Derecho Tributario
http://hdl.handle.net/20.500.12404/11761
2024-03-28T11:28:55ZEl Principio de Fehaciencia en la deducción de gastos por pagos de penalidad ante incumplimiento contractual
http://hdl.handle.net/20.500.12404/27331
El Principio de Fehaciencia en la deducción de gastos por pagos de penalidad ante incumplimiento contractual
López Orihuela, Moises Leonardo
El presente trabajo se encuentra enfocado en identificar de qué forma actúa la
Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal en la aplicación del Principio de Fehaciencia
en el caso particular de la deducción de gastos derivados por el pago por penalidad
contractual. Siendo la fehaciencia una figura que puede verse cuestionada en tanto a su
interpretación, debido a que no ha sido regulada directamente por una norma en el país. En
base a ello se tiene como objetivo poder definir hasta que punto puede exigirse al
contribuyente determinada documentación para poder demostrar la realidad de las
operaciones en el caso en particular.
Se partirá por desarrollar como es que se define el concepto de fehaciencia, cual es la
finalidad a la que se dirige y de que forma puede afectar de manera general al contribuyente
su aplicación irregular. Seguidamente, se tendrá en cuenta de que forma se compone el pago
por incumplimiento contractual como un gasto deducible y que documentación implica para
poder desarrollarse al momento de ser presentada frente a la Administración Tributaria. De
esta manera, se podrá entender en que punto podría reformarse las exigencias documentarias
para el contribuyente y la importancia de una aplicación regular para que el contribuyente
pueda no verse afectado.; This work is focused on identifying how the Tax Administration and the Tax Court act in
the application of the Principle of Reliability in the particular case of the deduction of
expenses derived from the payment of contractual penalty. Being faith a figure that can be
questioned in terms of its interpretation, because it has not been directly regulated by a norm
in the country. Based on this, the objective is to be able to define to what extent certain
documentation can be required from the taxpayer in order to be able to demonstrate the
reality of the operations in the particular case.
It will start by developing how the concept of trustworthiness is defined, what is the purpose
to which it is directed and in what way the irregular application of it can affect the taxpayer
in a general way. Next, it will be taken into account how the payment for contractual breach
is composed as a deductible expense and what documentation it implies to be able to
develop it at the time it is presented to the Tax Administration. In this way, it will be
possible to understand at what point the documentary requirements for the taxpayer could
be reformed and the importance of a regular application so that the taxpayer may not be
affected.
2024-03-14T00:00:00ZEfectos de la presentación de una declaración jurada rectificatoria por una mayor obligación tributaria del Impuesto a la Renta en la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta
http://hdl.handle.net/20.500.12404/27303
Efectos de la presentación de una declaración jurada rectificatoria por una mayor obligación tributaria del Impuesto a la Renta en la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta
Valverde Berlanga, Eva Judith
En el presente artículo, se analizan los efectos de la presentación de una
declaración jurada rectificatoria por una mayor obligación tributaria del Impuesto
a la Renta a la luz de la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta.
Para dicho análisis, se parte de que el Impuesto a la Renta y la Tasa Adicional
del Impuesto a la Renta son dos impuestos distintos e independientes. En ese
sentido, se concluye que es a partir de la valoración de la documentación que el
contribuyente pueda presentar durante el procedimiento de fiscalización que la
Administración Tributaria determinará si el destino del egreso observado se
encuentra acreditado. Por ende, la presentación de esa declaración jurada
rectificatoria no sirve ni para desvirtuar que se está ante un egreso no susceptible
de posterior control tributario ni tampoco es una aceptación del contribuyente de
la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta. En adición, también
se concluye que las Resoluciones de Determinación emitidas por concepto de
este impuesto son nulas, si es que fueron emitidas sin considerar la modificación
de los hechos y datos comunicados mediante la declaración jurada rectificatoria
del Impuesto a la Renta.; In this article, the effects of the presentation of a rectification affidavit for a higher
Income Tax tax obligation are analyzed in relation to the application of the
Additional Income Tax Rate. For this analysis, it is established that the Income
Tax and the Additional Rate of Income Tax are two different and independent
taxes. In this sense, it is concluded that it is from the evaluation of the
documentation that the taxpayer can present during the inspection procedure that
the Tax Administration will determine if the destination of the observed
expenditure is accredited. Therefore, the presentation of this rectification affidavit
does not serve to refute that this is a disbursement not susceptible to subsequent
tax control, nor is it an acceptance by the taxpayer of the application of the
Additional Rate of Income Tax. In addition, it is also concluded that the
Determination Resolutions issued for this tax are null, if they were issued without
considering the modification of the facts and data communicated through the
Income Tax rectification affidavit.
2024-03-07T00:00:00ZTratamiento de las pérdidas no técnicas de energía a la luz de la Ley del Impuesto a la Renta
http://hdl.handle.net/20.500.12404/25300
Tratamiento de las pérdidas no técnicas de energía a la luz de la Ley del Impuesto a la Renta
Jimenez Aylas, Ana Gabriela
En el presente trabajo se analizan los problemas derivados del tratamiento
tributario desarrollado por la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal respecto
a las pérdidas no técnicas de energía, producidas en el marco de las actividades
de transmisión de las empresas pertenecientes al sector eléctrico. A pesar de
mediar diversos pronunciamientos, no se ha establecido de forma clara los criterios
bajo los cuales este gasto puede o no ser deducible, producto de la existencia de
criterios contradictorios, bajo los cuales se exige o exime diversos requisitos para
su deducción. Este trabajo tiene como finalidad analizar los mencionados criterios
antes indicados y, a la luz de la regulación sectorial y, específicamente, a la
naturaleza de las pérdidas no técnicas de energía, examinar las diferentes
opciones mediante las cuales se podría deducir este concepto. Como resultado del
presente análisis, se llega a la conclusión que las pérdidas no técnicas de energía
califican como “pérdidas ordinarias” que se producen en el desarrollo de las
actividades de transmisión de las empresas de energía, las cuales, a pesar de no
encontrarse reguladas de forma específica en la normativa del impuesto a la renta,
deben ser deducibles conforme la aplicación del principio de causalidad establecido
en la Ley del Impuesto a la Renta.; The current article analyzes the problems derived from the tax treatment
developed by the Tax Administration and the Tax Court regarding non-technical
energy losses, produced within the framework of the transport activities of
companies belonging to the electricity sector. Despite mediating various
pronouncements, the criteria under which this expense may or may not be
deductible has not been clearly established as a consequence of the existence
of contradictory criteria, under which various requirements for its deduction are
required or exempted. The purpose of this paper is to analyze the aforementioned
criteria and, in light of the sectoral regulation and, specifically, the nature of nontechnical
energy losses, examine the different options through which this concept
could be deduced. As a result of this analysis, it is concluded that the nontechnical
energy losses that occur in the development of the transmission
activities of energy companies qualify as "ordinary losses", which, despite not
being specifically regulated in the regulations of the income tax, must be
deductible in accordance with the application of the causality principle
established in the Income Tax Law.
2023-07-04T00:00:00ZEstudio comparativo de las Sentencias de Casación 4392-2013 y 27444-2018 – Un análisis de los métodos interpretativos utilizados por la Corte Suprema
http://hdl.handle.net/20.500.12404/24939
Estudio comparativo de las Sentencias de Casación 4392-2013 y 27444-2018 – Un análisis de los métodos interpretativos utilizados por la Corte Suprema
Osorio Castillo, Luis Edgar Daniel
Los criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema sobre la aplicación de los
intereses moratorios aplicables a los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a
la Renta resultan una guía necesaria para la comunidad jurídica para
interpretar las disposiciones normativas correspondientes.
Así la Casación No. 4392-2013 establecía como criterio jurisprudencial la
aplicación del método literal para interpretar el artículo 34 del Código Tributario
y el artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, concluyendo que no se
generan intereses moratorios por la rectificación de la declaración jurada anual
que sirvió para calcular el coeficiente correspondiente a las cuotas de los pagos
a cuenta, toda vez que al momento del determinación de dichos pagos se tomó
en cuenta la declaración jurada vigente del impuesto a la renta del ejercicio
anterior.
Sin embargo, este año se publicó la Casación No. 27444-2018 que propuso
una perspectiva totalmente distinta, debido a que rechaza la interpretación
literal y adopta la sistemática respecto de los citados artículos, además del
precisando que sí se deben calcular intereses moratorios para estos casos. Por
tanto, nos encontramos ante dos posturas jurisprudenciales distintas y
debemos tomar posición por alguna de ellas.
El objetivo del presente artículo es analizar comparativamente ambas
sentencias, mostrando sus aciertos y debilidades a efectos de postular una
salida a tal diferencia de criterios y aplicación de métodos interpretativos.
Consideramos que un acercamiento al enfoque constitucional puede ayudar a
dar luces y establecer un criterio más adecuado en base a lo propuesto por
ambas sentencias.; The jurisprudential criteria of the Peruvian Supreme Court on the application of
default interest applicable to monthly payments on account of Income Tax are a
necessary guide for the legal community to interpret the corresponding
regulatory provisions.
Thus, The sentence of the Supreme Court of Cassation Num. 4392-2013
established as a jurisprudential criterion the application of the literal method to
interpret article 34 of the Tax Code and article 85 of the Income Tax Law,
concluding that default interest is not generated for subsequent rectification of
the annual affidavit that served to establish the calculation coefficient of
installments of payments on account, since at the time of payment of said
payments the current income tax return from the previous year was considered.
However, this year the sentence of the Supreme Court of Cassation No.
27444-2018 was published, which proposed a totally different perspective,
because it rejects the literal interpretation and adopts the systematic one
regarding the articles, in addition to specifying that default interest must be
calculated for these cases. Therefore, we are faced with two different
jurisprudential positions, and we must take a stand for one of them.
The main purpose of this paper is to comparatively review both sentences
showing their successes and weaknesses to postulate a way out of such a
difference in criteria and application of interpretive methods. We consider that
the constitutional approach can help to establish a more appropriate criteria
based also on what is proposed by both sentences.
2023-05-09T00:00:00Z