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dc.contributor.advisorAraujo Meloni, Jean Pierre
dc.contributor.authorAjalla Ortiz, Omega
dc.date.accessioned2019-03-13T16:36:20Z
dc.date.available2019-03-13T16:36:20Z
dc.date.created2018
dc.date.issued2019-03-13
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/13744
dc.description.abstractEs sabido que nuestro territorio nacional está cubierto por bosques, la cual se ubica en costa, sierra y selva. Sin embargo, los bosques de nuestro país, por el contrario, cada año se destruyen en cantidades considerables, debido a que la misma ocurre de manera ilegal. Sin embargo, pese a que en nuestra legislación contamos con normas penales y administrativas que están diseñados para reprimir las conductas que estén referidos al tráfico ilegal de productos forestales maderables, previstas en el artículo 310-A del Código Penal y artículo 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal. Pues, ninguna de las normas citadas refiere sobre la cantidad trasportada de productos o especímenes forestales maderables que delimiten cuándo nos encontramos frente a un delito y cuándo frente a una infracción administrativa. Si bien en la norma administrativa precisa como infracción a la guía de transporte, sin embargo, a ello se debe añadir la cantidad del producto maderable, para con ello precisar hasta que cantidad será considerado una sanción administrativa y cuando una sanción penal. El objetivo planteado es la propuesta de modificación del art 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley Nº 29763, para una buena aplicación de la norma administrativa y penal. Por otro lado, el objetivo de la presente es precisar las ideas que permitan una adecuada y efectiva sanciona penal y administrativa del problema citado. En cuanto a la metodología empleada para el trabajo desarrollado fue de la encuesta directa realizada al personal Fiscal de la Fiscalía Especializada en materia Ambiental del departamento de Huánuco, quien tiene a su cargo el control de procesos en el ámbito ambiental. El procedimiento empleado es el analítico; llegando a la conclusión de la necesidad de modificar el art. 207.3. i) del Reglamento Forestal con el fin de contribuir a evitar la continua depredación de los bosques.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.rightsAtribución-CompartirIgual 2.5 Perú*
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/pe/*
dc.subjectDerecho ambiental--Perúes_ES
dc.subjectRecursos naturales--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectBosques--Legislación--Perúes_ES
dc.subjectExplotación forestal--Perúes_ES
dc.titleLa necesidad de legislar la cantidad de producto forestal maderable transportada y el delito de tráfico ilegal de productos forestales maderableses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameSegunda Especialidad en Derecho Ambiental y de los Recursos Naturaleses_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derechoes_ES
thesis.degree.disciplineDerecho Ambiental y de los Recursos Naturaleses_ES
renati.advisor.dni10782254
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-8586-2440es_ES
renati.discipline421049es_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloSegundaEspecialidades_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoAcademicoes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES


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