechos importantes: 1) Reducción de categorías en el NRUS, de 5 a 2 categorías, teniendo claramente una reducción de la cuota mensual máxima de S/ 600.00 a S/ 50.00 soles; 2) Inicio del Régimen Mype Figura 9. Ingresos tributarios NRUS 2015-2019. 18 Tributario, el mismo que se creó para brindar beneficios y/o facilidades a los empresarios que quisieran desarrollar una actividad empresarial. Por otra parte, teniendo en cuenta la estacionalidad en los ingresos, el siguiente cuadro muestra los ingresos por mes desde el año 2015- 2019. Se puede observar que los picos en los pagos se registran en el mes de enero en todos los años, manteniéndose estable el resto de los meses. Este comportamiento podría deberse a que los contribuyentes tienen una mejor predisposición para el pago post campaña navideña, al contar con mayor liquidez por el incremento de sus ventas, lo que ubica a los contribuyentes en la segunda categoría (cuota S/50.00). Tabla 4. Ingresos mensuales del 2015-2019. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Fuente: SUNAT Elaboración: Propia AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 2015 29.0 23.4 23.7 24.4 24.3 25.0 25.3 26.4 26.8 26.7 27.2 27.5 2016 32.5 26.3 25.9 26.8 28.0 26.8 26.5 29.3 28.6 28.0 27.9 28.3 2017 33.5 25.4 24.2 23.2 25.9 25.6 25.3 27.4 27.4 28.2 28.5 28.1 2018 34.8 28.0 26.2 28.5 28.9 27.3 28.7 28.1 28.1 28.7 28.5 28.3 2019 34.3 28.6 26.4 27.4 28.1 26.6 29.4 29.3 30.3 30.4 31.7 31.3 Figura 10. Comportamientos de los pagos del NRUS 2015-2019. 19 Los contribuyentes se encuentran obligados a realizar la declaración y pago de sus impuestos según el último digito de su RUC, en las fechas establecidas según cronograma SUNAT. Las modalidades de pago de las cuotas mensuales del NRUS son diversas: pago por internet, con teléfono celular o de manera presencial. • Por internet, se realiza ingresando con el clave sol a la página web de la SUNAT, el pago puede efectuarse usando tarjeta de crédito o débito. • Desde tu teléfono celular/móvil, utilizando la billetera electrónica, desde cualquier celular, marcando el *838#. • Presencialmente en agentes bancarios o en bancos autorizados, puedes acercar de manera presencial a bancos y agentes autorizados. Deberás entregar la siguiente información: o Número de RUC o Periodo tributario o Total de ingresos brutos del mes o Total compras del mes o Indicar si es la primera vez que realiza el pago para ese periodo o Indicar la categoría que corresponde (categoría 1, cuota S/20.00) y (categoría 2, cuota S/50.00) o Monto a compensar por percepciones que hubiesen efectuado. o Importe a pagar La norma no exige que el pago se realice con la guía de pago fácil. Sin embargo, este formulario es exigido por las entidades bancarias y algunos agentes autorizados. Marco institucional y normativo relacionado con el problema 20 1.3.5. Marco normativo Tabla 5. Marco normativo relacionado con el problema público. Problema identificado: Baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado en los periodos 2015 al 2019, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. Norma ¿Cuáles son los componentes de la norma? ¿Cómo se relaciona con el problema público y en que artículos específicos? • Ley del NRUS (Decreto Legislativo 937) -Comprende los requisitos que deben cumplir los acogidos, quienes no pueden acogerse, los impuestos que contiene, los comprobantes a emitir, cómo categorizarse, cómo hacer el pago, entre otros detalles del régimen. - El objetivo de la norma es mejorar la recaudación tributaria, lo que se vincula directamente con el propósito de nuestro proyecto. • Decreto Legislativo 1270 publicado el 17. 12.2016 -Comprende la modificación de la tabla de categorías, reduciéndolas de 5 a 2. Siendo, la categoría 1 para contribuyentes que registren ventas y/o compras mensuales hasta S/ 5000.00 soles y la categoría 2 para ventas y/o compras mensuales de S/ 5001.00 hasta S/ 8000.00 soles. -Esta norma bajó drásticamente el monto de las cuotas por pagar de los contribuyentes, sin embargo, el índice de morosidad se mantuvo, lo que 21 indica, de acuerdo a nuestro proyecto, que la baja recaudación obedece a un incentivo al incumplimiento (falta de fiscalización) y no a la falta de dinero. - Articulo 8 de la norma. • Reglamento del NRUS, aprobado por Decreto Supremo No.097-2004-EF publicado el 21.07.2004 -Comprende las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo No 937 para su operatividad. -El reglamento define como opera el régimen, por tanto, conocerlo nos permite saber que tan bien está funcionando éste. • Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo 133-2013-EF publicado el 22.06.2013 -Comprende el marco regulatorio del sistema tributario en general, aquí se determinan todas las obligaciones a que están sujetos todos los afectos al pago de impuestos: cómputo de plazos, nacimiento de la obligación, tributaria, infracciones, domicilio fiscal, etc. - Es un referente jurídico, que nos va a permitir diseñar un prototipo, sin vulnerar la norma ya determinada. • Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia No. 007-99 SUNAT publicada el 24.01.1999 - Comprende las características y especificaciones que deben contener los comprobantes de pago emitidos por los contribuyentes acogidos en este régimen. -Los comprobantes emitidos por los contribuyentes del NRUS, constituyen 22 un insumo para las fiscalizaciones consideradas en nuestro proyecto. • Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo 085-2007-EF -Comprende la finalidad del procedimiento de fiscalización, las fases del mismo, los documentos que se deben notificar, causales de su suspensión, plazos, y otros. - Al conocer las atribuciones del fiscalizador durante el procedimiento, nos permitirá saber el margen de acción que éste tiene y puede aplicar. • Resolución de Superintendencia 279- 2019/SUNAT. - Establece que, a partir del 01 de junio del 2022, todos los contribuyentes deberán emitir boletas de venta electrónicas. - Se vincula porque la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos permitirá una fiscalización más ágil y con menores costos. Elaboración: Propia 1.3.6. Marco institucional Tabla 6. Marco institucional relacionado con el problema público. Problema identificado: Baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado en los periodos 2015 al 2019, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. 23 Denominación de Entidades ¿Cuáles son sus funciones? ¿Cuáles son sus funciones con respecto al problema público abordado? Base normativa • Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) -“Es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que cuenta con personería jurídica de derecho público, patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa. - La finalidad de la SUNAT es administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por Ley o de acuerdo con los convenios interinstitucionales que se celebren, proporcionando los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurando la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia y combatiendo los Creada por Ley No. 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo No. 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT. 24 delitos tributarios y aduaneros conforme a sus atribuciones”. • Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) - La ley orgánica del Ministerio de economía y finanzas define en su artículo 5, las funciones principales de este ministerio, comprendiendo todo aquello que atañe al manejo fiscal del país, políticas monetarias, tributaria, del presupuesto, etc., de manera que, bajo una gestión responsable y disciplinada, se logre un entorno económicamente estable que consiga atraer tanto inversión privada como extranjera, y se garantice un adecuado y progresivo crecimiento y desarrollo del país. Creado el 03 de agosto de 1821 por don José de San Martín como Ministerio de Hacienda, nombre que fue modificado en 1969. • Banco de la Nación (BN) -El Banco de la nación es la institución financiera que representa al estado para todas aquellas transacciones económicas y financieras en las que éste está involucrado. Por ejemplo, en el otorgamiento de créditos con recursos del Fue creado el 27 de enero de 1966, mediante la Ley 16000. 25 estado, recepción de créditos nacionales y extranjeros, como caja para la provisión de pagos a funcionarios del estado, como recaudador de algunos tributos y tasas aduaneras, etc. Por su naturaleza, está adscrito al Ministerio de economía y finanzas. -El Banco de la Nación representa la parte ejecutora y operativa de nuestro proyecto. Los préstamos asequibles a contribuyentes del NRUS, como parte del incentivo para motivar el pago oportuno de sus impuestos, serán evaluados, tramitados y otorgados por esta entidad, por lo que representa un pilar importante dentro de las Instituciones que viabilizarán la puesta en marcha de este proyecto. Elaboración: Propia 1.3.7. Políticas públicas generales 26 Tabla 7. Políticas públicas generales relacionadas con el problema público. Problema identificado: Baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado en los periodos 2015 al 2019, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. Denominación de las políticas públicas generales ¿Cuál es el objetivo de este documento de gestión? ¿Cuáles son sus componentes? ¿Cuáles son sus planteamientos con respecto al problema público abordado? • La Política General de Gobierno (PGG) -Representa el camino o ruta a seguir por el gobierno y para el período 2021-2026 (Decreto Supremo 164-2021-PCM) comprende 10 ejes, con sus lineamientos prioritarios y líneas de intervención. Entre estos ejes tenemos: • “Generación de bienestar y protección social con seguridad alimentaria • Reactivación económica y de actividades productivas con desarrollo agrario y rural • Impulso de la ciencia y tecnología e innovación • Fortalecimiento del sistema educativo y recuperación de los aprendizajes • Descentralización, fortalecimiento institucional y del servicio civil • Fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotráfico y terrorismo, etc”. Como se puede apreciar, para el desarrollo de estos ejes, el Estado Peruano, específicamente el gobierno, necesita de recursos económicos para asumir las responsabilidades que el cumplimiento 27 que cada eje requiere, con el fin de brindar servicios de calidad y de manera oportuna. Por ello, los impuestos juegan un rol fundamental en las finanzas públicas de todo país, en especial, en los países emergentes, donde los tributos constituyen la mayor fuente de sus ingresos que les permiten financiar sus obligaciones. Estas obligaciones son con sus ciudadanos, pero también con organismos internacionales como consecuencia de los préstamos otorgados, por ello los recursos recaudados, nos permiten hacer frente a todos los compromisos asumidos y recuperar la estabilidad fiscal en las finanzas públicas. -En esta línea, el presente proyecto plantea analizar las causas del incumplimiento tributario de los contribuyentes del NRUS y proponer soluciones que reviertan este comportamiento, de tal forma que la Administración pueda tener una mayor recaudación, por ende, beneficiar al Estado, y a la población. La recaudación de mayores recursos (aquellos dejados de recaudar en el NRUS), permitirá, redistribuir de manera más equitativa los ingresos a través del gasto “destinando los recursos obtenidos a las prioridades de mejora de la salud, la educación y las necesidades básicas cerrando las enormes brechas sociales persistentes” (línea de intervención 2.2.4 del eje 2 de la PGG). Elaboración: Propia 1.3.8. Políticas públicas específicas 28 Tabla 8. Políticas públicas específicas relacionadas al problema público. Problema identificado: Baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado en los periodos 2015 al 2019, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. Políticas públicas especificas ¿Cuál es el objetivo de este documento de gestión? ¿Cuáles son sus componentes? ¿Cuáles son sus planteamientos con respecto al problema publico abordado? • Marco Macroeconómico Multianual 2023- 2026 (MMM) aprobado en Sesión de concejo de ministros el 24 de agosto de 2022. - Contiene diagnósticos, políticas públicas específicas y proyecciones del panorama económico nacional e internacional. Siendo en materia tributaria lo siguiente: • La política fiscal busca en el mediano plazo, “en la medida que se genere una recuperación sostenida de la actividad económica, se trabajará en medidas de administración tributaria y de política tributaria”. Esto teniendo en cuenta que los ingresos del gobierno general en el período 2010-2019 fueron del 20.6% del PBI, y en el 2021 pese a la pandemia fueron de 21%, muy por debajo del promedio latinoamericano cuyo promedio 2010-2021 es del 28% del PBI. El MMM afirma que, entre otras causales, se debe principalmente al incumplimiento tributario. Sin embargo, señala que “existe espacio para incrementar los ingresos fiscales permanentes en el mediano plazo sin vulnerar los principios de suficiencia, eficiencia, equidad, neutralidad y 29 simplicidad del sistema tributario, reduciendo asimismo los costos de cumplimiento. Por ejemplo, a través de perfeccionar el diseño de regímenes tributarios, además de solucionar problemas estructurales como los bajos niveles de inclusión financiera. -Como se aprecia la política de ingresos del estado contempla mejorar los regímenes tributarios para reducir el incumplimiento tributario, considerando trabajar en aumentar los niveles de inclusión financiera, medida contemplada en nuestro proyecto ya que los contribuyentes del NRUS adolecen en su mayoría de este problema. La propuesta comprende cumplimiento tributario acompañado de su inclusión en el sistema financiero. • Política Tributaria - El MMM señala que en el 2020 el país sufrió una caída de la recaudación que llegó a 12,9% del PBI, esto como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 y a las medidas de alivio financiero que se otorgaron a los contribuyentes. El 2021 tuvo una recuperación tanto en la actividad económica como en los precios de los commodities, lo que permitió alcanzar una recaudación del 16,0% del PBI. Por lo que, el MMM establece que “es necesario mantener como objetivo principal de la política tributaria el fortalecimiento del sistema tributario nacional sobre la base de los principios de suficiencia, eficiencia, equidad, neutralidad y simplicidad, y abordar el problema de la baja recaudación y el incumplimiento tributario. 30 Como se puede ver, el MMM hace un análisis y diagnóstico de la economía peruana y, diseña en base a esa información, las políticas de mediano y largo plazo. Los objetivos contenidos en dichas políticas tienen que ver con la generación del riesgo al contribuyente a través de las fiscalizaciones, por otro lado, generar también beneficios, a través de algunos incentivos que estimulen a que los afiliados tributen. Para lo cual, se necesitan recursos, por lo que el MMM propone insistir en el incremento de la recaudación a través del aumento de la presión tributaria, ya que tanto la evasión como la elusión, son bastante significativas en nuestro país, y el empuje fiscal descansa en unos pocos contribuyentes. La reingeniería propuesta por el ejecutivo a través del MMM, busca pues, contar con recursos que faciliten el desarrollo de las actividades propias del estado, es así que además de las fiscalizaciones, los incentivos, en relación con la actitud del contribuyente, se apunta también a recomponer aquello que no ha estado funcione. Es en esa línea, a la par de quienes sustentamos el presente proyecto, se formula el rediseño del NRUS, para mejorar su eficacia, así como de los regímenes que necesiten ser replanteados. Elaboración: Propia 31 Capítulo II: Causas del problema Después de haber identificado el problema público se procedió a desarrollar las causas del mismo, teniendo en cuenta un marco teórico referente a la baja recaudación del nuevo régimen único simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019, y luego se realizó el análisis causal del problema. 2.1. Marco teórico sobre las causas del problema Tabla 9. Matriz del marco teórico de las causas del problema. Denominación del articulo Autor Revista/ Fuente Año de publicación Link Causas identificadas Evaluación de la capacidad recaudatoria del sistema tributario y de la evasión tributaria Michael Jorratt de Luis (1996: 83-87) Servicio de Impuestos Internos (Chile) 1996 https://w ww.ciat. org/Bibli oteca/C onferen ciasTec nicas/19 96/Espa nol/Italia - Jorrat responsabiliza directamente a la administración tributaria de la evasión de impuestos, pues afirma que una de las causas de dicha evasión se mide por cuán eficaz es la institución. Esto es, que tan competente puede ser el ente recaudador en sus políticas de detección de la sub-declaración por ejemplo, o de diversas formas de evadir al fisco. Si la evasión existe, es, entre otros factores, ocasionada por la ineficacia de quien se encarga no sólo de la detección sino de aplicar https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf 32 _viterbo 1996_te ma_1- 4_chile. pdf sanciones enérgicas que generen riesgo, control, y disuasión. - La complejidad del sistema tributario es sinónimo de dificultad para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, en tal sentido, esto se puede traducir en mayores costos económicos y mayor tiempo dedicado a poder entender las leyes e instructivos que rigen el sistema tributario. - Siguiendo la misma línea argumentativa, Jorrat no minimiza la fiscalización como instrumento poderoso de disuasión del delito tributario, pese a reconocer que sólo la administración tributaria es la indicada para detectarla y sancionarla. Por el contrario, la considera junto con la aplicación de sanciones como ejes desalentadores de la evasión, siempre que las sanciones vayan en proporción con el delito y no se conviertan en elementos de posibles colusiones contribuyente-fiscalizador. https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf https://www.ciat.org/Biblioteca/ConferenciasTecnicas/1996/Espanol/Italia_viterbo1996_tema_1-4_chile.pdf 33 - Por otro lado, Jorrat habla de lo fundamental de la aceptación del sistema tributario por parte de la población. en ese sentido, cabe destacar que la justicia y equidad son 2 de los principios que todo sistema debe tener, entendiendo que los tributos deben considerar tiempo y espacio en el que se aplican, niveles de ingresos, realidad económica, entre otros, de tal forma que los contribuyentes puedan cumplir dentro de los cánones de lo posible y de lo real. tener en cuenta todos estos parámetros, permitiría que tributar resultaría menos difícil y reduciría los niveles de evasión según el autor. Evasión y equidad en América Latina Michael Jorratt y Andrea Podestá Naciones Unidas- CEPAL 2010 https://w ww.cep al.org/e s/public aciones/ 3762- evasion- equidad - Jorrat afirma que la sub-declaración es una forma de evasión, y considera además que muchas veces esta sub-declaración es involuntaria debido al desconocimiento de los declarantes o a lo confuso del sistema, sin embargo, es importante añadir que la tributación peruana no contempla como atenuante de la evasión el desconocimiento de la norma. https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina 34 - america -latina - Definen que, por el uso abusivo de la legislación, aprovechándose de vacíos legales, los contribuyentes terminan distorsionando las reglas del sistema tributario, obteniendo ventajas tributarias que la autoridad nunca intentó dar. Evasión tributaria: atentado a la equidad Yañez Henríqu ez Centro de estudios tributarios Universida d de Chile 2015 https://r evistaes tudiostri butarios .uchile.c l/index.p hp/RET/ article/vi ew/3987 4/41444 - Yañez hace una interesante afirmación: dice que el contribuyente, al considerar muy pocas las probabilidades de ser detectado, elige evadir y quedarse con la suma que dejó de pagar al fisco, no obstante, concluye,que dicha suma tendrá que ser restituida en algún momento cuando este contribuyente sea descubierto y sancionado. La política tributaria heterodoxa en Gonzále s Darío Instituto Latinoamer icano y del Caribe de 2009 https://w ww.cep al.org/sit es/defa - En la misma dirección que Jorrat y otros, González señala que la deficiente fiscalización hace que se diseñen regímenes poco prácticos y que conllevan a evasiones y distorsiones del sistema. https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://www.cepal.org/es/publicaciones/3762-evasion-equidad-america-latina https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/39874/41444 https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf 35 los países de América Latina Planificaci ón Económica y Social (ILPES) ult/files/ publicati on/files/ 7325/S0 900019 _es.pdf Regímenes que son reacios al control, regímenes que resultan ser extremadamente costosos, regímenes que aportan cuotas irrisorias, regímenes con altos índices de morosidad y regímenes con alto índice de evasión. Articulo: ¿Por qué pagamos impuestos? Sin autor Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) 2014 https://w ww.caf. com/es/ actualid ad/notici as/2014 /05/por- que- pagamo s- impuest os/ - El Banco de Desarrollo de América Latina señala que los recursos que los estados de la región dejan de recaudar afectan considerablemente a sus economías, pues se imposibilita cumplir con todo aquello que han planificado. El estado como ente proveedor de servicios como educación, seguridad, salud, se ve perjudicado ya que una de las mayores fuentes de financiamiento de los gobiernos no cumple con aportar lo proyectado, esto, afirma como resultado de una deficiente fiscalización de la administración tributaria. El “enforcement” no se aplica con la rigurosidad necesaria para combatir la evasión y poder contar con los medios indispensables para el funcionamiento de los estados de la región. https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/7325/S0900019_es.pdf https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2014/05/por-que-pagamos-impuestos/ 36 ¿Cuáles son las causas de la evasión tributaria? Alfredo Collosa Centro Interameric ano de Administra ción Tributaria 2019 https://w ww.ciat. org/cual es-son- las- causas- de-la- evasion- tributari a/ Señala que las causas varían de país a país, y que dentro de un país varían según el tiempo y momento de su historia. En 2019, Collosa cita las siguientes causas: - Estructura propia del sistema tributario de los países. - Anárquica distribución de facultades entre los distintos niveles de gobierno, en especial en países federales. - Bajo nivel educacional de la población. - Falta de simplicidad y precisión de la legislación tributaria. - La inflación. - Presión tributaria – elevadas alícuotas. - Existencia de una economía informal significativa. - Posibilidad de dejar de cumplir sin mayores riesgos. - Regímenes promocionales (incentivos fiscales, exenciones y gastos tributarios). - Falta de difusión del uso de los recursos provenientes de los tributos. - Falta de conciencia tributaria de los ciudadanos. - Ineficiencia de las propias Administraciones Tributarias (AATT). https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ https://www.ciat.org/cuales-son-las-causas-de-la-evasion-tributaria/ 37 - Existencia de paraísos fiscales (jurisdicciones de nula o baja tributación, jurisdicciones no cooperantes). Sin embargo, luego de enumerar las causas del incumplimiento tributario en AL, Collosa afirma estar de acuerdo con Jorrat en que las variables que influyen en mayor medida en mejorar el fenómeno del incumplimiento son: la eficacia de la fiscalización por parte de las AATT, el sistema de sanciones, la simplicidad de la estructura tributaria y la aceptación del sistema tributario. El fraude fiscal en México: una revisión de sus causas y motivaciones Patricia Gutiérre z Moreno y Jacobo Gerardo Reyes Salinas Revistas Centro Universitari o de la Costa 2021 https://r evistasc ientifica s.cuc.ed u.co/eco nomicas cuc/artic le/view/ - Señala que en México el fraude fiscal ha quebrantado la confianza de los contribuyentes que si cumplen con sus obligaciones y exponen las causas que la explicarían: a) enfatiza la ética del individuo, la cual permite que el ciudadano acate las leyes y comprenda que la tributación es el camino para lograr el desarrollo de su país; b) la premeditación por parte de los contribuyentes a sub declarar sus ingresos o utilizar mecanismos para pagar menos de lo que les https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 38 3155/40 17 corresponde, llevando por ejemplo una doble contabilidad; c) falta de educación fiscal, lo cual genera que ante el desconocimiento de la normatividad tributaria los ciudadanos comentan errores involuntarios y se obstaculice el cumplimiento de sus obligaciones. La cultura tributaria como medida para elevar los niveles de recaudación de impuestos en Panamá Martíne z Gonzále z, C. Revista FAECO Sapiens 2020 https://d oi.org/1 0.48204 /j.faeco. v3n2a1 Martínez Gonzáles, en un artículo titulado “La cultura tributaria como medida para elevar la recaudación de impuestos en Panamá” de la Revista “Faeco Sapiens”, cita a algunos autores que respaldan la estrategia de apoyarse en la cultura tributaria como el soporte para obtener una mejor recaudación. De esta manera cita a: - Gómez y Macedo (2008, p.149): “La educación tributaria debe darse desde la educación inicial, debido a que los diversos aspectos del desarrollo del niño abarcan el crecimiento físico, los cambios sicológicos y emocionales y la adaptación social” https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/3155/4017 https://doi.org/10.48204/j.faeco.v3n2a1 https://doi.org/10.48204/j.faeco.v3n2a1 https://doi.org/10.48204/j.faeco.v3n2a1 https://doi.org/10.48204/j.faeco.v3n2a1 https://doi.org/10.48204/j.faeco.v3n2a1 39 - Chía, Gómez, López y Porras (2019, p.50): “la cultura tributaria, necesariamente debe ser implementada en las instituciones educativas, en o desde los hogares y con la cooperación de todos los actores sociales, ya que desde temprana edad los menores conocerán sobre la importancia de respetar el pago de los tributos” esto, en consonancia con que una falta de esta cultura conducirá inevitablemente a una muy baja recaudación. Es en base a éstos, y otros autores que Martínez afirma que la población al no conocer sus responsabilidades como sujetos pasivos de las obligaciones tributarias, además de los vacíos o lagunas de la ley y del incumplimiento de los objetivos anunciados por las AATT, impiden una recaudación adecuada. 40 La evasión Tributaria Jorge Cosulic h Ayala Proyecto Regional de Política Fiscal CEPAL- PNUD 1993 file:///C:/ Users/N athaly/D ownload s/S9300 143_es. pdf Coasulic explica las causas de la evasión tributaria las cuales coinciden en su mayoría con otros autores ya mencionados. Causas como la falta de conciencia tributaria: algo difícil de inculcar en la población si tenemos en cuenta los abultados casos de corrupción de los gobiernos que generan desconfianza y malestar. Menciona también lo complicado de un sistema difícil de entender y por tanto de aplicar, así como la fiscalización ineficiente por parte de la administración y que facilita a los administrados a cometer evasión, convirtiéndose esta mala gestión en un incentivo perverso para el incumplimiento tributario. Elaboración: Propia Podemos concluir entonces en línea con lo determinado por los autores que, en el actual contexto peruano, son diversas las problemáticas que enfrenta una eficiente recaudación, como son, la falta de un adecuado control y fiscalización, la falta de una file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf file:///C:/Users/Nathaly/Downloads/S9300143_es.pdf 41 constante difusión de la norma ( aquí es importante enfatizar que aunque la ley establece que el desconocimiento de la norma no es causal para su incumplimiento, una permanente y oportuna publicidad, divulgación de la norma, sus ventajas y sus sanciones, es sumamente necesaria en un país donde impera la corrupción en especial en las altas esferas del estado), entre otras que se definirán en el siguiente ítem. 42 Tabla 10. Matriz de causas del problema público. Denominación de la causa Descripción de la explicación Autores que plantean esta causa Causa 1 Ineficacia de la fiscalización - Conlleva a la certeza del contribuyente de no ser detectado, por ende, aumenta las probabilidades del incumplimiento tributario. - Michael Jorratt de Luis (1996: 83-87) - Yañez Henríquez (2015) - Gonzáles Darío (2009) - Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) 2014. - Alfredo Collosa 2019. - Jorge Cosulich Ayala Causa 2 La complejidad del sistema tributario - Mayores costos económicos y mayor tiempo que destina el contribuyente a entender el sistema tributario. - Michael Jorratt de Luis (1996: 83-87). - Michael Jorratt y Andrea Podestá (2010) - Alfredo Collosa 2019. - Jorge Cosulich Ayala Causa 3 Falta de cultura tributaria - Motiva a la poca aceptación por parte de los contribuyentes del - Michael Jorratt de Luis (1996: 83-87). 43 sistema tributario, por falta de conocimiento de este y por la percepción que tienen los ciudadanos sobre el mal uso de los recursos del estado. - Alfredo Collosa 2019. - Patricia Gutiérrez Moreno y Jacobo Gerardo Reyes Salinas. - Martínez González, C. - Jorge Cosulich Ayala Causa 4 Aplicación de cuota fija - Es de un bajo nivel económico, por lo que, afecta nivel de recaudación, debido a que la misma no refleja el ingreso real de los contribuyentes. - Gonzáles Darío Causa 5 Inclusión de los pequeños contribuyentes de menor nivel económico. - Esta causa se explica porque los negocios pequeños no resultan ser atractivos para la administración, por los bajos ingresos que generan y la estacionalidad de los mismos. - Gonzáles Darío 44 Causa 6 Existencia de una economía informal significativa - . En nuestro país la tasa de informalidad supera el 70%. - Alfredo Collosa Causa 7 Regímenes promocionales (incentivos fiscales, exenciones y gastos tributarios). - Periódicamente se renuevan beneficios tributarios que inicialmente se promulgaron como temporales, lo que perjudica la recaudación. - Alfredo Collosa Elaboración: Propia 2.2. Causas del problema Para la realización del análisis causal del problema realizamos la pregunta: ¿Qué genera la baja recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019? ; el objetivo planteado es: Identificar las causas que generan la ineficacia del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019. Por lo cual nos planteamos la siguiente hipótesis: “Las causas de la ineficacia de la recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria en el Perú, entre los años 2015 – 2019 son la existencia de incentivos al incumplimiento (falta de fiscalización y por tanto falta de incentivos al cumplimiento), la falta de cultura tributaria y la complejidad 45 del pago”, las mismas que fueron sustentadas con las siguientes fuentes de datos: 2.2.1. Falta de fiscalización El objetivo de la SUNAT es la ampliación de la base tributaria, así como la lucha contra la evasión y la elusión tributaria. Por ello, a través del instrumento de la fiscalización se han venido implementando acciones de control operativo, orientadas a las micro, y pequeñas empresas para generar riesgo efectivo. Estas acciones de control incluyen la verificación integral del cumplimiento de obligaciones tributarias – VICOT, control intermitente de actividades económicas – CIAE y verificación de entrega de comprobantes de pago, las cuales han disminuido a lo largo de los años (2014-2019). Asimismo, también se observa la tendencia a la baja del número de fiscalizaciones laborales realizadas a los contribuyentes hasta el año 2017, los años posteriores se observa un incremento. Tabla 11. Fiscalizaciones realizadas 2014-2019. Fuente: SUNAT Elaboración: Propia Dentro de la estructura de la SUNAT, el área encargada de realizar las acciones de control operativo en la Intendencia Lima es la Gerencia de Operaciones Especiales Contra la Informalidad. Los inspectores tributarios entrevistados manifestaron que la reducción en el número de acciones se debió a la disminución de personal, en el 2015 masivamente culminaron los contratos de los inspectores tributarios, quienes estaban bajo el régimen laboral 728 a tiempo determinado, quienes podían concursar nuevamente a las plazas, pero con Contrato Administrativo de Servicios (CAS). Bajo esta nueva modalidad de contrato, la inestabilidad laboral era mayor, dado que las renovaciones eran por periodos cortos, además de que en cada renovación había despidos, es así que, para lograr alcanzar las metas, el área contrataba personal por campaña. Comentaron también que existen deficiencias en la programación de los casos a inspeccionar, debido a que se les asigna mucha data, por lo cual tienen que ACCIONES 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Acciones de control 585 141 548 010 400 896 312 291 307 852 306 595 Acciones laborales 48 000 42 871 42 249 33 997 40 284 46 719 46 priorizar muchas veces la cantidad, a la calidad en las intervenciones. Por otro lado, refieren que en múltiples oportunidades la data asignada es dispersa y pierden mucho tiempo en el traslado de un punto al otro. Otra falencia que resaltan es que no siempre disponen de los recursos necesarios para hacer un trabajo óptimo. Por ejemplo, no cuentan con el apoyo policial necesario, muchas veces no se les asigna servicio de movilidad, es decir los inspectores tienen que trasladarse por su propia cuenta en servicio público, taxis, mototaxis, etc., poniendo en riesgo su integridad, y si se les asigna el servicio tienen un tiempo limitado de uso. Por otro lado, mediante entrevistas y focus group realizadas a contribuyentes del Nuevo RUS en distintas zonas de Lima, refrendan lo anteriormente mencionado, es decir, coinciden en haber sido sujetos de verificación por parte de SUNAT en muy pocas oportunidades. Por ejemplo, una contribuyente que se dedica al rubro de peluquería en el distrito de Miraflores manifestó que en el transcurso de los 8 años que lleva laborando sólo fue visitada por SUNAT en tres oportunidades durante 1 semana, visita en la cual el funcionario verificó sólo el nivel de ingresos, lo que de alguna manera le da la tranquilidad que no será “molestada nuevamente”. Otro contribuyente en Gamarra: indicó que recibe 1 visita por parte de SUNAT al año, lo que en sus palabras puede significar indiferencia, pero también tranquilidad de no ser vigilado. Por ello, al afirmar que existen incentivos para el incumplimiento tributario, estamos aseverando también que faltan incentivos para su debido cumplimiento: La falta de incentivos obedece a que al existir una muy poca o nula posibilidad de ser fiscalizados, los contribuyentes se confían en que no serán sancionados por su incumplimiento tributario, es decir, existe una involuntaria pero perversa pasividad de la Administración frente a la falta de pago que “desincentiva” a los contribuyentes. 2.2.2. Complejidad del pago Nuestra fuente han sido principalmente los contribuyentes a través de encuestas y focus group realizados, los cuales manifestaron que consideraban engorroso 47 realizar el pago por diversos factores como: falta de agentes para poder realizar el pago. En cuanto al pago presencial, indican que pierden mucho tiempo haciendo cola en los bancos y además se les exige llevar un formulario para poder realizar el pago, de lo contrario no son atendidos. No justifican el pago de los 20 soles con el tiempo perdido, prefieren utilizar ese tiempo trabajando y generando más ingresos. Añaden además que por lo general son los únicos que realizan la actividad económica, por lo que, no cuentan con trabajadores para poder delegar esta responsabilidad. La norma no exige la presentación de ningún formulario para hacer efectivo el pago de la cuota del NRUS, sino más bien que los datos de nombres y apellidos, RUC y categoría del contribuyente, sean claramente informadas al trabajador del banco. Para ello es posible contar con el formulario (pagos varios) como “guía” tanto para el que paga como para el que recibe. Por ello, podemos afirmar que el monto de la cuota a pagar no representa ningún problema para los encuestados, sino más bien el tiempo empleado que esto genera y los problemas generados por la exigencia del formato. La plataforma virtual de pagos que SUNAT pone a disposición de los contribuyentes es poco entendible. Si bien es cierto, en los Centros de servicio de orientación al contribuyente distribuidos a nivel nacional, existe un área de cabinas en donde los orientadores enseñan a los contribuyentes cómo poder hacer estos trámites, los encuestados manifiestan que sus negocios requieren ser atendidos permanentemente, por lo que, no hay tiempo para acudir a estos centros, los cuáles siempre están abarrotados y muchas veces perciben poca disposición por parte de los funcionarios. Manifiestan además no ser muy amigos de la tecnología y muestran temor de generar una declaración errada que los lleve a provocar alguna sanción. Por otro lado, los funcionarios de Sunat entrevistados, estuvieron de acuerdo en que la tecnología genera muchas veces confusiones entre los contribuyentes, en especial con los pertenecientes al NRUS, lo que dificulta el pago y afecta la recaudación. Sin embargo, no plantearon soluciones en el corto plazo a dicha problemática. 48 Finalmente, los contribuyentes encuestados (100%) alegaron que una forma más simple, sencilla y posiblemente menos frecuente para cumplir sus obligaciones tributarias ayudaría a que el pago de sus cuotas sea menos complicado y demandante. 2.2.3. Falta de Cultura Tributaria A través de la revisión de la información, hemos visto que muchas investigaciones inciden en que la falta de una cultura tributaria genera una menor recaudación de impuestos. Por ejemplo, los contribuyentes que pagan oportunamente sus impuestos, obligados por temor a las sanciones y que no conocen de manera transparente el destino de sus aportes, además de no percibir un beneficio real y concreto y que por el contrario reciben noticias día a día de la malversación de los fondos públicos que hacen los funcionarios del estado, terminarán por perder el poco o nulo interés que existía hacia el cumplimiento tributario. Por otro lado, muchos ciudadanos desconocen cómo está distribuida la carga tributaria y repican los comentarios de algunos otros que hablan de inequidad e injusta estructura de los impuestos. También existen otros obstáculos como la evasión, la cual se ha normalizado haciendo que el contribuyente formal y cumplido se pregunte porqué él tiene que pagar impuestos y su competidor no. Las encuestas realizadas confirman todas estas aseveraciones, ya que el 100% afirma que desconocen las normas y que sólo se encuentran un poco familiarizados con el NRUS, aunque desconocen cuánto es la multa y otras sanciones de este régimen. Pese a que la norma establece que el desconocimiento de la ley no es causal para su incumplimiento, es fundamental la difusión, publicidad, educación y enseñanza del tema tributario desde la escuela, que permita formar ciudadanos que tributen con convicción y pleno conocimiento de lo que están haciendo y de las enormes implicancias que tiene su cumplimiento o incumplimiento. 49 Figura 11. Diagrama de Ishikawa. Elaboración: Propia Falta de fiscalización. Falta de cultura tributaria. Complejidad del pago. Enanismo fiscal y atomización. Desconocimiento de los beneficios del régimen y la importancia que tiene la tributación en la sociedad. Incumplimiento del pago oportuno de la cuota mensual. Ineficaz recaudación del Nuevo Régimen Único Simplificado. Causas Efectos 50 Capítulo III: Diseño del prototipo Luego de haber desarrollado las causas del problema en el capítulo II, se procedió a identificar el desafío de innovación, el cual fue la falta de incentivos, incentivos que permitan el cumplimiento tributario de los contribuyentes del nuevo régimen único simplificado para hacer de este un régimen eficaz. Para ello, se empezó con reformular el problema inicial y luego se precisó el desafío, teniendo en cuenta experiencias previas para hacer frente a este desafío. Después de evaluar los criterios de operatividad, normatividad e impacto consideramos a la falta de incentivos como la causa principal del problema a enfrentar, y que la Economía del Comportamiento será fundamental en el desarrollo de una estrategia para solucionar dicha causa, ya que se trata en estricto de modificar algunas conductas que por imitación han sido perjudiciales para la recaudación de los impuestos en el Perú. 3.1. Desafío de innovación Después de haber revisado la literatura y haber identificado las causas del problema, se realizó el siguiente análisis de criterios: Tabla 12. Análisis de criterios. Dimensiones Existencia de incentivos para el incumplimiento tributario (falta de fiscalización) Falta de cultura tributaria Complejidad de pago Nivel de impacto en el problema. 2 2 1 Posibilidades de modificación por parte de la organización. 2 0 0 51 Se encuentra en el ámbito normativo de la organización desde el cual pretendo generar la intervención. 1 1 1 TOTAL 5 3 2 Elaboración: Propia Valores: Alto impacto = 2 Regular impacto = 1 Bajo impacto = 0 Al realizar el análisis de criterios encontramos que en la causa complejidad de pago requiere de una modificación de la normativa y la operatividad del sistema financiero, lo cual dificultaría su implementación porque esta fuera del alcance de la institución. Respecto a la causa falta de cultura tributaria, si bien incide en el impacto del problema este sería a largo plazo dado que se requiere de un trabajo multisectorial como Ministerio de Trabajo, Ministerio de Producción, Ministerio de Educación, entre otros. Finalmente, la causa: existencia de incentivos para el incumplimiento tributario resulta de gran relevancia en este análisis debido al impacto que generaría su solución para atacar el problema, por otro lado, las posibles alternativas de solución están dentro del radio de acción de la institución de la SUNAT, en coordinación con otras instituciones estatales con el objetivo de incentivar el cumplimiento tributario en el corto plazo. En tal sentido, para el presente proyecto se ha elegido la causa: existencia de incentivos para el incumplimiento tributario, por ser ésta la que obtuvo el mayor puntaje en la jerarquización de causas. Por lo descrito, el problema reformulado es el siguiente: 52 Problema reformulado “Los contribuyentes del Nuevo RUS requieren de la existencia de incentivos para el cumplimiento tributario, y hacer de éste un régimen eficaz” Y el desafío de innovación es: Desafío de innovación ¿Cómo podemos incentivar el cumplimiento tributario de los contribuyentes del nuevo régimen único simplificado para hacer de éste un régimen eficaz? 3.2. Experiencias previas para hacer frente al desafío de innovación En algunos países de América Latina se implementaron regímenes simplificados, de los cuales hemos recogido algunas experiencias que pueden ser posibles soluciones a nuestro problema público identificado. 3.2.1. Experiencia de Colombia En Colombia el régimen para pequeños contribuyentes lleva como denominación “No responsables del impuesto a las ventas”, el incentivo implementado en este régimen es la posibilidad de emitir factura, cumpliendo con las obligaciones de ley que dicha emisión requiere, solo por el mes de la expedición de la factura. Esta flexibilidad permite a los pequeños contribuyentes dinamizar sus ventas al poder competir con otros negocios que emiten factura, de esta manera el contribuyente se estaría beneficiando al no perder ventas, además, seguiría perteneciendo al mismo régimen sin alterar sus obligaciones tributarias. Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente “el objetivo principal de este régimen es lograr que los microempresarios que por diversas razones están inmersos en la informalidad es decir que no tienen un registro en cámara de comercio o no están inscritos en el RUT (Registro único Tributario), no realizan aportes al sistema de seguridad social por las personas que están a su cargo logren contar con la opción de formalizarse” (Hernández, Gonzales, Galindo y Estepa 2020, p.20). 53 Tabla 13. Análisis de la experiencia de Colombia. Elementos Subelementos “No responsables del impuesto a las ventas” Descripción de la experiencia - El objetivo de esta experiencia es lograr que los microempresarios colombianos se formalicen. - La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), está encargada de velar y garantizar la seguridad fiscal. Aspectos que aborda del desafío de innovación - El aspecto que aborda del desafío de innovación es el acceso de tener un incentivo a través de la flexibilización de emitir facturas en caso sea necesario, lo que mejorará el índice de ventas y con ello aumenta la recaudación. Razones por las que se indica que es una innovación - La innovación consiste en que es la primera vez que los contribuyentes del régimen para pequeños contribuyentes pueden emitir facturas. - Esta a cargo de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), Elaboración: Propia 3.2.2. Experiencia de Bolivia La experiencia boliviana cuenta con el Régimen Tributario Simplificado (RTS), el cual comprende a los artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos. El RTS tiene la facilidad de hacer pagos de las cuotas del tributo de manera bimestral, dividiéndose estas en 6 cuotas al año, las cuales están segmentadas de acuerdo al ingreso por ventas de los contribuyentes, siendo la cuota mínima de S/ 26.00 soles y la máxima de S/ 193.00 soles. Esta frecuencia de pago genera en el contribuyente una mayor disposición de su tiempo al reducirse la cantidad de veces que tendría que ir al banco, y al mismo tiempo, tendría mayor disponibilidad para realizar sus actividades comerciales. Tabla 14. Análisis de la experiencia de Bolivia. Elementos Subelementos del Régimen Tributario Simplificado Descripción de la experiencia - Este régimen busca facilitar el pago a los contribuyentes, considerando el pago bimensual que representa 6 cuotas al año, de esta manera ellos tendrían mayor disponibilidad para realizar sus actividades comerciales. Aspectos que aborda del desafío de innovación - Se considera la reducción de los tiempos que emplea el contribuyente para realizar el pago, como el incentivo para su cumplimiento. 54 Razones por las que se indica que es una innovación - Los pagos de los tributos son mensuales con excepción del IR, pero en este caso se consideró cada 2 meses, representando de esta manera una alternativa innovadora. - Está a cargo del Servicios de Impuestos Nacionales, adscrita Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Bolivia. Elaboración: Propia 3.2.3. Experiencia de Argentina La experiencia argentina cuenta, como el Perú, con un Régimen simplificado para pequeños contribuyentes, un sistema que comenzó con un mecanismo de cuota fija y después de varias modificaciones, se estableció en el año 2004 con Ley 25865, en el pago de un Monotributo, el mismo que incluye el pago de los impuestos a las ventas, a la renta e inclusive, el pago de los aportes a la seguridad social, todo en un sólo pago. Tiene además entre sus características ser totalmente voluntario, con un ámbito de aplicación que comprende el sector comercio y servicios, proyectos productivos, y está a cargo del Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Sus modificaciones, permitieron que el nivel de formalidad laboral se reduzca, y que se agilice y facilite el cumplimiento tributario de este segmento de contribuyentes. Tabla 15. Análisis de la experiencia de Argentina. Elementos Subelementos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Descripción de la experiencia - Este régimen tiene como objetivo el pago del impuesto y el acceso a un seguro social y está dirigido a los pequeños contribuyentes de todo el ámbito argentino. - La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), es la encargada de velar por el cumplimiento tributario. - Y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, es quien verifica el seguro social. Aspectos que aborda del desafío de innovación - El incentivo al acceso del seguro social para los pequeños contribuyentes y sus trabajadores. Razones por las que se indica que - El acceso al seguro social pagando una cuota fija es una innovación, considerando términos de formalización, y el desarrollo social. 55 es una innovación Elaboración: Propia 3.2.4. Experiencia de Perú En nuestro país se obtuvo un buen precedente de incentivo a los contribuyentes, el cual fue el SIS EMPRENDEDOR. El 30 de mayo de 2013, con Decreto Supremo Nº 106-2013-EF se incorporó al SIS, mediante afiliación automática y colectiva, a los contribuyentes del NRUS que cumplían con los requisitos de acceso, siendo uno de éstos, estar al día en los tres últimos pagos de su cuota mensual, para lo cual la información de SUNAT era indispensable. Como resultado de este incentivo se observa que en el 2014 el número de afiliados ascendió a la cifra de 265,441 asegurados (beneficiarios y derechos habiente), que gozan de un plan de salud que no considera periodos de carencia, preexistencia, ni copados; y en el 2015 el número se cuenta con un total de 445,027 observándose un incremento de 179,586 asegurados lo que equivale al 59.6%. Memoria anual del SIS (2015) La cantidad de afiliados al SIS emprendedor representa al 43.52% del total de contribuyentes inscritos en SUNAT al NRUS en el periodo 2015, lo que refleja el mismo porcentaje de contribuyentes con pagos al día de sus obligaciones. Esto es una muestra de la reacción de los contribuyentes a los estímulos generados por la oportunidad del pago de sus cuotas. Tabla 16. Análisis de la experiencia de Perú. Elementos Subelementos del Decreto Supremo Nº 106-2013-EF (SIS EMPRENDEDOR) Descripción de la experiencia - El 30 de mayo con Decreto Supremo Nº 106-2013- EF, se incorporó mediante afiliación automática y colectiva a los contribuyentes del NRUS de todo el ámbito nacional que cumplían con los requisitos, siendo uno de éstos, estar al día en los tres últimos pagos de su cuota mensual. - La SUNAT era indispensable en esta incorporación, porque brindaba la información del cumplimiento del pago. Aspectos que aborda del - El aspecto que aborda del desafío de innovación es respecto al acceso de tener un incentivo directo. 56 desafío de innovación - Se busca mejorar la recaudación teniendo en cuenta un incentivo a los contribuyentes. Razones por las que se indica que es una innovación - El beneficio que brindó fue único, y abarcaba a todos los contribuyentes del NRUS. - Está a cargo del Sistema Integrado de Salud, con el apoyo directo de la SUNAT. Elaboración: Propia 3.3. Proceso de la conceptualización y prototipado 3.3.1. Proceso de conceptualización El resultado obtenido después de la priorización de ideas según la ponderación correspondiente denota que el desafío de innovación se puede realizar tanto en el grupo de resultados como en el normativo. Sin embargo, la selección fue el grupo de resultados teniendo como idea elegida: “acceso a crédito con una tasa preferencial, a los contribuyentes del NRUS, siendo uno de los requisitos a evaluar, que estén al día en sus pagos”. La teoría de la economía del comportamiento define que: “Cuando decimos que las personas tienen preferencias sociales generalmente nos referimos a dos tipos de comportamientos que contrastan con el supuesto egoísmo del “hombre económico”. Por una parte, la investigación antropológica, económica y psicológica ha llegado a la conclusión de que el tipo de preferencia o comportamiento más común en el ser humano es el de la denominada reciprocidad fuerte” (Gintis 2009). Esto implica que los humanos tendemos a cooperar y a responder al comportamiento cooperativo de otros con nuestra propia cooperación, pero también responder al comportamiento no cooperativo de otras personas sancionándolas (informalmente o formalmente, normalmente a través de instituciones centralizadas). Esto cambia radicalmente la formulación de determinadas políticas públicas, ya que el Estado puede esperar cierto grado de cooperación y compromiso por parte de los ciudadanos. Por lo que, concluimos que el comportamiento humano responde de mejor manera a los incentivos y estímulos que le generan un beneficio directo, y por el contrario no siempre responderán de manera positiva cuando no ven reflejada la inversión de sus recursos aportados, en el crecimiento de su país y de ellos mismos. 57 3.3.2. Proceso de prototipado a) Generación y priorización de nuevas ideas En este apartado se generó la mayor cantidad de ideas posibles con el propósito de disminuir las opciones del desafío de innovación. Se consideró la creatividad en este proceso innovador, teniendo en cuenta, el objetivo de innovación y su posibilidad de implementación. b) Producción de ideas Para este proceso de producción de ideas se realizó un mapeo de actores más importantes. Además, se consideró entrevistas con expertos y también con algunos contribuyentes, lo cual nos permitió arribar a las siguientes ideas: • Idea 1: Implementar un Sistema de fiscalización focalizada a los contribuyentes morosos y evasores de manera oportuna. Esto focalización permitirá disminuir los costos de fiscalización y con ello se utilizará de manera eficiente el presupuesto asignado a esta actividad. • Idea 2: Evaluar preferencialmente a los buenos pagadores del NRUS, para acceder a un crédito con una tasa preferencial brindada por el Banco de la Nación. Este apoyo con tasas bajas contribuirá a que no existan índices de morosidad altos en el pago y/o falta de pago del crédito brindado. • Idea 3: Hacer que el voucher de pago que emiten los POS, sea considerado como un comprobante de pago. Permitiría que los pequeños negocios cuenten con un sistema de fácil acceso a la emisión electrónica. • Idea 4: Permitir que los contribuyentes del NRUS puedan emitir facturas de manera flexible, siempre y cuando sus ingresos no superen el límite permitido por el régimen y este comprobante sea electrónico. Se dinamizaría la manera de pagar impuesto, sin perjudicar los ingresos de los contribuyentes y considerando en todo momento el cumplimiento del pago de los tributos. • Idea 5: Establecer sanciones, diferentes a la multa por la omisión del pago del tributo en la fecha establecida según cronograma de pago. Estas deberán ser ejemplares para que sirva de antecedente a futuras faltas de pago; por ejemplo, dejar sin efecto la flexibilidad de emitir facturas. 58 c) Priorización de ideas Esta sección permitió priorizar las ideas considerando los criterios de deseabilidad, factibilidad, viabilidad, impacto y disrupción. Así mismo, se consideró el valor de uno si cumplía con el criterio, para luego sumar los valores y tener el mayor puntaje con la idea ganadora. Tabla 17. Matriz de priorización de ideas. Grupo de ideas Deseabilidad Factibilidad Viabilidad Impacto Disrupción Total Idea 1 0 1 1 1 1 4 Idea 2 1 1 1 1 1 5 Idea 3 1 0 0 1 1 3 Idea 4 1 0 0 1 1 3 Idea 5 0 1 1 0 1 3 Elaboración: Propia Luego de realizar la matriz se tiene como resultado que la idea 2: Evaluar preferencialmente a los buenos pagadores del NRUS, para acceder a un crédito con una tasa preferencial brindada por el Banco de la Nación, es la seleccionada. d) Descripción del bosquejo del concepto Tabla 18. Bosquejo del concepto de innovación. ÍTEM CONTENIDO Denominación de la solución Acceso a crédito a una tasa preferencial brindada por el Banco de la Nación. Población beneficiada de la solución Los contribuyentes del NRUS en todo el país. 59 Descripción de la solución Nuestra solución está desarrollada teniendo en cuenta la teoría de la economía del comportamiento para atacar la causa que consideramos fundamental (previo análisis de causas-raíz), es decir “la falta de incentivos de los contribuyentes para hacer el pago”. Por ello, se determinó: brindar el incentivo de “acceso a crédito a una tasa preferencial brindada por el Banco de la Nación. Ésta consiste en brindar a los contribuyentes del NRUS, que están al día con sus pagos, la posibilidad de acceder a un crédito brindado por el Banco de la Nación a una tasa preferencial (8.9%), lo cual le permitirá tener liquidez en su negocio y poder seguir creciendo. Aquí es necesario incidir que, al tratarse de una entidad financiera, ésta buscará asegurar la recuperación de su inversión, por lo que, la evaluación a sus clientes (contribuyentes de NRUS), seguirá el mismo nivel de exigencia que el de los demás. Por otro lado, junto a este incentivo se consideró necesario, la realización de fiscalizaciones a los contribuyentes morosos de manera aleatoria con la finalidad de “premiar” al que cumple con lo establecido, pero también “advertir” al que incumple. Sin embargo, el detalle más visual y necesario de difundir es el acceso al crédito, para lo cual se realizarán campañas por radio, televisión y Centros de Servicios en todo el país. Los funcionarios de la SUNAT serán adecuadamente capacitados en los beneficios, facilidades, requisitos, etc, del acceso al crédito, exclusivo para este grupo de contribuyentes. 60 Descripción breve del beneficio aportado • Mejorar la recaudación del NRUS, a través del pago oportuno de sus cuotas mensuales. • Fomentar el crecimiento de los pequeños contribuyentes y la expansión de sus negocios. • Mejorar la cultura tributaria en el país, lo que generará un impacto social muy fuerte en la reducción de informalidad, uno de los flagelos de más relevancia en nuestro país (casi 80%). • Ampliar la base tributaria: tomando como referencia nuevamente la teoría del comportamiento: el componente social juega un rol importante ya que un mejor cumplimiento en los contribuyentes contribuirá a imitar este buen comportamiento. En síntesis, el cumplimiento tributario, genera ingresos que permiten financiar las actividades del estado en beneficio de la población en general. Pero, los ciudadanos necesitan percibir esos beneficios, verlos materializados, más aún, en tiempos en que la corrupción pública se lleva gran parte de esos ingresos. Por eso creemos que un instrumento de esta naturaleza no sólo ayuda a recabar ingresos para el estado sino también a que la sociedad en general sienta que sus impuestos están siendo bien utilizados. Elaboración: Propia 3.4. Concepto y prototipo final de la innovación 3.4.1. Concepto final de innovación Las micro y pequeñas empresas tienen un rol importante en la economía familiar y en la del país, por ello, resulta vital que el estado promueva su formalización y crecimiento, a través de créditos a tasas preferenciales. Este beneficio será otorgado por el Banco de la Nación a los contribuyentes del NRUS que se encuentren al día en el pago de sus impuestos, como uno de los requisitos para tener acceso al mismo. Aquí es necesario incidir que, al tratarse de una entidad financiera, ésta buscará ASEGURAR la recuperación de su inversión, por lo que la evaluación a sus clientes (contribuyentes de NRUS), seguirá el mismo nivel de exigencia que el de los demás. Con este incentivo lograremos que los contribuyentes paguen oportunamente, se amplie la base tributaria y que los pequeños negocios expandan sus horizontes. 61 El presente cuadro detalla el promedio de tasas de interés que se otorga a las microempresas. Tabla 19. Promedio de tasas de interés. PROMEDIO DE TASA DE INTERÉS ACTIVA DEL SISTEMA FINANCIERO A LAS MICROEMPRESAS BBVA 22.33% Comercio 9.6% BCP 24.88% Pichincha 27.96% BIF 5.36% Scotiabank 14.24% Interbank 18.06% Mibanco 33.63% Fuente: SBS Elaboración: Propia Las tasas de interés y montos de préstamo otorgados por el Banco de la Nación SEGÚN CATEGORÍA Y MONTO DE INGRESOS POR VENTAS Y/O COMPRAS DECLARADO son las siguientes: • CATEGORÍA 2 DECLARADA Y PAGADA DURANTE LOS ÚLTIMOS 6 MESES: montos hasta 20 000.00; Plazo hasta 24 meses - Tasa de Interés (TEA): 8.9% • CATEGORÍA 1 DECLARADA CON MONTOS DIFERENTES DE “0” Y PAGADA, DURANTE LOS ÚLTIMOS 6 MESES: montos hasta 10 000.00; Plazo hasta 24 meses - Tasa de Interés (TEA): 8.9% • Los adultos mayores (más de 65), podrán solicitar préstamos de hasta 3000 soles, independientemente de la categoría que declaren y con un plazo de pago de hasta 2 años. Tasa de interés 8.9% 62 Por otro lado, los contribuyentes que no cumplan con pagar la cuota del NRUS de manera oportuna serán fiscalizados y sancionados de acuerdo a lo que determine el Reglamento que para el presente proyecto se deba diseñar con el fin de generar riesgo. 3.4.2. Prototipo de alta resolución Elaboración: Propia El contribuyente del NRUS deberá sustentar el pago de los últimos 6 meses vencidos, regularizados de manera oportuna según cronograma de obligaciones tributaria como uno de los requisitos para acceder al préstamo. El monto y periodo del préstamo dependerá de las características de cada contribuyente (información detallada líneas arriba) la cual seguirá el patrón de sus clientes en general. La tasa de interés que cobrará el Banco de la Nación será de 8.9%, evidentemente una tasa muy por debajo de las cobradas por las instituciones del Sistema Financiero. • Fiscalización: La SUNAT en su labor de incrementar sosteniblemente la recaudación, realiza acciones de fiscalización, facultad descrita en el Código Tributario, con el fin de verificar la veracidad de la información declarada por el contribuyente, y con ello lograr reducir la evasión y elusión fiscal. Por ello, los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias, es decir, no se encuentren al día en el pago de las cuotas del régimen, podrán eventualmente ser fiscalizados por la Administración Tributaria. Figura 12. Representación del incentivo. 63 Al diseñar esta estrategia sancionadora, se ha tomado como sustento de igual manera, la Economía del Comportamiento: los contribuyentes que no necesiten acceder a préstamos bancarios podrían mostrarse reacios al cumplimiento de sus obligaciones. Esta estrategia entonces va acompañada de un INCENTIVO (más que un garrote) a la efectividad del pago, pues aquellos contribuyentes que no cumplan con pagar su cuota mensual del NRUS, serán parte de una elección al azar de todos los que forman parte de los contribuyentes morosos a nivel nacional. Del total nacional de contribuyentes morosos del ejercicio anterior al año de la ejecución de la fiscalización, se tomará el 0.5% de manera aleatoria mensual, grupo que será sometido a una FISCALIZACIÓN de los períodos que la SUNAT considere conveniente. Se asume (siempre apoyados en la Economía del Comportamiento), que la oportunidad de pago siempre será mucho más sencilla y conveniente que asumir el riesgo de una fiscalización que en el 100% de casos genera malestar e incomodidad entre los contribuyentes, pero que esencialmente generará una alerta de cumplimiento “voluntario” y a la vez la certeza de acceder a un préstamo con tasas diferenciadas. De la información recopilada a través de los focus group, algunos contribuyentes manifestaron haber sido sujetos de fiscalización en diversas oportunidades por la SUNAT, siendo que los agentes fiscalizadores se quedaban todo un día en sus locales comerciales controlando el nivel de sus ventas, generando así una mala imagen entre la clientela. Por ello, los contribuyentes a raíz de esa experiencia, manifestaron que procuraban emitir constantemente las boletas de ventas, para que no se evidencie una mayor brecha entre lo declarado por el contribuyente y lo determinado por SUNAT, de esta manera evitarían ser sujetos de nuevas fiscalizaciones, lográndose así hacerse efectiva la generación de riesgo. Continuando con la descripción de la estrategia, se trata de un porcentaje del total de contribuyentes morosos por ejercicio, que constituye un 6% anual del total de contribuyentes con retrasos en sus pagos que serán fiscalizados, un porcentaje que representa el riesgo necesario y suficiente que busca inducir a los ciudadanos a contribuir con su país y no tener problemas innecesariamente cuando las ventajas son atractivas y asequibles. 64 El universo de morosos seleccionados aleatoriamente, serán sujetos de fiscalizaciones electrónicas, las cuales serán complementadas con las presenciales. La administración tributaria al contar con información valiosa como el ITF, dado que el uso masivo registrado en los últimos tiempos de las billeteras electrónicas (12 millones de personas) como yape, plin, tunki, agora pay, bim; podrá realizar el seguimiento y rastreo constante de los contribuyentes morosos. Las inconsistencias encontradas como acreditaciones versus no pago, acreditaciones versus subdeclaraciones o desbalance patrimonial, serán comunicadas mediante esquelas y notificadas por SINE al Buzón Sol del contribuyente y de no ser justificadas, se procederá a la realización de fiscalizaciones presenciales. Cabe precisar, que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000128- 2021/SUNAT, establece que a partir del 01 de junio del 2022 son emisores electrónicos de boleta de venta electrónica y/o ticket POS y notas electrónicas, aquellos contribuyentes que sus ingresos anuales a diciembre del 2019 hayan sido menores a 23 UIT; siendo que, el NRUS ya está obligado a emitir comprobantes de pago electrónico, lo que facilitaría aún más la fiscalización de manera electrónica. La fiscalización electrónica no genera altos costos para la Administración Tributaria, debido a que la esquela es depositada en el buzón sol del contribuyente vía sistema de notificación electrónica, implementada por la SUNAT el 2008 mediante la Resolución de Superintendencia N° 014- 2008/SUNAT. Asimismo, tampoco genera altos costos a los sujetos fiscalizados, debido a la respuesta que los contribuyentes emitan también serán de manera electrónica a través de la mesa de partes virtual, plataforma implementada el año 2020 mediante la Resolución de Superintendencia N° 077-2020/SUNAT, con el objetivo de facilitar a los administrados las presentaciones de documentos virtuales. Por otro lado, presentamos el detalle de los costos de la fiscalización presencial que se realizaría en algunos casos. 65 Tabla 20. Cálculo de fiscalizaciones. FISCALIZACIONES COSTO DE FISCALIZACIÓN DIARIO COSTO DE FISCALIZACIÓN MENSUAL COSTO DE FISCALIZACIÓN ANUAL 8 S/190.91 S/225209.91 S/2,702,518.94 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 3539 fiscalizaciones / 25 días = 141.6 fiscalizaciones diarias Considerando que un fiscalizador tiene una remuneración mensual de S/ 4,200.00 soles, se establece que una fiscalización le cuesta a la SUNAT S/ 23.86 soles, considerando la experiencia del inspector tributario se está considerando que podría realizar 8 inspecciones al día, representando un costo de S/ 190.91 soles al día, al mes de S/225,209.91 y al año de S/2,702,518.94. Por otro lado, los ingresos dejados de recaudar por la SUNAT durante los años 2015 al 2019, son S/ 560,928,094. Haciendo un cálculo de costo-beneficio para el año 2019 se obtiene: Tabla 21. Costo vs beneficio. COSTO VS BENEFICIO MONTO NO RECAUDADO = S/ 165,196,197.00 (BENEFICIO) COSTO = S/ 2,702,518.94 BENEFICIO = S/ 162,493,678.38 Fuente: SUNAT Elaboración: Propia 66 Figura 13. Prototipo de Innovación I Elaboración: Propia 67 Figura 14. Prototipo de Innovación II Elaboración: Propia 68 3.4.3. Comunicación: El presente prototipo requiere de una difusión estratégica (clara, sencilla y transparente), a través del mensaje adecuado, los canales de comunicación necesarios y la cobertura al 100% de los contribuyentes NRUS, además del sector informal en general. La relevancia de esta parte del proyecto es que la comunicación del mensaje nos permitirá influir de manera positiva en el comportamiento de los ciudadanos frente a los tributos, y poder incrementar de esta manera la recaudación. Una de las principales aristas del diseño del prototipo de innovación se apoya en la Teoría del comportamiento, en la economía conductual del ser humano, por ello consideramos, en la misma línea, sustentar la comunicación del mismo, a través de la motivación más que de la información. La afirmación anterior se basa en un estudio que realizó la Gerencia de Cultura Tributaria y Aduanera en noviembre de 2017 apoyado en la experimentación conductual, respecto a qué motiva a los contribuyentes a exigir sus comprobantes de pago al momento de realizar sus transacciones comerciales, dicho experimento obtuvo como resultado que la mayor motivación es siempre el beneficio obtenido, es decir “¿qué gano yo sí? por lo que queda establecido que las personas responden más rápida y efectivamente a los estímulos que a la información, que, si bien es cierto, es útil, no es necesariamente motivacional. Elaboración: Propia Figura 15. Mensaje motivacional. 69 Basados en el estudio descrito podemos ver que el mensaje motivacional tiene un poderoso impacto en la toma de decisiones del contribuyente, sin embargo, al ser el prototipo un mecanismo motivacional nuevo, se requiere de un acompañamiento informativo sutil, que sea incluido en el texto motivacional. Aquí presentamos un ejemplo de mensaje de texto motivacional: Elaboración: Propia Los canales de comunicación a utilizar serán los hasta ahora empleados por la administración: - Mensajes de texto: son hasta hoy los de mejor alcance, ya que, según un estudio de Osiptel del 2021, el 88.4% de hogares peruanos cuenta con un teléfono inteligente lo que permitirá una mayor difusión del beneficio. - Mensajes en la página web de SUNAT: al entrar el contribuyente a realizar su declaración mensual o a revisar información, podrá acceder al detalle de este beneficio. - Publicidad radial: la radio constituye un medio de comunicación masiva y de amplia cobertura. Además, su contratación es de bajo costo en comparación con la televisiva. Finalmente concluimos afirmando que la estrategia comunicacional será efectiva y eficiente, pues busca cumplir con el objetivo final del prototipo del presente proyecto que es aumentar la recaudación y hacerlo además al más bajo costo posible. AMIGO (A) CONTRIBUYENTE DEL NRUS: ¿Quieres cumplir el sueño de ampliar tu negocio? ¿Necesitas financiar un proyecto largamente deseado? ¡Ahora con el cumplimiento del pago de tus cuotas NRUS, esto es posible, y lo mejor: con tasas preferenciales! ACÉRCATE A UNA OFICINA DE ORIENTACIÓN AL CONTRIBUYENTE O A UNA OFICINA DEL BANCO DE LA NACIÓN QUE ¡¡GUSTOSAMENTE TE INFORMAREMOS!! Figura 16. Ejemplo de mensaje motivacional del Prototipo de Innovación. 70 Capítulo IV: Análisis de la deseabilidad, factibilidad y viabilidad del prototipo Nuestro prototipo final de innovación apunta a incentivar, a través de un beneficio personalizado, el cumplimiento de los pagos mensuales de los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado, y lograr reducir la brecha de informalidad en nuestro país, mediante la oportunidad de estímulos en el corto plazo y de sencilla aplicación. Presenta además del beneficio, una sanción para aquellos contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de la cuota del NRUS, y se ha diseñado de tal manera que supera todos los análisis realizados. La posibilidad de acceder a un préstamo de efectivo cumpliendo determinados requisitos, abre un abanico de ventajas y utilidades que se constituyen en una poderosa motivación para procurar mantenerse al día en los pagos de la cuota NRUS y/o querer formar parte de este régimen. 4.1. Análisis de deseabilidad Según cifras de la ENAHO en 2019, las MYPES representaron el 95% de las empresas peruanas, éstas a lo largo de los años han mostrado una tendencia de crecimiento constante, sin embargo, muchas de ellas operan bajo la sombra de la informalidad, generando que sus posibilidades de expansión sean limitadas. Según la ENAHO, la informalidad de estas empresas alcanzó un 83.8% en 2019, medida por su condición de registro frente a la SUNAT. En el Perú el tiempo promedio de vida de una microempresa es de 6 años y 7 para las pequeñas empresas. Según datos del Ministerio de la Producción, las causas son diversas, pero unas de las más importantes es el limitado acceso al financiamiento de las MYPES. Según información de la ENAHO, solo el 25.7% de MYPES en el Perú lleva un registro de cuentas, es decir en su gran mayoría carecen de este importante registro, el estudio también arroja que solo el 21.2% solo lleva anotaciones o notas de gastos o ingresos, asimismo, solo el 3.5% cuenta con libros contables o un sistema de contabilidad, lo que permite concluir que las MYPES en el Perú en el año 2020 carecen de formalidad en lo que a registro de transacciones comerciales se refiere, que permita a la administración una fiscalización adecuada y eficiente. 71 De las entrevistas realizadas a contribuyentes del NRUS revelan información acerca de qué es lo que esperan de la Administración Tributaria al cumplir sus obligaciones de pago. Un alto porcentaje desea inmediatez en la reciprocidad de lo aportado, esto es, beneficios directos en el corto plazo. También aducen que se les prometió que, al pasar a la formalidad, podrían tener acceso a créditos bancarios, pero en la práctica, sólo encontraron trabas y obstáculos de las entidades financieras, desistiendo finalmente de seguir intentando obtener dichos préstamos. Por ello, la obtención de créditos es un producto altamente deseado por estos contribuyentes, que, de contar con los requisitos solicitados, que además serán sencillos, y un récord de pagos impecable, podrán solicitar su préstamo a tasas preferenciales de manera ágil y eficiente. Cabe añadir, que los contribuyentes entrevistados manifestaron su intención de emplear el préstamo obtenido en la ampliación de su negocio, por lo que podemos concluir que el prototipo diseñado permitiría el beneficio de un alto porcentaje de los contribuyentes NRUS de poder acceder a un crédito. Las expectativas por este producto son muy grandes y su implementación, sería el logro de un ansiado anhelo. Por otro lado, las entrevistas también revelaron el temor y el rechazo que los contribuyentes sienten ante la posibilidad de ser sometidos a una fiscalización por parte de la Administración. Por lo que concluimos que una sanción (o amenaza) revestida de fiscalización INDUCIRÍA a los contribuyentes a buscar evitarlas a través del cumplimiento de sus pagos. La no deseabilidad de ser sujeto de riesgo, será efectiva a la hora de decidir el pago de la cuota NRUS. 4.2. Análisis de factibilidad La logística requerida para implementar un sistema de evaluación y aprobación de créditos se verá apoyada en una institución con experiencia de larga data como el Banco de la Nación cuya especialidad es, precisamente, el producto prototipo planteado. Dicha entidad, cuenta con profesionales con amplia destreza en la revisión de requisitos y evaluación de los solicitantes para la aprobación final de los préstamos a otorgar. Según información proporcionada por la funcionaria Karla Stechmann, en las agencias grandes del BN como Chiclayo, Piura, Trujillo, Lima, Ayacucho, Puno, 72 la Institución cuenta con una plataforma de crédito, con gestores de crédito o gestores comerciales. En el caso de las agencias pequeñas en las que hay sólo 2 trabajadores, ambos evalúan los préstamos. Además, nos comentó, que existe un límite de endeudamiento que el solicitante debe tener con respecto a su sueldo (30% y/o en no más de 4 entidades) y los préstamos se otorgan hasta en un plazo de pago de 60 meses con tasas de 13% en un año, 14% a dos años, 15% en tres años, 16% en cuatro años, y 17% en cinco años. Para los préstamos a personas de 77 años en adelante los préstamos son sólo a 2 años y con montos máximos de 3000 soles. La información base para la evaluación será proporcionada por los funcionarios de la SUNAT, quienes ya cuentan con una base de datos de contribuyentes por cada régimen con sus respectivos pagos y, la cual es constantemente actualizada por el personal a cargo, por lo que no se necesitará de esfuerzo adicional, sino el compartir los datos del contribuyente solicitante del préstamo con los gestores de crédito para su respectiva evaluación. Los trabajadores de SUNAT deberán estar en coordinación con los trabajadores del BN para intercambiar información valiosa y necesaria en el desarrollo de las operaciones crediticias para su efectiva aplicación. La asociación de estas dos instituciones del estado permitirá a través de la sinergia de ambas, la provisión de un producto de calidad que motivará al contribuyente, además de su crecimiento emprendedor, a la disciplina en sus obligaciones tributarias. Por tanto, el prototipo propuesto se ajusta a la tecnología, los recursos humanos y las capacidades y recursos tanto de la entidad administradora como de la entidad que de manera solidaria compartirá la implementación de un esquema crediticio similar a los ya aplicados por la misma, de manera exitosa. Aquí es necesario detenernos a hacer una pequeña observación acerca del Banco de la Nación. Esta institución actualmente otorga préstamos casi automáticos a los funcionarios del Estado (trabajadores activos y pensionistas del Sector Público) cuyos sueldos son depositados en dicha Institución y de esta manera asegura la recuperación de los mismos a través de descuento por planillas a dichos trabajadores. Pero, otorga también los llamados préstamos 73 clásicos o por convenio, en donde las evaluaciones son rigurosas cómo las de cualquier otro banco. Sin embargo, es preciso añadir que al tratarse de un grupo de prestatarios con historial de incumplimiento en el pago de sus cuotas del NRUS, se ha considerado garantizar en parte (no al 100% ya que todo préstamo tiene riesgos), dichos préstamos con la DJ mensual que asegura ingresos periódicos de sus ventas y que están respaldados con los comprobantes emitidos por los mismos. Por ello, es necesario insistir en que se trata de un apoyo estratégico a un sector específico y diferente de la economía peruana y se requiere del compromiso de la Institución para acompañar a la SUNAT en este proyecto, cuyo objetivo mayor es incrementar la recaudación tributaria y como consecuencia disminuir la informalidad en el país. Además, es preciso enfatizar que teniendo en cuenta la naturaleza legal y funcional del Banco de la Nación, es necesario revisar algunas cuestiones: El reglamento de organización y funciones del Banco de la Nación, cuya última modificación se publicó el 01/06/2021 establece en su título I, ítem 3, inciso 1.13 que una de las funciones de la entidad es: “Otorgar líneas de crédito a los trabajadores y pensionistas del Sector Público que, por motivo de sus ingresos, posean cuentas de ahorro en el Banco de la Nación. Dichas líneas de crédito podrán ser asignadas por el beneficiario para su uso mediante préstamos en cualquier modalidad y/o como línea de una tarjeta de crédito. Estas operaciones se harán de acuerdo a un programa anual aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas que podrá ser revisado anualmente”. Así mismo estos servicios financieros pueden ser brindados en lugares donde la banca privada no tiene oficina física, según lo establece el estatuto del mismo banco. Por otro lado, la Ley de creación del Banco de la Nación 16000 (27/01/1966) en su artículo 40 afirma que ambas instituciones, tanto el MEF como el Banco de la Nación pueden plantear al legislativo la necesidad de, en mérito a la inclusión financiera y por tanto de proveer de recursos económicos a un mayor sector de la población, incrementar sus facultades en materia de otorgamiento de 74 préstamos. Todo esto, debidamente detallado en lo que se refiere a tipos de préstamos, plazos, financiamiento y otros. Por otro lado, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú, también deja abierta la posibilidad de que el Banco de la Nación participe en la oferta prestataria al sector privado. Si bien es cierto afirma que el estado sólo tiene un rol subsidiario en la economía, es precisamente en virtud de ese rol subsidiario por un “alto interés nacional” que resulta conveniente para el país, asumir dicho rol a través del banco de la nación como fuente de financiamiento de los contribuyentes del NRUS. Por lo tanto, la propuesta del presente proyecto de innovación contempla la posibilidad de que, en mérito al rol subsidiario del estado, el banco de la nación pueda asumir el otorgamiento de estos créditos especiales a los contribuyentes del NRUS que mantengan un récord cumplidor de pagos. Para ello sería necesaria, la aprobación de normas que permitan ampliar la cobertura de otorgamiento de créditos del banco de la nación. Los cálculos realizados que determinan los montos dejados de recaudar, justifican la realización de un esfuerzo conjunto del MEF en la propuesta de la norma que amplíe facultades para la institución bancaria, la Sunat como ente facilitador y proveedor de información actualizada de los contribuyentes así como la población que encontraría en esta alternativa de financiamiento una ventana de oportunidad, no sólo de sanear sus deudas con la administración tributaria, sino también para realizar aquella ampliación de negocio postergada, o remodelación de local, o cualquiera de sus proyectos que no habían podido ser atendido por falta de acceso sencillo y económico a un crédito. Esfuerzos anteriores respaldan la viabilidad de nuestro proyecto, de hecho, en octubre del año 2021, el ex – ministro de economía Pedro Francke, presentó un proyecto de ley 00583, en donde se solicita la delegación de facultades por parte del congreso para legislar en diversas materias, entre ellas en materia financiera y de reactivación económica. Dicho PL establece en su artículo 2, inciso 2.1 que se amplíen las prerrogativas del Banco de la Nación de tal forma que le permitan fortalecerse. Dicho inciso enumera una serie de atribuciones y funciones que el proyecto considera 75 necesarios incluir dentro de las facultades que el banco debería tener, para permitirle ejercer, a nombre del estado, el rol subsidiario en la economía que la constitución le confiere. Más adelante, el PL, en su exposición de motivos, sustenta lo contenido en el inciso 2.1, indicando que entre los retos que el banco de la nación se plantea, se encuentra, cubrir la demanda no atendida por la banca comercial privada, esto sin descuidar sus parámetros evaluativos y con el compromiso de no dejar de ser rentable. Sustenta también la necesidad de este fortalecimiento, en la urgencia de asumir un rol fundamental en la tarea de la inclusión financiera a buena parte de la población excluida y marginada. Es así que el PL en mención, sustenta el fortalecimiento de las atribuciones y alcance del Banco de la Nación, argumentando que si bien es cierto que en la fecha en que se diseñó el estatuto (1994), el tema geográfico constituía una barrera para acceder a un servicio financiero, y que, por tanto, eso sí ameritaba la presencia de oficinas del Banco de la Nación en dichos lugares, hoy en día con el avance de la tecnología y la banca digital, esto ya no constituye un problema. Por lo que la cobertura de atención del banco tendría que determinarse por criterios que involucran atención adecuada y eficaz, procedimientos de evaluación rigurosos pero sencillos de entender y aplicar, entre otros. Nuestro proyecto busca atender parte de esa población no satisfecha con el mismo objetivo de la inclusión financiera, pero con el especial añadido de mejorar significativamente la recaudación de los contribuyentes NRUS en beneficio de las arcas del estado y por ende de la población. La justificación de la creación de normas, en este caso para facultar a una entidad atender necesidades de una parte de la población, se apoya en una acción estratégica conjunta de ejecutivo y legislativo con el único fin común que es el bienestar de la sociedad. Por otro lado, la SUNAT en ejercicio de su función fiscalizadora descrita en el artículo 62° del Código Tributario, realizará inspecciones, investigaciones y controlará el cumplimiento de las obligaciones tributarias, principalmente de aquellos contribuyentes que no se encuentren al día en los pagos de las cuotas del NRUS en 6 meses consecutivos o no dentro del año fiscal, seleccionándolos 76 aleatoriamente, para lo cual cuenta con personal calificado y experimentado en dicha tarea. Además, se ha comprobado su factibilidad a través de la existencia de la Gerencia de operaciones especiales contra la informalidad, que cuenta con un selecto grupo de Inspectores Fiscalizadores, los cuales cuentan con un expertis técnico y ético que facilitará el desarrollo de las mismas. La Administración Tributaria aplicará su facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias, el desarrollo operativo de dichas sanciones será ejecutado íntegramente por personal de la institución y llevado a cabo eficientemente debido a lo habitual de este tipo de acciones, por lo que, le resultará bastante factible a la administración implementar el “castigo” como última alternativa a los contribuyentes que decidieron no ponerse al día en sus pagos. Además, la fiscalización de la que serán objeto los contribuyentes seleccionados busca TOMAR CONCIENCIA TRIBUTARIA de lo sencillo que puede resultar cumplir con las obligaciones a través de métodos sencillos de pago, por tanto, también se hará difusión de la practicidad de los métodos de pago, de tal forma que el contribuyente se enfoque en LOS PAGOS, siempre basados en la Economía del Comportamiento, que afirma que el ser humano tiende a centrarse en aquello que es más resaltado y mencionado. 4.3. Análisis de viabilidad La experiencia vivida durante la época de la pandemia ha demostrado que las transferencias y respaldo que el Ministerio de Economía y Finanzas ha otorgado al sector de la economía afectado por la crisis, a través de la Banca en el programa REACTIVA ha tenido éxito. Si bien el recupero hasta hoy ha sido sólo del 50%, el sector ha logrado reanimarse después de la pandemia sufrida y que paralizó casi toda la economía. Por lo que emulando dicho expertise, el proyecto propone que sea el mismo MEF quien transfiera los recursos económicos necesarios al Banco de la Nación para el otorgamiento de los créditos a los contribuyentes NRUS. El retorno de los préstamos otorgados a tasas preferenciales (ya otorgadas a determinados clientes por el BN), se sujeta a riesgos ya contemplados por la institución en la cotidianeidad de sus créditos. 77 El BN colocará con este sistema, préstamos cuyo retorno otorgará rendimientos similares a los que ya viene obteniendo y con riesgos parecidos en el entorno y la coyuntura actual. Por lo que se demuestra así la viabilidad de la implementación del prototipo al contar con los recursos económicos otorgados por el MEF y la experiencia demostrada por el BN, lo que nos lleva a afirmar que es posible el beneficio económico de ambas instituciones: rendimiento según tasa aplicable a los préstamos y mayor recaudación fiscal por parte de la SUNAT. Por otro lado, poner en marcha la sanción de FISCALIZACIÓN, de los Contribuyentes morosos seleccionados al azar, ha requerido de una evaluación económica, en base a un sueldo promedio de los inspectores de la SUNAT de S/ 4200,00 soles mensuales. El cálculo desarrollado nos permite determinar que pese a los gastos que implicaría la ejecución de dicha fiscalización, los beneficios obtenidos de la misma superan largamente a lo invertido. Todo esto sin tomar en cuenta cálculo de multas, que ya serían cobradas al 100%, sin aplicación de Régimen de Gradualidad y una que otra deuda adicional con la que cuenten los contribuyentes morosos. Finalmente podemos concluir que el Código Tributario establece como una de sus potestades y atribuciones de la SUNAT, la FISCALIZACIÓN, por lo que, al ser una actividad con un alto índice de maestría y dominio por parte de sus trabajadores, ésta se realiza de manera eficaz y eficiente, generando, siempre un doble beneficio para la administración: recursos económicos y generación de riesgo en los contribuyentes. 78 Conclusiones El Sistema Tributario Peruano presenta en su estructura más regímenes de los necesarios generando confusión y desincentivos en los contribuyentes. El NRUS, es un régimen que, pese a los largos años de creación, no cumple con los objetivos para los que fue creado. Existe indiferencia por parte de la Administración Tributaria con respecto a este régimen por la aparente menor cuantía de su recaudación. Los contribuyentes del NRUS no cumplen con sus pagos debido a la falta de seguimiento y fiscalización por parte de la entidad recaudadora. La Economía del Comportamiento afirma que el hombre necesita de presión constante para el cumplimiento de sus obligaciones y/o de estímulos que lo motiven a honrar los mismos. La falta de cultura tributaria y la corrupción de los gobiernos son constantes en nuestro entorno nacional, haciendo más difícil concientizar a la población respecto de la justificación y los beneficios de la tributación. La falta de equidad y reciprocidad son también justificantes de la falta de cumplimiento tributario. La complejidad del sistema y la falta de incentivos, promueven la informalidad en el Perú, que hoy bordea el 80% de la población económicamente activa. Se requiere de un prototipo que MODIFIQUE el comportamiento e incentive al pago de las cuotas mensuales del NRUS. El otorgamiento de créditos con tasas preferenciales permite reducir el nivel de morosos NRUS y también el crecimiento de los negocios. Los incentivos del NRUS, promoverán la incorporación de los informales a la formalidad permitiendo se cumpla con el objetivo del DECRETO LEGISLATIVO 937, norma de creación del Régimen: facilitar el pago de los contribuyentes y ampliar la base tributaria. 79 Bibliografía BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ (BCRP) 2019 Memoria: Finanzas Públicas. Lima. BANCO DE DESARROLLO DE AMÉRICA LATINA ¿Por qué pagamos impuestos? Consulta: 6 de abril de 2021. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO 2006 Regímenes especiales de tributacion para pequeños contribuyentes en América Latina. Chile. 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Anexo 2: Matriz de consistencia del diseño de investigación sobre la arquitectura del problema público Anexo 3: Herramientas de recojo de información para la arquitectura del problema Anexo 4: Matriz de consistencia del diseño de investigación sobre las causas del problema público Anexo 5: Herramientas de recojo de información para la arquitectura del problema público Anexo 6: Herramientas de recojo de información para las causas del problema público Anexo 7: Herramientas de recojo de información para el proceso de conceptualización y testeo del prototipo Anexo 8: Elementos adicionales dispuestos